Portada » Economía » Clasificación de los Ingresos Públicos y Términos Impositivos
Existen diferentes métodos de clasificación de los ingresos públicos según distintos criterios y parámetros, aunque, entre las distintas clasificaciones, las más citadas son la de Adam Smith, Seligman y Neumark, que atienden al grado de voluntariedad con la que el Sector Público obtiene sus ingresos y la existencia o no de contraprestación por tales ingresos.
Este economista escocés distingue en su obra dos clases de ingresos, basados en el principio de soberanía fiscal.
Retoma y desarrolla esta clasificación, adoptando como criterio el grado de voluntariedad de los particulares al hacer el pago o ingreso público.
Precio con el cual se maximiza el beneficio. (P1 = C´)
No se rige por criterios de mercado estrictos, sino por una mezcla de consideraciones económicas y de interés social.
Carece de fines lucrativos debido a que su fin es cubrir los costes de producción sin obtener beneficios. (P2 = C*)
Precio inferior al coste medio de producción, por lo que origina pérdidas con la razón de incentivar el consumo. (P < C*)
Esta clasificación correspondería con los ingresos derivados de la clasificación de Adam Smith y se subdivide en las siguientes modalidades.
Esta clasificación se articula en torno a las distintas fuentes de ingresos públicos, desde el punto de vista de la Administración Pública.
Desglosados en ingresos originados por:
Concretamente mediante una triple vía:
Ente público con capacidad legal para establecer un impuesto.
Persona física o jurídica obligada por la ley al cumplimiento de la prestación impositiva.
Manifestación de la capacidad de pago que el impuesto pretende gravar, como la renta en el IRPF.
Acto o circunstancia de naturaleza jurídica o económica fijado por la ley para configurar cada impuesto y cuya realización origina una obligación impositiva.
Cuantificación del hecho imponible a efectos de estimación de la obligación impositiva.
Resultado de restar a la base imponible las reducciones legalmente establecidas.
Reducción de la base imponible o de la cuota en una cantidad fija.
Reducción de la base imponible en proporción, porcentaje, de la base o cuota.
Cuantía o porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener la cuota íntegra.
Siguiendo tres criterios.