Portada » Derecho » Clasificación y Elementos Esenciales del Derecho: Hechos, Actos, Relaciones y Personas Jurídicas
Fenómenos de la naturaleza que producen efectos jurídicos.
Son manifestaciones de la conducta humana que tienen su origen en la voluntad consciente y producen efectos jurídicos.
Solo pueden existir como parte de otro hecho jurídico.
Producen efectos jurídicos por sí mismos sin estar vinculados a otros hechos jurídicos.
Sus efectos se producen inmediatamente después de realizado el supuesto jurídico.
Su eficacia depende de la relación de un acontecimiento futuro.
Un acto jurídico lícito es el que se realiza dentro del marco del ordenamiento jurídico, es decir, conforme al derecho objetivo. Un acto jurídico ilícito es aquel que contraviene el ordenamiento jurídico.
Los actos jurídicos debidos son los que se realizan en cumplimiento de un deber jurídico. Los actos jurídicos libres son aquellos que se realizan sin estar obligado por un deber jurídico.
Los actos jurídicos en sentido estricto contienen, como todo acto jurídico, una conducta humana y un ingrediente de voluntad. Producen efectos jurídicos porque el derecho los atribuye a su sola realización, independientemente de que la persona los quiera o no. Las declaraciones de voluntad, en cambio, son actos jurídicos en los que los efectos jurídicos se producen porque son queridos por el sujeto.
Según las disposiciones del Código Civil, las personas jurídicas se clasifican en: