Portada » Derecho » Claves de la Argumentación e Interpretación Jurídica
En sentido más estricto, se entiende como una mezcla de tres actividades:
El uso de precedentes, basado en la regla de la carga de la argumentación, cumple funciones similares a las de los argumentos dogmáticos, como guiar la interpretación, justificar decisiones y promover la coherencia jurídica.
La argumentación práctica general es necesaria para:
Una teoría que integre la argumentación empírica debe abordar tanto los problemas del conocimiento empírico como su inclusión, lo cual requiere una cooperación interdisciplinar para su resolución.
Las formas de argumentos jurídicos especiales, como la analogía, el argumentum e contrario, el argumentum a fortiori y el argumentum ad absurdum, son herramientas de la metodología jurídica que pueden expresarse como inferencias lógicamente válidas.
La labor del jurista, según la exegética francesa, consiste en interpretar la ley como un traductor, dando sentido a la norma legislada mediante categorías y conceptos poco comprendidos. Implica:
Para Habermas, la hermenéutica es el «arte de entender y hacer comprensible» el lenguaje.
La comprensión hermenéutica está influenciada por los prejuicios y el contexto del intérprete, lo que requiere confrontar la «precomprensión» con el objeto interpretado.
Se postula que siempre hay una teoría sustantiva de carácter moral y práctico que es la mejor, la más profunda (principios constitucionales).
Se caracteriza por:
Los cánones de interpretación jurídica se agrupan en:
Serafín Ortiz: Es la actividad lingüística oral o escrita que formula razonamientos, con la pretensión de construir argumentos para lograr la convicción y aceptación tanto de los implicados en la controversia judicial como en el foro jurídico, para lo cual es imprescindible producir justificaciones argumentativas en la búsqueda del consenso de la decisión jurídica en una sociedad democrática en el marco de un Estado Constitucional de Derecho.
Robert Alexy: El discurso jurídico es la especie del discurso práctico que a) se origina en cuestiones relativas a lo que hay que hacer u omitir, o a lo que puede ser hecho u omitido; b) se orienta por la pretensión de corrección; y c) se desarrolla bajo condiciones de limitación que le marcan la ley, el precedente, la dogmática, y, dentro del proceso, las leyes procedimentales.
Stephen E. Toulmin: Argumentación jurídica es la actividad unitaria de plantear pretensiones, ponerlas en cuestión, y respaldarlas produciendo razones, criticando esas razones, refutando esas críticas, etc. (lógica retórica del razonamiento jurídico).
Se refiere a la corrección lógica de la inferencia del fallo a partir de las premisas. Se representa comúnmente como:
Fórmula general: (X) (Tx → ORx) (Para todo individuo X, si se da el supuesto T, entonces se aplica la consecuencia jurídica R).
Se refiere a la fundamentación y corrección de las premisas utilizadas en la justificación interna:
El jurista realiza diversas funciones, entre ellas:
Este concepto aborda el derecho desde tres enfoques interrelacionados, culminando en el Estado de Derecho:
Conclusión: La interacción de estas tres dimensiones conforma el Estado de Derecho.
Aunque diversos métodos coexisten, se destaca la creciente importancia de la Hermenéutica en la práctica contemporánea:
Contexto general: Evolución hacia un Estado Constitucional de Derecho (más allá del Estado Legislativo).
La validez puede entenderse de distintas maneras en el ámbito jurídico:
Ya no se puede afirmar que la aplicación de las normas jurídicas sea una mera subsunción lógica o mecánica, al menos por cuatro razones fundamentales que exigen una labor argumentativa: