18
NOV
2016
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Capitalización trabajo considera inversión productor icaa
Capitalización trabajo considera inversión productor icaa
by estudiapuntes
Coproducción y producción asociada
,
Coste proyectar película
,
Diferencias entre el "coste de producción" y "coste reconocido"
,
Producción propia producción asociada y coproducción
,
Reparto distribuidor productor películas
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TEMA 1.
LA EMPRESA DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA.
1.1 FORMAS JURÍDICAS DE PRODUCCIÓN.
1. Persona física. Dándose de alta como autónomo.
2. Persona jurídica. Creando una
empresa
.
3. Agrupación de Interés Económico. Empresa formada por la uníón de una
productora de cine y otra de otro sector. Pueden ser personas físicas o jurídicas
y obtienen una desgravación fiscal del 18%:
1.2 TIPOS DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN.
La empresa de
producción
es aquella que produce películas cinematográficas y,
en
función de su volumen de producción podemos distinguir entre tres tipos:
• Accidental. Las que producen películas esporádicamente, cada dos o más años.
• Continua. Aquellas que fabrican una unidad de producción tras otra.
• Simultánea. Las cuales están inmersas en dos o más proyectos a la vez.
1.3 TRÁMITES RELATIVOS A SU CONSTITUCIÓN.
Para iniciar la actividad cinematográfica es necesario realizar una serie de pasos
previos en distintas instituciones que darán vía libre para ejercer la profesión.
• Alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Se da de alta en el Ministerio
de Hacienda y con él te asignan el NIF o el CIF correspondiente.
• Alta en la Seguridad Social, a efectos de asignación de un número de patronal
para poder contratar al personal eventual necesario para la realización del film.
• Inscribirse en el Registro Mercantil.
• Solicitar el Certificado Negativo de Nombre, en el Registro de Patentes y
Marcas del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
• Inscripción en la sección primera del Registro de Empresas del ICAA.
1.4 EL PRODUCTOR CINEMATOGRÁFICO.
El
productor
cinematográfico es la persona física o jurídica que tenga la iniciativa y
asuma la responsabilidad en la realización de una obra cinematográfica. Es la máxima
autoridad en la ejecución de un
proyecto
y, por lo tanto, tiene una serie de
obligaciones y funciones inherentes al cargo que desempeña:
– Responsable máximo de la ejecución de la
película
.
– Consigue la financiación del proyecto.
– Es titular de los derechos de explotación de la obra.
– Contrata al director, al guionista y a los principales protagonistas.
– Selecciona las empresas auxiliares que prestarán sus servicios a la producción.
– Negocia con el distribuidor las condiciones más ventajosas para la película.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
– Solicita el certificado de nacionalidad y el certificado de calificación por edades
al ICAA.
– Inscribe la película en el Depósito Legal.
– Si la película ha recibido o pretende recibir subvención, deberá además:
o Comunicar al ICAA la fecha de inicio y de fin de rodaje.
o Solicitar ante el ICAA el reconocimiento de
coste
del film.
o Realizar el depósito de una
copia
de la película en la Filmoteca
Española.
o Respetar las ventanas de protección.
o Autorizar al ICAA a utilizar la película en sus actividades de promoción
del cine español.
El productor independiente.
Hay dos definiciones de productor independiente:
1) Persona física o jurídica que no sea objeto de influencia dominante por un
prestador de servicios de comunicación/difusión audiovisual ni de un titular de
canal televisivo privado.
2) Persona física o jurídica que no esté vinculada a una empresa de capital no
comunitario, dependiendo de ella en función de sus órganos ejecutivos, su
accionariado, su capacidad de decisión o su estrategia empresarial.
1.5 LA OBRA CINEMATOGRÁFICA.
Se define como película cinematográfica toda obra audiovisual, fijada en cualquier
soporte, en cuya elaboración quede definida la labor de creación, producción, montaje
y postproducción y que esté destinada a su explotación comercial en salas. Quedan
excluidas las meras reproducciones de acontecimientos.
En función de su duración distinguimos entre dos tipos de películas:
– Largometraje: Película cuya duración sea de sesenta minutos o superior.
– Cortometraje: La película que dure menos de sesenta minutos.
Criterios de nacionalidad.
Para que una película sea considerada española tiene que cumplir una serie de
requisitos:
– Que los autores de la película sean españoles o comunitarios al menos en un
75%.
– Que las personas integrantes de los equipos técnicos y artísticos que participen
en su elaboración sean al menos en un 75% españoles o comunitarios.
– Que la película se realice en su versión original en castellano o en cualquiera de
las demás lenguas oficiales españolas.
– Que el rodaje de la película se realice su mayor parte en territorio español,
salvo exigencias del guión.
– Que la postproducción y tiraje de copias se realice en instalaciones situadas en
territorio español.
Asimismo, tendrán la consideración de películas españolas las realizadas en régimen
de coproducción con empresas extranjeras, de acuerdo con la regulación específica en
esta materia.
Por otro lado, existen también las películas comunitarias, que son aquellas que
poseen certificado de nacionalidad expedido por uno de los Estados miembros de la
UE.
1.6 EL PRESUPUESTO DE PRODUCCIÓN.
Cuando se elabora el presupuesto se utiliza el modelo oficial editado por el ICAA. El
modelo presupuestario está dividido en doce capítulos correspondientes a los
conceptos y partidas que intervienen en la elaboración de la película.
CAP. 1. Guión y
música
.
CAP. 2. Persona artístico.
CAP. 3. Equipo técnico.
CAP. 4. Escenografía.
CAP. 5. Estudios de rodaje/sonorización y varios producción.
CAP. 6. Maquinaria de rodaje y transportes.
CAP. 7. Viajes, dietas y comidas.
CAP. 8. Película virgen.
CAP. 9. Laboratorio.
CAP. 10. Seguros e impuestos.
CAP. 11. Gastos generales.
CAP. 12. Gastos de explotación, comercial y financieros.
Factores que afectan al presupuesto.
Cada película es un prototipo, un modelo único con un presupuesto determinado por
las propias carácterísticas del proyecto. Pero a iguales circunstancias, el coste
dependerá de una serie de factores:
– La complejidad del propio proyecto: ambientación, efectos especiales.
– El rodaje en escenarios naturales o en decorados construidos a tal efecto.
– La elección del sistema de rodaje: normal o anamórfico.
– La categoría profesional de los técnicos y actores.
– La utilización del sonido directo encarece el presupuesto.
– La utilización de maquinaria de rodaje: steadycam, camera car, tomas aéreas…
– El origen de la casa productora. La mayor parte de empresas auxiliares y
laboratorios están en Madrid y Barcelona, por lo que si la productora es de
provincias tendrán que gastar más en transportes.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
– La variedad de las localizaciones. Cuantas mas, más caro.
– El factor tiempo. Cuantas más semanas, más dinero.
– El tipo de proceso técnico que se utilice en la producción: tradicional, edición
por ordenador.
El coste de producción.
Después de relacionar los diferentes capítulos que integran el presupuesto, se puede
definir el coste de producción como el conjunto de gastos necesarios para la
realización de la película hasta la obtención de la copia estándar.
En el ámbito profesional también se utilizan otros términos para denominar diversas
variantes del coste:
• Coste película. Es un término acuñado por el Ministerio de Cultura que incluye,
además del coste de producción, una serie de costes complementarios:
o La remuneración del productor ejecutivo, no pudiendo sobre pasar el
5% del coste de realización.
o El importe de un internegativo y de las copias obtenidas para la
exhibición
de la película y para la entrega obligatoria a la Filmoteca.
o Los intereses pasivos y gastos de negociación de créditos para la
financiación. No puede superar el 10% del coste de realización.
o El importe de los gastos generales hasta el 5% del coste de realización.
o Los gastos de doblaje o subtitulado a cualquier lengua oficial.
o Los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor hasta un
30% del coste de realización.
• Coste de explotación. Hace referencia a los gastos de publicidad y copias
necesarios para poner la película en el mercado. Este coste es tradicionalmente
anticipado por el distribuidor.
