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COMENTARIO 8: Ley de Bases de Reforma Agraria (1932)
a) Clasificación del texto.
Naturaleza del texto:
Tipo de fuente: primaria. Es un documento jurídico, es decir, que emana de un poder político y tiene un carácter legal; concretamente es una selección del articulado de la Ley de Bases de Reforma Agraria (1932)
Autor: Las Cortes españolas.
Circunstancias histórico-temporales: Tanto el proceso de discusión como la aprobación de dicha Reforma tuvieron lugar durante el Bienio reformista (republicano-socialista) de la Segunda República. La ley para la Reforma Agraria fue aprobada en septiembre de 1932, después de grandes discusiones entre los dos partidos mayoritarios que formaban parte del gobierno: socialistas y republicanos. Había dos proyectos: el republicano, partidario de respetar la propiedad privada y a los cultivadores directos y, en caso de expropiación, indemnizar a los afectados; y el socialista, que suponía más expropiaciones y menos indemnizaciones. Se impuso el proyecto más moderado, el de los republicanos.
Destinatario y finalidad: El pueblo español y la finalidad era legislar la Reforma Agraria.
b) Análisis del contenido del texto y crítica del mismo, si procede.
En el documento aparecen informaciones de diferente naturaleza: en primer lugar, como fuente primaria, tres artículos de la Ley de Reforma Agraria; posteriormente, como fuente historiográfica, una tabla comparativa de las expropiaciones y asentamientos campesinos durante las dos fases de la Reforma Agraria.
Los tres artículos especifican algunos de los tipos de propiedades agrícolas que la ley permitía expropiar: las vendidas al IRA por sus dueños voluntariamente, las no cultivadas directamente o usadas para especular, y las cultivadas inadecuadamente con menos productividad de la posible.
La tabla comparativa muestra la diferencia del volumen de tierras expropiadas y de campesinos asentados en los dos periodos de la Reforma Agraria: 116.837 hectáreas expropiadas en la primera fase y 572.055 en la segunda. Las familias campesinas asentadas en la primera fase fueron 12.260, y 110.921 lo fueron en la segunda fase. Estas diferencias se hacen aún más patentes si se considera la diferente duración temporal de las dos fases de la Reforma Agraria.
c) Comentario o desarrollo del tema.
La necesidad de una Reforma Agraria aparece ya en el pensamiento de los ilustrados (Jovellanos u Olavide) y se plantea en firme en los gobiernos liberales progresistas de Isabel II. Éstos, mediante la Reforma Agraria Liberal, desaprovecharon la ocasión de modernizar el más importante sector económico español como era la agricultura. La Desamortización de Mendizábal (1836) no sólo no redistribuyó la propiedad, sino que la concentró, y la de Madoz (1855) eliminó el uso de las tierras comunales para los campesinos, aumentando su miseria.
Con la llegada de la República el problema del campo español seguía siendo: los latifundios (especialmente en el sur), la concentración de la tierra en pocas manos (burguesía y grandes de España), propietarios absentistas, baja productividad y elevado número de jornaleros sin tierra.
Durante el gobierno provisional, siendo Largo Caballero ministro de Trabajo, se tomaron las siguientes medidas:
Fue la reforma que más problemas ocasionó. Se presentaron muchos proyectos y era difícil consensuar todas las propuestas. Al final se aprobará el presentado por el gobierno ante el miedo a un golpe que acabase con la República (intento de golpe de estado por parte de Sanjurjo)
Objetivos de la reforma:
Medidas adoptadas (Ley):
La Reforma se puso en marcha a partir de la aprobación, en septiembre de 1932, de La ley para la Reforma Agraria y tuvo, como otros proyectos reformistas de la República, dos fases:
1) En la primera (1932-33) se aprobó la Ley después de grandes discusiones. Las expropiaciones se realizaban siempre dentro del marco legal con lo que la lentitud del proceso comenzó a exasperar al campesinado. Habían depositado sus esperanzas en que la República solucionara toda su antigua “hambre de tierras” y toda su miseria. Controlados por las organizaciones anarquistas, no soportaron la espera y pronto se inició un clima de violencia social en el campo.
Los resultados de esta primera etapa no fueron de gran envergadura porque se expropiaron menos hectáreas y se asentaron menos campesinos de los previstos, unas 12.000 familias. Esta primera fase reformista acabó cuando, en el otoño 1933, el gobierno republicano-socialista, desgastado, dimitió y el presidente, Alcalá Zamora, convocó elecciones para el 18 de noviembre. Con el triunfo de la coalición de partidos de derechas (CEDA) más el Partido Radical (Lerroux), comenzó el denominado Bienio Negro o radical-cedista (1934-36) y se enfriaron o contrarrestaron todos los programas reformistas y, por supuesto, el de la Reforma Agraria.
2) La segunda fase de la Reforma Agraria se reemprendió a partir del mes de febrero de 1936 cuando el nuevo gobierno del Frente Popular, esta vez formado sólo por republicanos, acometió de nuevo el proceso con mucha más intensidad. Nuevamente, y ya en un clima social mucho más deteriorado, los campesinos se adelantaron a las medidas legales y ocuparon las tierras.
La violencia en el campo, que fue mucho más significativa en la primera que en la segunda fase, ha sido considerada en ocasiones como una de las causas del deterioro de la convivencia durante la República. Las sublevaciones de mayor intensidad tuvieron lugar durante la primera fase de la Reforma Agraria: Corral de Almaguer, (Toledo, 1931), Castilblanco de los Arroyos (Badajoz, 1931) y Casas Viejas (Cádiz, enero de 1933). En todos ellas hubo víctimas, las más campesinas, pero también miembros de la Guardia Civil.