Aquel ser humano que es miembro de una comunidad sociopolítica en la que tiene derechos y deberes.
Ciudadano es aquella persona que es miembro de pleno derecho de un Estado, es decir, tiene nacionalidad (tiene papeles).
COMPONENTES DE LA IDEA DE CIUDADANÍA:
En la idea de Ciudadanía están presentes dos nociones fundamentales: la pertenencia a una comunidad y la justicia, que ha de regular las relaciones mutuas de los miembros de esa comunidad sobre la base del conjunto de derechos y deberes.
ESTADO DEL BIENESTAR: estado que intenta satisfacer los Derechos sociales (2ª Gen.).
El Estado del Bienestar necesariamente tiene que ser un ESTADO DE JUSTICIA: un Estado cuyo objetivo básico es garantizar unas condiciones mínimas de vida para todos los ciudadanos, considerándolas como exigencias de justicia debidas a la dignidad de la persona.
LA ÉTICA DE LOS CIUDADANOS.
LA SOCIEDAD PLURALISTA: aquella sociedad en la que conviven ciudadanos que tienen distintas concepciones morales, distintas creencias religiosas y distintos ideales de vida.
MÍNIMOS DE JUSTICIA: conjunto de valores básicos que comparten todas, o casi todas, las concepciones morales de una sociedad pluralista. SE PUEDEN EXIGIR A TODOS.
Valores de la ética cívica:
Libertad
Solidaridad
Igualdad
Tolerancia o respeto activo
DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA: los individuos se realizan como tales cuando participan de modo significativo en la dirección de los asuntos públicos. La participación genera un sentido de pertenencia solidaria a la comunidad y un sentido de justicia (ciudadanía), porque el individuo piensa en intereses generalizables.
MUY IMPORTANTE: el hombre democrático se define como un individuo autónomo, es decir, como alguien capaz de darse libremente leyes a sí mismo y de reconocerlas como válidas si pueden encontrar aceptación universal.
EL ESTADO ESPAÑOL SE DEFINE COMO UN ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO. ADQUIERE LA FORMA DE MONARQUÍA PARLAMENTARIA.
Sólo cuando las personas son ciudadanos se puede dar un sistema auténticamente democrático.
EL ELEMENTO COMÚN A LAS IDEAS DE CIUDADANÍA Y DEMOCRACIA SON LOS DERECHOS HUMANOS.
EL SISTEMA JURÍDICO o DERECHO: conjunto de normas de conducta de carácter público y obligatorio que vienen respaldadas por la autoridad y el poder del Estado (leyes). Son elaboradas por una autoridad pública y publicadas por escrito (BOE) para ESTABLECER CIERTO ORDEN EN LA SOCIEDAD. Toda ley, mientras permanezca vigente, obliga de forma coactiva.
El Estado es la forma de organizar políticamente la sociedad.
DEFINICIÓN DE ESTADO: conjunto de instituciones mediante las cuales se ejerce la autoridad pública. Instituciones que se clasifican en tres ramas del poder político: EJECUTIVO (gobierno) , LEGISLATIVO (parlamento) y JUDICIAL (administración de justicia). Recordar a Montesquieu y su obra El espíritu de las leyes.
PACTO SOCIAL: el Estado se entiende como una institución que representa un acuerdo general de toda la sociedad para reconocer a todos y a cada uno de sus miembros como CIUDADANOS iguales en cuanto a derechos y libertades básicas, de modo que la LEY es lo único que está por encima de todos y los GOBERNANTES son los encargados de hacerla cumplir.
DEMOCRACIA: Garantiza los derechos humanos, es la base de nuestro sistema político y el principio de que emanan nuestros derechos.
Def soberanía (autoridad suprema del estado) no reside en una persona o grupo privilegiado, sino en la totalidad de la población. Russeau: contrato social
COMO EJERCE EL PUEBLO SU PODER: EL poder el pueblo no puede consistir en el poder separado de cada uno de los individuos, sino lo que el pueblo colectivamente decide, es decir, en el poder que se otorga a la voluntad popular.
LAS REGLAS DEL JUEGO DE LA DEMOCRACIA:
1. El respeto a la ley
2. El respeto a los derechos de las minorías 3.El respeto de los derechos humanos
4. El principio de representación política.
LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA Y EL VOTO: La representación política permite que los ciudadanos, sin tener que dedicarse directamente a tareas políticas, participen en el poder político mediante la elección libre de representantes.
DIVISIÓN DE PODERES DEL ESTADO: Cada poder o función básica del estado debe de ser ejercida por un órgano distinto, con el objetivo de que esos poderes separados se controlen unos a otros de forma que ninguno pueda someter a los demás ni a la propia sociedad. (Montesquieu).Tres grandes poderes: EJECUTIVO (gobierno), LEGISLATIVO (parlamento) y JUDICIAL (administración de justicia).
CONSTITUCIÓN: Norma de rango más alto, que preside y fundamenta todo el ordenamiento jurídico de un Estado democrático de derecho
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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: Fue el resultado de un amplio acuerdo entre las fuerzas políticas del país, y ha proporcionado a España más de 3 décadas de estabilidad.
El mérito de la Constitución actual es que representa a una gran mayoría de los ciudadanos. Por eso los derechos de todo nosotros son defendidos por ella.
LAS FORMAS DEL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO: Los Estados democráticos pueden adoptar diversas formas: Por lo general establecen las líneas básicas del sistema jurídico en una constitución.
Unas Democracias son REPÚBLICAS (jefe de Estado es elegido) y otras son MONÁRQUICAS (Estado recae sobre el monarca y sobre sus descendientes)
También encontramos: DEMOCRACIAS PRESIDENCIALISTAS El poder ejecutivo es elegido directamente por los ciudadanos en la figura de un presidente. DEMOCRACIAS PARLAMENTARIAS El poder ejecutivo es elegido por el parlamento
Valores constitucionales:
Libertad
Igualdad
Solidaridad
Participación
Justicia
EL VALOR DE LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA: consiste en fomentar el desarrollo moral, esto es, en promover la libertad y la felicidad de los hombres a través de la participación política.
LA CORONA
La Constitución establece la figura del Rey como poder simbólico, arbitral y moderador.
El Rey es el jefe del Estado y sus principales funciones son arbitrar moderar el funcionamiento regular de las instituciones y asumir la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Es el órgano competente para juzgar los recursos de inconstitucionalidad que se puedan presentar contra las leyes, así como los conflictos de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas o los de estas entre sí.
EL CONTROL DEL GOBIERNO POR LAS CORTES
Las cortes controlan la acción de gobierno de varias maneras
-El Congreso vota la investidura del presidente de Gobierno
-El Congreso puede presionar al Gobierno a presentar su dimisión votando contra él por mayoría absoluta una moción de censura o retirándole su confianza por mayoría simple.
-Las Cortes impulsan y controlan la acción del Gobierno mediante interpelaciones y preguntas. El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados.
EL GOBIERNO el control del gobierno por las cortes
El congreso vota la investidura del presidente del gobierno
El congreso puede forzar al gobierno a presentar la dimisión votando contra el por mayoría absoluta una moción de censura o retirándole su confianza por mayoría simple
Las cortes impulsan y controlan la acción del gobierno mediante interpelaciones y preguntas
Formas del estado
Estado se articula territorialmente en comunidades autónomas, en provincias y en municipios-
-LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Las provincias limístrofes, territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica se han constituido en 17 comunidades autónomas (además de Ceuta y Melilla)
Los estatutos de autonomía, que son la norma institucional básica de cada comunidad autónoma, debe contener las competencias (establecido en la Constitución)
La organización institucional se basa en una asamblea legislativa elegida por sufragio universal, un consejo de gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, y un presidente, elegido por la asamblea (dirige el consejo de gobierno)
Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial
LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
2 niveles con personalidad jurídica:
Las PROVINCIAS son entidades locales formadas por ll agrupación de municipios y gobernadas por “Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo”
Los MUNICIPIOS, son las administraciones locales más básicas, gobernados por ayuntamientos, integrados por los alcaldes y los concejales.
Legitimidad: justificación de una autoridad y un poder emanados del Derecho y del Estado
Legitimación: la aceptación o no de una legitimidad
Los dos modos de entender la autoridad: poder o capacidad de mando, como reconocimiento o prestigio que se gana ante los demás.
EL TÉRMINO LEGITIMIDAD: la justificación o fundamentación del sistema político respecto a determinados valores, procedimientos o creencias.
EL CONCEPTO DE PACTO SOCIAL: el Estado moderno pretende obtener su legitimidad de la idea de PACTO SOCIAL: el Estado se entiende como una institución que representa un acuerdo general de toda la sociedad para reconocer a todos y a cada uno de sus miembros como CIUDADANOS iguales en cuanto a derechos y libertades básicas, de modo que la LEY es lo único que está por encima de todos y los GOBERNANTES son los encargados de hacerla cumplir.