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:En los últimos años de la vida de Fernando VII, en Octubre 1830, nacíó Isabel de Borbón. Finalmente el rey había conseguido tener descendencia con su cuarta esposa, María Cristina de Borbón.
Unos meses antes del parto, en previsión de que el recién nacido no fuera varón, el rey aprobó la Pragmática Sanción por la que se abolía la Ley Sálica de 1713 que excluía del trono a las mujeres.
Carlos Mª Isidro, hermano del rey y hasta ese momento su sucesor, vio cerrado su camino al trono. Carlos no aceptó los derechos de su sobrina al trono.
Inmediatamente después de conocerse la muerte de Fernando VII, en Septiembre de 1833, se iniciaron levantamientos armados a favor del pretendiente Carlós. Comenzaba una larga Guerra Civil que iba a durar siete años.El conflicto sucesorio escondía un enfrentamiento que dividíó política y socialmente al país.En el bando isabelino se agruparon las altas jerarquías del ejército, la Iglesia y el estado, y a ellos se unieron los liberales, que vieron en la defensa de los derechos dinásticos de la niña Isabel la posibilidad del triunfo de sus ideales.En el bando carlista se agruparon todos los que se opónían a la revolución liberal:
Pequeños nobles rurales, parte del bajo clero y muchos campesinos de determinadas zonas del país, muy influenciados por los sermones de sus párrocos y para los que el liberalismo venía a suponer simplemente un aumento de impuestos.. Todos estos grupos identificaron sus intereses con la defensa de los derechos al trono de Carlos y los ideales que el pretendiente defendía, el absolutismo y el inmovilismo absoluto.
Ya durante el reinado de Fernando VII, en torno a Carlos se había agrupado los denominados «apostólicos», núcleo del absolutismo más intransigente:El carlismo, como pronto se empezó a llamar al movimiento que apoyaba los derechos de Carlos de Borbón, tuvo fuerte influencia en Navarra, País Vasco, zona al norte del Ebro, y el Maestrazgo, en las provincias de Castellón y Teruel.
Esta distribución geográfica debe de contemplarse en el contexto de un conflicto campo-ciudad.
En la zona vasco-Navarra, Bilbao, Pamplona o San Sebastián fueron liberales a lo largo de todo el conflicto..El programa ideológico-político del carlismo se podía sintetizar en el lema “Dios, Patria, Fueros, Rey”.
Estos son los principales elementos de su programa político:
Oposición radical a las reformas liberales. Inmovilismo,Defensa de la monarquía absoluta ,Tradicionalismo católico y defensa de los intereses de la Iglesia.Defensa de los fueros vasco-navarros, amenazados por las reformas igualitarias y centralistas de los liberales: Instituciones propias de autogobierno y justicia,Exenciones fiscales,Exenciones de quintas.La guerra en el terreno bélico tuvo dos grandes personajes: el carlista Zumalacárregui, muerto en el sitio de Bilbao en 1835, y el liberal Espartero.
Tras unos primeros años de incierto resultado, a partir de 1837, las derrotas carlistas fueron continuas y Don Carlos terminó huyendo a Francia.La guerra concluyó con el denominado Convenio o Abrazo de Vergara (1839). Acuerdo firmado por Espartero y Maroto, principal líder carlista tras la muerte de Zumalacárregui. En el acuerdo se reconocieron los grados militares de los que habían luchado en el ejército carlista y se hizo una ambigua promesa de respeto de los fueros vasco-navarros. En realidad, se mantuvieron algunos de los privilegios forales y se eliminaron otros.
Ante la minoría de edad de Isabel, María Cristina de Borbón asumíó la Regencia a la muerte de su marido Fernando VII en 1833. Pese a que la Regente no se identificaba con su ideario, los liberales se configuraron como la única fuerza capaz de mantenerla en el trono. Así, María Cristina llamó a Martínez de la Rosa, un liberal moderado, a formar un gobierno que hiciera frente a la insurrección carlista. Martínez de la Rosa emprendíó una serie de reformas muy moderadas. Entre ellas destacó el Estatuto Real en 1834.Se trata de una Carta Otorgada, concedida por la voluntad de la Regente, en la que se conceden algunas reformas:Se establecieron unas Cortes bicamerales formadas por la Cámara de Próceres, constituida por los Grandes de España y otros designados de forma vitalicia por el monarca, y la Cámara de Procuradores, elegida mediante un sufragio censitario muy restringido.
