Portada » Economía » Contabilidad gubernamental integrada
PROGRAMA: Es la de mayor nivel jerárquico su carácterística principal es de producir bienes terminales que coadyuvan directamente al logro de objetivos institucionales
–SUBPROGTRAMA: Se considera su creación cuando un modelo reviste complejidad en el logro de sus objetivos y la producción de bienes y servicios
–PROYECTO: Tiene como carácterística fundamental mejorar ampliar o reponer la capacidad instalada para la producción de bienes y servicios
–OBRAS: Esta categoría se debe habilitar normalmente cuando la complejidad de un proyecto así lo amerita
Registra la ejecución presupuestaria del total de los organismos de la administración central, incluyendo las unidades administrativas de los poderes legislativo y judicial
Su carácterística es de agrupar acciones presupuestarias de índole administrativo – legal que condicionan el proceso de uno o más programas de la institución
–Actividad Central: (seguridad ciudadana)
–Actividad Específica: (seguro universal)
–Actividad Común: (servicio de educación y fomento al deporte)
Asignación: Momento en el cual se registran en el sistema los importes aprobados en el presupuesto de las entidades del sector publico
-COMPROMISO: Es un registro generado en un acto de administración interna que confirma la afectación preventiva de un crédito presupuestario aprobado y que disminuye la disponibilidad de la cuota de compromiso establecida
-DEVENGADO: Se considera que un gasto está devengado cuando nace la obligación de pago a favor de terceros
-Estimación: Es el momento en el que se registran los importes de los recursos por rubros aprobados en el presupuesto de las entidades del sector publico
-DEVENGADO: Se considera devengado de recursos al registro de derecho de cobro a terceros por venta de bienes, servicios y otros
-PERCIBIDO: es la recepción de efectivo en caja, depósito en bancos u otros medios de recepción tales como títulos o valores legalmente reconocidos
–Título
-capitulo
-grupo
-cuenta
-subcuenta
-auxiliares
-cuentas de cierre
-cuentas de orden
Son bienes de uso irrestricto por la comunidad como puentes, carreteras, plazas, etc.
Están constituidos por activos materiales inmateriales de uso de la entidad, cuyo derecho propietario está registrado a nombre de la misma
Constituyen el instrumento técnico que establece los principios y las normas contables que proporcionan al sistema de contabilidad integrada una base conceptual única y uniforme al ser observada en la preparación de los estados financieros del sector público
Son de uso y aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público señaladas en el art. 3 y 4 de la ley 1178 de la administración y control gubernamental
Los organismos y entidades públicas no generan el crédito fiscal debido a que para el pago del IVA de dicha facturación, no se compensa dicho crédito fiscal
Se espera que sean usados más de un periodo contable y en varios procesos productivos. Tiene una vida útil mayor a un año. Posee una institución pública para usarlos en la producción o prestación de bienes y servicios. Tiene un valor mínimo razonable
-REGISTRO UNIVERSAL: Todas las transacciones deben registrarse en el SCI de forma separada
-REGISTRO Único: Cada transacción debe ser incorporada una sola vez en el SCL
-DISEÑO DE UN SISTEMA INTEGRADO DE CUENTAS: Se debe usar los clasificadores
-SELECCIÓN DE MOMENTOS DE REGISTRO CONTABLE: Aprobar presupuesto
-Conceptualización AMPLIADA DE LOS Términos RECUSOS Y GASTOS: registro independiente de las transacciones de recursos y gastos
Programar y administrar el flujo de fondos y producir información sobre las operaciones efectivas de cada caja y sus equivalentes, controlar y evaluar la adecuada asignación y utilización de fondos
-Informar sobre la ejecución presupuestaria de recursos y gastos
-Permitir al órgano rector evaluar la gestión presupuestaria de cada entidad, agregarla y consolidar a nivel nacional
-controlar el cumplimiento legal del presupuesto y los resultados sobre la gestión de los recursos públicos
-Constitución Política del Estado, Leyes, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas y Resoluciones Ministeriales del Órgano Rector.
