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La Nacíón
– Ministerio de Agricultura promueve demanda en contra de Jorge, con domicilio
En Cali, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de una indemnización de
$5,000.000. El apoderado judicial de la entidad pública presenta demanda ante
El Juez Civil Municipal de Cali en razón de la cuantía y del domicilio de la
Demandada.
Juan y
DISTRIBUIDORES S.A.S suscribieron un contrato suministro de bienes con cláusula
Compromisoria en la que no se establecíó la forma de nombrar a los árbitros. De
Acuerdo con el contrato DISTRIBUIDORES S.A.S tenía que realizar mensualmente la
Entrega de repuestos automotrices de autos de alta gama, y Juan realizar el
Pago de los mismos de manera oportuna. En el mes de Julio y Agosto la Sociedad
Se retrasó en el cumplimiento de su obligación.
Interesado
En acudir al arbitraje para demandar el incumplimiento de la Sociedad, Juan
Acude a usted para que los asesore sobre la forma cómo debe elegir a los
árbitros ya que entre ellos no ha habido acuerdo sobre el tema.
1. ¿Quién
Es el juez competente para realizar dicho nombramiento?
Álvaro
Con domicilio en Bogotá, pretende iniciar proceso en contra de la empresa
Transportadora XYZ Ltda con domicilio en Tunja, y cuyo representante legal se
Domicilia en Bogotá, en virtud de un accidente de tránsito ocurrido en
Bucaramanga, en el cual se le causaron daños al vehículo de Álvaro por un valor
De $7,000.000.
2. ¿Quién
Es el juez competente para practicar una prueba anticipada con destino al
Futuro proceso?
JUANA,
Domiciliada en Bogotá celebra dos contratos con la sociedad de CONSTRUCCIÓN
PRISMA S.A, cuyo domicilio principal es Cali y el de su representante legal,
Barranquilla. Juana pretende promover un proceso en contra de la sociedad, a
Fin de que se declare su incumplimiento de ambos contratos, y en consecuencia
Se le condene a pagar una suma de $5,000.000 por concepto de daño emergente y
$1,000.000 por concepto de lucro cesante respecto del primer contrato; y
$30,000.000 por daño emergente y $20,000.000 por lucro cesante respecto del
Segundo contrato.
HERNANDO,
Con domicilio en Tunja, y H&M Ltda. Con domicilio principal en Ibagué,
Celebran un contrato de compraventa por $100,000.000 de pesos en el cual se
Estipuló una cláusula según la cual, las obligaciones del contrato deben
Cumplirse en Bogotá, lugar donde también debería resolverse cualquier litigio.
Promovida la demanda para que se declare el incumplimiento de la sociedad ante
El Juez Civil del Circuito de Tunja, este la inadmite por considerarse
Incompetente.
1. ¿En su
Opinión es válido pactar una cláusula donde deban cumplirse las obligaciones de
Un contrato?
2. ¿Es
Acertada la decisión del juez de inadmitir la demanda?
3. ¿En
caso de que dicho juez no sea competente, quién debe conocer el proceso y en
Aplicación de qué factor o factores?
Los
Hermanos IGNACIO y PETRONILA promueven proceso de sucesión de menor cuantía
Ante Juez Civil Municipal de Bogotá, puesto que sus padres han fallecido. El 20
De Mayo de 2015, un año después de promovido el proceso, se profiere sentencia
En la cual se le asignan más derechos a IGNACIO. PETRONILA no está de acuerdo
Con aquella decisión, razón por la cual interpone recurso de apelación en
Contra de la sentencia proferida por el Juez Civil Municipal de la ciudad de
Bogotá.
1. ¿Es
Competente el Juez Civil del Circuito de Bogotá para conocer de la segunda
Instancia de este proceso?
RODOLFO
Con domicilio en Cali promueve un proceso de responsabilidad civil
Extracontractual en contra de ENRIQUE domiciliado en Bogotá, a fin de obtener
El reconocimiento y pago de los daños estimados en $20,000.000. Admitida la
Demanda, y con fundamento en la misma causa, ERNESTO demanda en reconvención al
Demandante para que se condene a este a pagar perjuicios por valor de
$60,000.000,.
3. En
Caso de que la pretensión de ERNESTO no se hubiere ventilado por vía de la
Reconvención, ¿quién sería el juez competente para conocer de ella?
Augusto,
Con domicilio en Bogotá, y MARÍA, con domicilio en Cali, acuerdan constituir
Una sociedad para importar mercancías, distribuirlas en Medellín y luego
Repartir ganancias. Para tal efecto constituyen la sociedad IMPORMARCAS S.A.S.,
Cuyo domicilio principal es la ciudad de Medellín, y cuya representante legal
Es MARÍA. Meses después MARÍA toma en arriendo un local en Barranquilla a
Nombre de la sociedad IMPORMARCAS S.A.S. Para depositar la mercancía importada,
Por un canon mensual de $500.000. Posteriormente, Augusto promueve un proceso
En contra de María para aclarar cómo se deben repartir las ganancias de la
Sociedad, que $9,000.000 en el año 2015.
1. ¿Quién
O quiénes son los jueces competentes para conocer del proceso promovido por Augusto?
EUSTACIO
Con domicilio en Bogotá y padre de CLARIS muere el día 5 de Septiembre de 2014.
Un año después CLARIS, hija de HERMENCIA y EUSTACIO, quien tiene el asiento
Principal de sus negocios en la ciudad de Cali, promueve un proceso de sucesión.
EUSTACIO quien tenía bienes avaluados en $20,000.000, trabajaba y vivía en la
Ciudad de Bogotá, de vez en cuando frecuentaba la ciudad de Medellín para
Visitar a JUANA con quien sostuvo una relación sentimental por seis años.
Cinco
Meses antes de su muerte EUSTACIO cobró un premio de $60,000.000 de la lotería
Loto Millonario que se ganó. El 10 de octbure de 2015 se determinó que los
Bienes relictos de EUSTACIO tienen un valor de $98,000.000. En el curso del
Proceso de sucesión Juan hijo de JUANA incoa la acción de petición de herencia
Pues afirma tener derechos en la sucesión adelantada por CLARIS.
1. ¿Quién
O quiénes son los Jueces competentes para conocer del proceso incoado por
CLARIS?
2. ¿Quién
Es el juez competente para conocer de la pretensión de Juan?
CAROLINA
Pretende promover un proceso de sucesión a fin de liquidar el patrimonio de su
Padre HERNANDO, el cual tiene un valor de $100,000.000. Dicho patrimonio está
Constituido por: $20,000.000 de una colección de discos antiguos, $40,000.000
De una colección de autos que recién acababa de comenzar, 10,000.000 y
$30,000.000 de una casa ubicada en la ciudad de Leticia. El causante al momento
De su muerte tenía varios domicilios, uno en Bogotá donde fungía como profesor
Una vez por mes, otro en Cali donde tenía un negocio de distribución de
Mercancías, y otro en Medellín lugar de ubicación de su oficina de abogado
Litigante y en donde vivía con su familia, en todos los domicilios existe juez
De familia.