Solo los varones de más de treinta años que poseyeran una renta superior a doce mil reales anuales tenían derecho de voto.Se manténía importantes poderes: podía convocar y suspender Cortes cuando quisiera y cualquier ley, además de la aprobación de las Cámaras necesitaba el consentimiento del rey (derecho de veto)
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La insuficiencia de las reformas de Martínez de la Rosa, en un contexto de Guerra Civil contra los carlistas, llevó a que los liberales terminaran por escindirse en dos grupos: moderados y progresistas. La Guerra Civil culminó la división del liberalismo español, iniciada en el Trienio Liberal.Los liberales progresistas, antiguos exaltados, mantendrán hasta 1868 el siguiente ideario:Limitación del poder de la Corona.Ampliación del sistema de libertades.Defensores de reformas radicales como la desamortización de los bienes eclesiásticos y de los ayuntamientos.Ampliación del cuerpo electoral. Defienden un voto censitario más amplio.Elección popular de alcaldes y concejales en los ayuntamientos.Liberalismo económico y reducción de la protección arancelaria.Constitución de un cuerpo armado, la Milicia Nacional, como garante de las libertades.Los progresistas concentraron su apoyo social en las clases medias urbanas: artesanos, tenderos, empleados…
Sus principales dirigentes fueron Espartero, Mendizábal, Madoz, Olózaga y Prim.
A lo largo del reinado de Isabel II y la regencia de su madre María Cristina solo estuvieron en el poder durante breves períodos: 1835-1844 y 1854-56 (Bienio progresista). La mejor concreción de su programa fue la Constitución de 1837.
Hacia 1849 sufrieron una escisión por su izquierda, naciendo el Partido Demócrata.
Que defendían el sufragio universal, la asistencia social estatal y una amplia libertad de asociación.Los liberales moderados, antiguos doceañistas en el Trienio, plantearon un programa mucho más conservador:Orden y autoridad fuerte: fortalecimiento del poder del rey y restricción de las libertades.Rechazo de las reformas que pusieran en cuestión sus propiedades, veían el exceso de libertad como un peligro al poder ser utilizada por las clases populares. No obstante, tras las desamortizaciones realizadas por los progresistas, no trataron de devolver sus propiedades al clero o a los ayuntamientos.Sufragio censitario restringido.Designación de los ayuntamientos por el gobierno central.Supresión de la Milicia Nacional.Este programa se concretó en la Constitución de 1845, Ley de Ayuntamientos de 1845 y Ley Electoral de 1846.
Su apoyo social residía en las clases altas del país: terratenientes, grandes industriales, burguésía financiera y comercial.Sus principales dirigentes fueron Martínez de la Rosa, el general Narváez y Alejandro Mon.
En contexto de Guerra Civil, tuvo lugar en 1836 la «Sargentada de la Granja».
Los sargentos de la Guardia Real obligaron a la Reina Regente que descansaba en el palacio de la Granja a suspender el Estatuto Real y proclamar la Constitución de 1812.
María Cristina tuvo que llamar a los progresistas al poder con Mendizábal.
Una vez en el gobierno, dándose cuenta de que la Constitución de 1812 era inaceptable para los moderados, iniciaron un proceso de reforma de la Constitución de Cádiz, buscando el compromiso con los moderados mediante una serie de concesiones.El nuevo texto constitucional tuvo las siguientes carácterísticas:Se establecía, sin lugar a dudas, el principio de la soberanía nacional.
El Estado se organizaba siguiendo la división de poderes:
Todas las leyes aprobadas por ambas cámaras.El Senado nombrado por el rey, tras elección de una terna por el cuerpo electoral.Poder ejecutivo: el Rey.
Otros poderes del monarca:iniciativa legislativa.
El rey designaba a senadores y nombramiento de ministros. Los ministros debía conseguir la “doble confianza”, además de ser nombrados por el rey debían ser aceptados por las Cortes.En caso de desacuerdo, el rey podía adoptar la disolución de las Cortes.
Se recogían diferentes derechos individuales y libertad de imprenta.
El Estado se comprometía a subvencionar al clero expropiado con las desamortizaciones. En 1837, fuera de la Constitución que no determinaba el tipo de sufragio, se aprobó una ley electoral que establecíó el voto censitario masculino.
Tenían derecho de voto:Los mayores contribuyentes (cuota impositiva mínima directa).Varones de determinado nivel intelectual: miembros de las Reales Academias, profesores de la enseñanza pública, doctores, licenciados, curas párrocos (“capacidades”)
En total unos 240.000 varones de más de 25 años 1/58 de la población… aún así, el fraude electoral era la norma .
La oposición de la Regente a la Ley de Ayuntamientos de 1840 (elección alcaldes y concejales) , unido a diversos problemas ligados a la vida privada María Cristina la forzaron a renunciar y a marchar fuera del país. En su ausencia se nombró a un nuevo Regente: el General Espartero (1841-1843).
Durante su corta regencia, se aceleró la desamortización de los bienes eclesiásticos y se recortaron los fueros vasco-navarros.
La firma de un acuerdo librecambista con Inglaterra engendró grandes protestas en Barcelona que fueron duramente reprimidas. El bombardeo de la ciudad llevó a que Espartero perdiera todo su popularidad, incluso entre los propios progresistas.Finalmente, una sublevación militar organizada por los moderados, a la que se unieron algunos progresistas, precipitó el fin de la Regencia de Espartero. Para salir del impasse político en el que se hallaba el país, las nuevas autoridades aceleraron, pese a tener solo catorce años, la coronación como reina de Isabel II.