• Coste reconocido. El ICAA le utiliza como base para el cálculo de las
subvenciones que correspondan a la película y para determinar la inversión del
productor. Generalmente es menor que el coste de producción.
TEMA 2.
LA FINANCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN.
2.1. FUENTES DE FINANCIACIÓN.
1. Recursos propios. El capital de la empresa productora.
2. Ayudas del ICAA. Referidas a las ayudas sobre proyecto que previa
convocatoria pública ofrece el ICAA para aquellas películas de bajo
presupuesto, o que incorporen nuevos realizadores, así como proyectos
culturales. La cuantía no podrá exceder el 50% del coste de producción ni la
inversión del productor.
3. Ayudas regionales. Las que ofrecen algunas Comunidades Autónomas para
proyectos que tengan como denominador común el rodaje en el territorio de la
Comunidad o estén rodadas en alguna lengua oficial de la misma.
4. Fondos europeos e iberoamericanos.
a. Fondo Eurimages. Son préstamos sin intereses para facilitar la
coproducción entre países europeos. Surgieron en el año 1989 y son
otorgados por el Consejo Europa.
b. Programa Media. Lo gestiona la Uníón Europea y ofrece ayudas a la
producción, la
distribución
y la exhibición.
c. Programa Ibermedia. Otorga ayudas al desarrollo de proyectos y
fomenta la coproducción entre los países iberoamericanos, España y
Portugal.
5. Anticipo de distribución. Tradicionalmente el distribuidor anticipa los gastos en
copias y publicidad. En ocasiones también adelanta una cantidad económica
que sirve para financiar la película.
6. Producción asociada. Cuando dos empresas de la misma nacionalidad asocian
sus capitales para abordar un proyecto cinematográfico.
7. Coproducción internacional. La asociación temporal de dos o más empresas de
diferentes países para la realización de un proyecto cinematográfico.
8. Derechos de antena. Los productores pueden ceder los derechos para una
posterior emisión de sus películas, sirviendo el importe de dichos derechos
para la financiación del film. Suponen una importante fuente de financiación.
9. Derechos de emisión. Cuando las televisiones adquieren los derechos de
emisión una vez terminada la película. Se pacta un importe mínimo para la
productora y un escalado en función de los tramos de taquilla.
10. Derechos videográficos. La cesión de los derechos para una posterior edición
de la película en DVD. Es una fuente de financiación menor.
11. Ventas internacionales. La posibilidad de vender la película a otros mercados
internacionales antes de ser realizada. Sin embargo, esta opción está al alcance
de muy pocos proyectos.
12. Aportaciones.
a. Capitalización. A veces, para cubrir la financiación de un presupuesto
faltan recursos, entonces se ofrece la posibilidad de invertir el salario a
los principales actores, al director y a jefes de equipo, estas
aportaciones representan un porcentaje en el conjunto del presupuesto
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
y, cuando la película se estrene y recaude sus primeros ingresos se
repartirán en función del porcentaje aportado.
b. Participación en beneficios. Si el salario de algún actor o el director es
muy elevado y la productora no puede afrontarlo, se le ofrece la
posibilidad de percibir una remuneración más baja y a cambio percibir
un porcentaje de los beneficios de la película.
13. Product placement. Fórmula de financiación menor consistente en la
colocación de un producto que se quiere publicitar en alguna escena de la
película.
14. Pagos diferidos. Fórmula de financiación que consiste en demorar el pago a
laboratorios e industrias auxiliares suministradoras de material técnico, lo que
supone para la productora disponer de mayor tiempo para afrontar los pagos.
Además, si el pago se efectúa a tiempo la productora obtendrá descuentos y
bonificaciones.
15. Créditos especiales para la industria cinematográfica. Algunas instituciones
como el ICAA, BEX o ICO ofrecen créditos blandos para la producción de
películas.
16. Crowdfunding. Pequeñas aportaciones de numerosos mecenas.
2.2. EL PLAN DE FINANCIACIÓN.
La relación de fuentes de financiación que utilizará el productor para financiar su
proyecto se plasma en el plan de financiación, documento que será exigido por el
Ministerio de Cultura para comprobar si está cubierto el presupuesto con los recursos
aportados por el productor. Además sirve para determinar la inversión del productor,
es decir, la cantidad aportada por el mismo con recursos propios o ajenos de carácter
reintegrable, excepto las ayudas estatales.
TEMA 3.
LA AMORTIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN.
Realizada la película hay que situarla en el mercado para que comience a generar sus
primeros ingresos, algunas de las fuentes de financiación utilizadas en la amortización
sirven también para financiar el presupuesto, dependiendo del momento en que se
utilicen.
Si hemos recibido o pretendemos recibir subvenciones públicas hay que respetar la
jerarquía de explotación y sus respectivos plazos de protección:
1. Salas de exhibición.
2. DVD, Blueray, VOD.
3. TV codificada.
4. TV regional.
5. TV en abierto de ámbito nacional.
3.1. FUENTES DE AMORTIZACIÓN.
El productor puede amortizar su películas con ventas internacionales, la cesión de
derechos videográficos y la venta de derechos de emisión para televisión. Sin embargo,
las dos principales fuentes de amortización de una película son los ingresos de taquilla
y las ayudas a la amortización del ICAA.
• Ingresos de taquilla. La principal fuente de amortización de la película la
constituye el ingreso de taquilla. El productor es propietario de una pequeña
parte del dinero recaudado en salas, pero también existen otros propietarios
de la taquilla:
o El Estado a través del IVA (21%).
o El exhibidor, una vez descontado el IVA se queda entre el 40 y el 50% de
los ingresos netos.
o Los autores de la obra (director, guionista y músico) cobran el 2% de los
ingresos netos por la comunicación pública de sus obras a través de las
entidades de gestión.
o El distribuidor, encargado del lanzamiento de la película percibirá la
llamada facturación y repartirá con el productor en función del
porcentaje pactado en contrato.
• Ayudas a la amortización. El Ministerio de Cultura a través del ICAA concede
ayudas a largometrajes españoles para amortizar la inversión del productor.
Existen dos modalidades:
o Ayuda general. Se concede de manera automática en función del
número de espectadores durante los primeros 12 meses de explotación.
No sólo se consideran espectadores al número de entradas vendidas en
cines, sino también los visionados por Internet, las ventas y alquileres
en soportes físicos y el acceso mediante pago a festivales celebrados en
España. Esta
ayuda
no puede superar los 800.000€.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
o Ayuda complementaria. Reservada sólo a películas sin ayuda sobre
proyecto. Se conceden en función de un sistema de puntos,
correspondiendo una dotación de 10.000€ por cada uno de ellos, no
pudiendo superar en ningún caso el 1.200.000€. Los puntos a sumar se
determinan por los siguientes criterios:
§ Entre 1 y 5 puntos por estar en la sección oficial de festivales de
§ 3 puntos si es una película documental.
§ 4 puntos si recibe la calificación de “especialmente
§ 4 puntos por ser productora independiente.
§ 2 puntos si se trata de una coproducción internacional.
§ 4 puntos si se ha utilizado el sistema 3D.
§ 2 puntos si hay equilibrio de hombres y mujeres en los equipos
§ 2 puntos si está dirigida por un realizador novel.
§ 2 puntos si es una película de animación.
§ 1,5 puntos por cada 45.000€ de inversión del productor hasta un
reconocido prestigio internacional. Máximo de 15 puntos.
recomendada para la infancia”.
técnicos.
máximo de 120.
La suma de la ayuda general y la complementaria no puede superar el 50% del coste
reconocido ni el 75% de la inversión del productor. En caso de que en el cómputo
anual no haya fondos para todas las películas presentadas se entrará en un sistema de
prorrata.
3.2. OTRAS FORMAS DE REPARTO DE LA TAQUILLA. EL MODELO FRANCÉS.
En el modelo francés existe la llamada TSA, tasa que grava el precio de la entrada en
un 11%. Esta tasa se recauda con todas las películas que se exhiben en Francia,
independientemente de su nacionalidad y su importe es ingresado en el Centro
Nacional de Cinematografía. Es decir, que la tasa se recauda con películas de todos los
países, pero su cuantía recaudada con todos los filmes en exhibición solo revierte en
ayudas a la cinematografía francesa. Popularmente se suele decir que “el dinero del
cine vuelve al cine”.
TEMA 4.
LA COPRODUCCIÓN INTERNACIONAL.
La coproducción internacional es una asociación temporal de dos o más empresas de
diferentes países para la realización de un proyecto cinematográfico.
Según el número de países pueden ser bipartitas, tripartitas o multilaterales; y en
función de las aportaciones se denominan mayoritarias, minoritarias o equilibradas.
4.1. TIPOS DE COPRODUCCIONES.
• Coproducciones tradicionales, ya sean puras o mixtas. En las que se produce
un intercambio de técnicos, actores, servicios y capital.
• Coproducciones financieras. En las que uno o dos países minoritarios aportan
solamente capital entre el 10 y el 25% del presupuesto.
También existe el denominado service de producción, sin embargo, no es una
coproducción, puesto que en este caso una productora local facilita el rodaje a una
productora extranjera.
4.2. VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA COPRODUCCIÓN.
Ventajas:
• Incremento para cada país del número de películas.
• Disminución del coste para cada coproductor.
• Incremento de las posibilidades comerciales.
• Permite afrontar proyectos de mayor envergadura económica.
• Disfruta de la doble, triple o múltiple nacionalidad.
• En países donde la importación está contingentada a un cupo de películas entra
con la bandera más favorable.
• Subvenciones, premios y primas para el coproductor del país que la concede.
Inconvenientes:
• Mayor control administrativo. Se necesita previa aprobación del dossier con el
reconocimiento provisional de la nacionalidad.
• Pérdida relativa de algunos mercados que se ceden en exclusiva al otro
coproductor.
• Dificultades para encontrar socios.
• Europudding.
• Hay casos de coproducciones falsas.
4.3. MARCO LEGAL.
La coproducción internacional está regida por una normativa específica además de la
aplicable a la cinematografía nacional. España tiene convenios bilaterales de
coproducción con 29 países sumándose al convenio europeo y al iberoamericano.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
La legislación marco, Real Decreto 2062/2008, de 12 de Diciembre, enumera una serie
de requisitos fundamentales para que la coproducción sea aprobada:
1. Que la película sea considerada nacional en los países coproductores,
beneficiándose con pleno derecho de las ventajas concedidas a las películas de
cada país por sus respectivas legislaciones.
2. Que se realice por personal creativo, técnico, artístico y de servicios que
posean la nacionalidad de alguno de los países coproductores.
3. La proporción de participación podrá oscilar, por película, del 20 al 80% del
coste de la misma. En el caso de coproducciones multipartitas, la participación
menor no podrá ser inferior al 10% y, la mayor, no podrá exceder del 70%.
También la legislación marca que cada país coproductor debe hacer una serie de
aportaciones:
• Cada coproductor deberá tener una participación efectiva de carácter creativo,
técnico y de servicios, así como el rodaje en exteriores o interiores deberán ser
proporcionales a su participación económica.
• Cada coproductor se hará cargo de los gastos correspondientes al personal y de
servicios de su propia nacionalidad.
• El coproductor español minoritario aportar al menos un autor, dos actores y un
creativo de carácter técnico.
Por su parte, los trabajos de rodaje y posproducción:
• Tendrán lugar preferentemente en el país coproductor mayoritario, salvo
exigencias del guión.
• Los trabajos de postproducción serán preferentemente estudios y laboratorios
del país mayoritario. Si el coproductor mayoritario pertenece a la UE podrán
ser efectuados en cualquiera de los países comunitarios.
• El tiraje de copias o soporte de reproducción podrá efectuarse en cualquiera de
los países coproductores.
4.4. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO.
Cualquier productor español que desee obtener la nacionalidad española de una
película realizada en régimen de coproducción, deberá presentar ante el ICAA la
siguiente documentación:
1. Documento acreditativo de la conformidad del autor o autores del guión o, en
su caso, de la obra preexistente y, certificación acreditativa de su inscripción en
el Registro de la Propiedad Intelectual.