-Normas básicas y principios de contabilidad integrada
-interpretaciones de las normas básicas y principios, emitidas por la DIGENSAG
-Manuales, instructivos y guías de contabilidad elaboradas por la DIGENSAG
-Reglamento específico de contabilidad, elaborado por cada entidad
-manual de contabilidad especifico, elaborado por cada entidad o grupo de entidades similares, cuando corresponda
b) Fijar los plazos y condiciones para elaborar las normas secundarias o especializadas y la implantación progresiva de los sistemas;
c) Compatibilizar o evaluar, según corresponda, las disposiciones específicas que elaborará cada entidad o grupo de entidades que realizan actividades similares, en función de su naturaleza y la normatividad básica; y
d) Vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas específicos desconcentrados o descentralizados e integrar la información generada por los mismos.
Programar, organizar, ejecutar y controlar la capacitación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.
Disponer de información útil.
Lograr q todo servicio público sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos.
Desarrollar la capacidad administrativa para impedir comprobar e identificar el manejo incorrecto de los recursos del estado.
OBJETIVOS DEL SUBSISTEMA DE REGISTRO PATRIMONIAL conocer los bienes derechos y obligaciones con q cuenta la entidad
Conocer los resultados de sus operaciones
Conocer los resultados de su patrimonio neto.
Hacer conocer el ahorro inversión y financiamiento de una gestión
Estas entidades llevan la contabilidad con base en sus operaciones, la misma q muestra los resultados de su gestión
La equidad es el postulado básico o principio fundamental que debe orientar la actividad relacionada con la contabilidad y elaboración de la información de cada Ente, de tal manera que el registro, evaluación y exposición de las transacciones presupuestarias, patrimoniales y financieras, se efectúen de manera imparcial.
Los hechos económico – financieros de las entidades del sector público, se registran en el proceso contable previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y pertinentes.
El Sistema de Contabilidad Integrada debe registrar todas las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema único, común, oportuno y confiable; afectando, según la naturaleza de cada operación, a sus componentes, en forma separada, combinada o integral, mediante registro único
El reconocimiento de recursos y gastos para determinar el resultado económico y su efecto en el patrimonio, correspondiente a un ejercicio, debe registrarse en el momento en que sucede el hecho substancial que determina su origen y queda perfeccionado desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan evaluado los riesgos inherentes a tal operación, sin considerar si se han cobrado o pagado.
Los Estados Contables del sector público se refieren siempre a un Ente público.
Ente contable, es una institución de la administración pública, con personería jurídica propia, patrimonio independiente, responsable de administrar recursos y gastos asignados y diferenciados en el Presupuesto General de la Nacíón, responsable de cumplir objetivos y metas, quien debe producir Estados Contables.
La información contable se refiere a bienes materiales e inmateriales, derechos y obligaciones que poseen valor económico y por tanto, son susceptibles de ser valuados objetivamente en términos monetarios.
Las Normas Básicas, los PCI del SCI y sus Estados Financieros, presumen la continuidad indefinida de las operaciones del Ente de acuerdo con su norma legal de creación, excepto que en la misma se estipule un plazo determinado para su funcionamiento, en cuyo caso se aplican técnicas contables de reconocido valor.
Constituye el periodo en el que regularmente la entidad pública debe medir los resultados económicos, de ejecución presupuestaria, situación financiera, de tesorería y cumplimiento de metas de su programación de operaciones. Los ejercicios deben ser de igual duración para permitir su comparación.
Las transacciones que registra el SCI de cada Ente deben efectuarse en bolivianos, que es la moneda corriente y de curso legal vigente en el país.
El registro contable y los Estados Financieros resultantes deben ser elaborados mediante la aplicación de los mismos criterios de identificación, valuación y exposición, durante el ejercicio económico y en periodos sucesivos en que se exponen las actividades del Ente.
Los cambios en los activos, pasivos y en la expresión contable del patrimonio neto deben registrarse inmediatamente sea posible medirlos objetivamente y expresar dichos cambios en moneda de curso legal, con base en la documentación de respaldo.
En la medición o cuantificación de los hechos económico – financieros del Ente, se debe adoptar un criterio preventivo a efecto de exponer la situación menos favorable, dentro de las posibles para el mismo.
Las transacciones se registran por su valor original de adquisición, construcción o producción.
El valor del costo constituye el criterio principal y básico de valuación que condiciona la formulación de los Estados Financieros, en correspondencia con el concepto de empresa en marcha.
Valor de costo es la suma de dinero pactada y demás costos y gastos incidentales necesarios para poner los bienes en condiciones de utilización o enajenación.
Al ponderar la correcta aplicación de los principios generales y normas básicas debe actuarse con sentido práctico.
Aquellas transacciones que por su magnitud o naturaleza tengan o puedan tener un impacto sobre el patrimonio, los gastos y los recursos del Ente, deben ser expuestas, de manera tal, que los usuarios de los Estados Financieros dispongan de una clara interpretación sobre la incidencia inmediata o mediata de las mismas.
Los estados contables y financieros deben contener toda la información básica y complementaria y la discriminación necesaria que expresen adecuadamente el estado económico – financiero del Ente, de manera tal, que los usuarios puedan estar informados de la situación presupuestaria, patrimonial y financiera, a que se refieren, para en su caso tomar decisiones pertinentes.
Constituyen el instrumento técnico q establece los principios y las normas contables q proporcionan al sistema de contabilidad integrada una base conceptual única y uniforme a ser observada en la preparación de estados financieros.
a) Registrar todas las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales que se producen en las entidades públicas.
b) Facilitar que todo servidor público que reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado, rinda cuentas de la administración a su cargo.
c) Procesar y producir información presupuestaria, patrimonial y financiera útil y beneficiosa, con carácterísticas de oportunidad, razonabilidad y confiabilidad para la toma de decisiones por los responsables de la gestión financiera pública y para terceros interesados en la misma.
d) Presentar la información contable y la respectiva documentación sustentatoria, ordenada de tal forma que facilite las tareas de control interno y externo posterior.
EL Sistema de Contabilidad Integrada (SCI); es el conjunto de principios, normas, recursos y procedimientos que consideran Regulaciones jurídicas, normas técnicas y/o prácticas administrativas utilizadas para valuar, procesar y exponer los hechos económicos que afectan o pueden afectar el patrimonio de las entidades del sector público.
Aplica los preceptos de la teoría contable, en los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas Generales de Contabilidad Nacionales e Internacionales, y Principios, Normas Generales y Básicas del Control Interno Gubernamental emitidas por la Contraloría General de la República.
La Contabilidad Integrada opera como un sistema común, único y uniforme integrador de los registros presupuestarios, económicos, financieros y patrimoniales, orientado a determinar el costo de las acciones del Estado. Genera información financiera clara y transparente que resulte de fácil comprensión para los usuarios
La integración del SCI se produce a través del procesamiento de la información registrada entre los subsistemas: patrimonial, presupuestario y de tesorería, la cual se obtiene mediante una red informática conectada a una base de datos administrada por la DGC, donde se registran las operaciones generadas por las Unidades Ejecutoras y Direcciones Administrativas de las entidades del sector público. La gestión de los recursos y gastos públicos se materializa por la puesta en marcha de la programación operativa anual a través de la ejecución presupuestaria a cargo de las Unidades Ejecutoras, que son responsables del logro de los objetivos y metas previamente establecidos. La Administración Central y las Entidades Públicas Descentralizadas sin Fines Empresariales, con sus Direcciones Administrativas y Unidades Ejecutoras conectadas a la red informática del sistema, operan en la misma base de datos. Las entidades no conectadas al sistema, hasta que efectúen su incorporación a la red informática, deben enviar información presupuestaria, patrimonial y de tesorería a la DGC, a través de medios magnéticos e impresos, para ser incorporada en la base de datos central.