Portada » Derecho » Composición y Funciones de las Cortes Generales: Congreso y Senado
La Constitución Española (CE) de 1978 establece un parlamento bicameral: las Cortes Generales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas cámaras representan al pueblo español. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban los presupuestos, controlan la acción del gobierno y otras competencias. La CE reserva al Congreso una serie de funciones que lo hacen más importante que el Senado: autoriza la formación del gobierno y puede provocar su cese; conoce en primer lugar la tramitación de los proyectos legislativos y de los presupuestos, ya que siempre comienzan allí, y confirma o rechaza las enmiendas o vetos que puede aprobar el Senado.
La CE establece un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados. La normativa vigente, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General del 19 de junio de 1985, lo fijó en 350 diputados. No se puede ser Senador y diputado autonómico y estatal a la vez. Son elegidos por sufragio universal, libre, igual y secreto. La circunscripción electoral es la provincia, que asigna 2 escaños a cada una de ellas y distribuye el resto en proporción a la población. Ceuta y Melilla escogen un representante cada una. La duración de la legislatura es de 4 años, aunque también podría ser por disolución de las cámaras.
El artículo 69 de la CE establece que el Senado es una cámara de representación territorial. Políticamente no cumple estas funciones, ya que no se ha querido. Hay dos vías de composición:
La duración depende de si han sido elegidos por el Congreso, que finaliza cuando finaliza la legislatura del Congreso, o elegidos por las CCAA, que finaliza cuando acaba la legislatura autonómica.
Tienen un mandato imperativo. El diputado no puede estar influenciado por otro. Además, el escaño es del diputado, no del partido, aunque puede obedecer la disciplina interna del Grupo Parlamentario.
Es una protección de las cámaras, unas garantías jurídicas a los diputados y así darles independencia y libertad como parlamentarios. Se concreta en la inviolabilidad, que afecta a la libertad de expresión y supone un plus de protección, y la inmunidad parlamentaria, que son las garantías de protección frente a un proceso penal de un diputado. Para que este pueda ser procesado, el juez tiene que pedir un suplicatorio a la cámara.
Formado por el presidente de la cámara y la Mesa, que gobierna y dirige la cámara. Está formada por el presidente, 4 vicepresidentes y 4 secretarios.
El grupo parlamentario sería la forma en la que los partidos políticos se presentan y actúan. Hay dos grupos: grupos parlamentarios tradicionales y grupos mixtos.
Junta de Portavoces: órgano representativo y de participación de los grupos parlamentarios. Es donde se decide el funcionamiento y la actividad de la cámara.
Formada por el Pleno, que es la totalidad de los miembros de la cámara y donde se debaten temas y se controla el gobierno, y las Comisiones, que es el órgano de funcionamiento regular. Trabajan sobre temas concretos.
Formada por la Diputación Permanente, que ejerce funciones de la cámara cuando no está reunida.
1. Función Legislativa: se encarga de aprobar leyes y Presupuestos Generales del Estado. El derecho de iniciar este procedimiento le corresponde al Gobierno, al Congreso de los Diputados y al Senado, a las Asambleas de las CCAA y a 500.000 ciudadanos con firmas autorizadas. Esta iniciativa se ejerce delante del Congreso de los Diputados. Los pasos que sigue el procedimiento legislativo son: publicación y toma de decisión, presentación, debate en el pleno, deliberación en Comisión, debate y votación en sesión plenaria, y sanción y publicación oficial de las leyes.
2. Función de Control del Gobierno: el Gobierno está sometido al control de las Cortes Generales. La intervención del Congreso es decisiva para formar gobierno. El Gobierno responde de su gestión política delante del Congreso.
3. Mecanismos de Control del Congreso sobre el Gobierno: hay dos tipos: