Portada » Magisterio » Concreción curricular
Es el nivel más general de los tres,y se encuentra recogido en los documentos legislativos acerca del currículo.Se corresponde con el Diseño Curricular Base (DCB), que tiene un carácter normativo (preceptivo o reglamentario) para todos los centros. Es una selección de la cultura (experiencia social culturalmente organizada) que se considera imprescindible y mínima en el momento actual.La elaboración de este nivel es competencia de las Administraciones educativas.El DCB es un marco común en el que se formulan, en líneas muy generales, un conjunto de prescripciones (indicaciones), sugerencias y orientaciones sobre la intencionalidad escolar y las estrategias pedagógicas más adecuadas y acordes con dicha intencionalidad. En definitiva, es un instrumento pedagógico que señala las intenciones educativas y orienta sobre el plan de acción a seguir en la práctica educativa.En el DCB se recogen, en.Líneas generales:
Los objetivos de cada una de las etapas educativas.Dichos objetivos se expresan en términos de capacidades, orientándose la intervención didáctica al desarrollo de las capacidades intelectuales, motrices, afectivas, relación interpersonal e inserción y actuación social. Las competencias básicas que se deberán adquirir en la enseñanza básica y a cuyo logro debe contribuir la Educación Primaria.Las áreas de cada una de las etapas educativas. En relación con cada una seespecifica:Los objetivos generales.Contribución de cada una de las áreas de Educación Primaria al desarrollo de las competencias básicasSecuenciación de contenidos, agrupados en bloquejfde contenidos, por ciclos.Criterios de evaluación de los contenidos de cada ciclo.Principios metodológicos a considerar en cada etapa.Orientaciones para la evaluación en cada etapa.
7.2. El segundo nivel de concreción del currículoa)
Consiste en la adecuación del Diseño Curricular Base (DCB), primer nivel de concreción del currículo, a la realidad de cada centro escolar. Se corresponde este nivel con el Proyecto Curricular de Centro (PCC).El PCC constituye el instrumento pedagógico-didáctico, asumido por el Equipo docente del centro, que tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada una de las etapas.El PCC cumple una función general: garantizar la adecuada progresión y coherencia en la enseñanza de los contenidos escolares a lo largo de los ciclos que conforman las etapas educativas.El PCC incluirá de manera coordinada los proyectos curricular.Es. De las distintas etapas que se imparten en el centro.El PCC y sus modificaciones serán aprobadas por el Claustro de maestros.La Ley Orgánica de Educación (LOE) introduce una novedad en relación con la concreción del currículo en el centro. Señala que dicha concreción se realizará en el Proyecto Educativo del centro (PEC), eliminándose el documento denominado PCC, pero no el contenido de éste.
En la elaboración del PCC se ha de tener en cuenta:El contexto concreto de cada centro y las necesidades específicas del grupo de alumnos que acoge.El primer nivel de concreción del currículo (DCB).El Proyecto Educativo del centro, que es donde la comunidad educativa define su identidad y sus finalidades educativas, y donde se concreta el currículo diseñado por las Administraciones educativas..
En el PCC hemos de tomar, entre otras, una serie de decisiones que constituyen los pasos, elementos o componentes de éste:Adecuar los objetivos generales de cada etapa, recogidos en el primer nivel, al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las carácterísticas del alumnado.Distribuir los objetivos y contenidos de las distintas áreas por ciclos.Adoptar criterios metodológicos y de evaluación ajustados a los generales de etapa y de área, así como de promoción de los alumnos de un ciclo a otro.Integrar los contenidos de carácter transversal del currículo.Organizar la tutoría y la orientación escolar en el centro.
El tercer nivel de concreción del currículoa) ;.En qué consiste el tercer nivel de concreción del currículo?
Este nivel se corresponde con la Programación de Aula, realizada a partir del Proyecto Curricular de Centro (PCC).Cada maestro elaborará un Programación de Aula, contrastada con el Equipo de Ciclo y realizada bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo, dirigida a un grupo determinado. Es una función del maestro la programación y la enseñanza de las áreas que tenga encomendadas (consulta el artículo 91 de la LOE en la página siguiente).Es el acto curricular más cercano a la intervención didáctica con el alumnado.Para hacer una buena Programación de Aula el profesorado ha de conocer bien el contenido a enseñar y la didáctica de éste.Es un instrumento en manos del maestro de aula que establece las decisiones oportunas sobre los distintos componentes curriculares, en el ámbito de aula, con el fin de planificar el proceso enseñanza y aprendizaje a lo largo de un curso o un ciclo.La Programación de Aula constará de una secuencia ordenada de Unidades Didácticas relacionadas con los objetivos y contenidos seleccionados y secuenciados en cada área y que se recogen en el PCC.