Portada » Economía » Comercio Internacional: Arbitraje, Seguros, Aduanas e Impuestos
El arbitraje internacional es un procedimiento utilizado para la resolución de conflictos en la operativa internacional. Suele ser un abogado quien emite un laudo para resolver el conflicto entre importador y exportador.
Un contrato de seguro cubre un riesgo cierto y posible. Si se produce el daño, el asegurador debe indemnizar al asegurado o beneficiario. La indemnización se pacta en función de la magnitud del daño. Si se trata de riesgos no contemplados en el contrato, no hay indemnización.
El asegurado paga una prima en función del medio de transporte utilizado y de la duración del contrato, temporal o con una fecha determinada.
Los incoterms CIP y CIF obligan a contratar un seguro y suelen incluir cláusulas estándar de los seguros de comercio internacional. Las cláusulas más comunes que se aplican en los seguros son las ICC del Instituto de Aseguradores de Londres:
El Documento Único Administrativo (DUA) especifica los datos concernientes a la transacción comercial de compras y ventas con países terceros por transacciones de bienes en comercio internacional. Hablamos de importaciones y exportaciones que están sujetas a determinados requisitos de información, derechos arancelarios, impuestos y trámites aduaneros que tienen por finalidad proporcionar cierta seguridad internacional.
El DUA incluye desde datos sobre los países de origen y destino hasta las características de la mercancía sujeto de la operación, desde la identificación de la persona que envía como la que recepciona, pasando por los vehículos usados en todo el proceso.
Las mercancías que vayan a salir del TAU (Territorio Aduanero Único) irán amparadas por una declaración previa de salida (DUA EXPORTACIÓN). Después, el sistema aduanero asigna a la operación uno de los tres posibles circuitos:
Los Impuestos Especiales son un conjunto de impuestos indirectos que gravan de forma discriminada el consumo de determinados bienes.
Para autorizar el funcionamiento de determinados establecimientos en la UE, deben poseerse las autorizaciones administrativas que acreditan su condición en el sector.
Se obtendrá el CAE (Código de Actividad y Establecimiento). Este código permite identificar a las empresas que llevan a cabo estas actividades y su correcta tributación. El censo SEED permite comprobar la existencia o no de un código CAE en nuestros clientes, con la posibilidad de facturación en suspensión del impuesto especial.
INTRASTAT es la declaración que deben realizar las empresas del TAU para relacionar las entregas y adquisiciones intracomunitarias que realizan.
El sistema nace como respuesta ante la necesidad de la UE de disponer estadísticas sobre el comercio internacional donde no existen barreras ni trámites aduaneros entre los estados miembros del TAU.
Es una declaración informativa, que no implica el pago de impuestos, aunque su cumplimiento es obligatorio. La presentación de INTRASTAT es mensual, del 1 al 12 del mes siguiente a la finalización del mes. Se presenta en la Agencia Tributaria. La presenta el mismo vendedor o comprador (o su gestor).