2. Guión de la película, plan de rodaje y presupuesto del proyecto.
3. Relación nominal de los componentes de los equipos de creación, técnicos
especializados, artísticos y personal de servicios con expresión de su
nacionalidad.
4. Contrato de coproducción en el que se especifiquen los pactos entre las partes
con indicación de las aportaciones técnico-artísticas, transferencias dinerarias
de cada coproductor y reparto de mercados y beneficios.
Examinada la documentación por la comisión de coproducciones del ICAA y si reúne
los requisitos de la normativa vigente se procederá a la concesión provisional de la
nacionalidad española beneficiándose la película coproducida de las medidas de
fomento que otorga el ICAA.
4.5 EL PRESUPUESTO DE LAS COPRODUCCIONES.
El presupuesto, dependiendo de los países participantes debe contener, dos, tres o
más columnas. Cada país se hace responsable de los gastos de su personal y si hay
diferencia entre porcentaje y aportación económica, se transfiere el capital restante.
4.6 EL COSTE DE LAS COPRODUCCIONES.
La coproducción internacional tiene un coste de producción que, en principio, es
sensiblemente superior al de una película nacional debido a las siguientes razones:
a) Suele tratarse de proyectos ambiciosos y atractivos para ambos países.
b) Se buscan actores de talla internacional.
c) El rodaje suele realizar en territorio de los coproductores, por lo que se
multiplican los gastos en viajes, dietas y equipos técnicos bilingües.
d) Cada país tiene derecho a un duplicado del negativo original, y este gasto se
incluye en el presupuesto.
e) A veces en el presupuesto se contempla la obtención de segunda versión
idiomática.
f) Además de los seguros obligatorios de la producción, una coproducción
conlleva un mayor riesgo de interrupción de rodaje, por tanto, es casi
obligatorio suscribir esta póliza.
4.7. REPARTO DE MERCADOS.
Independientemente de los porcentajes o aportaciones, los coproductores tienen los
derechos de explotación del film al 100% en su país de origen. En el resto del mundo,
sin embargo, si van en proporción a su aportación.
4.8. COPRODUCCIONES FINANCIERAS.
Son aquellas en las que uno de los dos países, Francia o España, aporta exclusivamente
capital. Tienen una serie de carácterísticas legalmente:
a) La participación económica es minoritaria, pudiendo oscilar, solamente, entre
el 10 y el 25%.
b) El país mayoritario asume la producción y se rigen por la normativa de su país.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
c) El coproductor financiero español sólo tiene derecho a percibir la ayuda
general a la amortización.
d) El ICAA controla que las aportaciones entre los países coproductores deberán
estar globalmente equilibradas.
4.9. FESTIVALES INTERNACIONALES.
En festivales se presentará la nacionalidad del país mayoritario. Si es equilibrada se
hará con la nacionalidad del director.
TEMA 5.
DISTRIBUCIÓN CINEMATOGRÁFICA.
5.1. PANORAMA DEL MERCADO ESPAÑOL.
– Excesivo número de producciones.
– Bajos presupuestos.
– Rechazo del cine español por el público.
– Escasas recaudaciones.
– Pequeña inversión publicitaria.
– Excesiva competencia de otras cinematografías.
– Algunas películas no es estrenan.
– Concentración en determinados títulos.
– Renovación de la programación.
– Cuota de mercado USA 40%.
– Four Wall Contract.
5.2 TIPOS DE DISTRIBUIDORAS.
Según ámbito de cobertura.
• Nacionales.
Aquellas que son capaces de colocar una copia en cualquier punto del país.
• Regionales.
Distribuidoras cuyo territorio de actuación se ciñe al de una comunidad
autónoma. En ocasiones, si una filial de una major no tiene cobertura en
determinados territorios, contratan sus servicios.
Según el producto distribuido.
• Multinacionales.
Son las filiales de las majors: Universal, Paramount, Disney, Fox, Warner y Sony.
Distribuyen los títulos producidos por la empresa madre y en ocasiones cine
comunitario de gran calado. Se caracterizan por hacer grandes campañas de
publicidad.
• Independientes.
Son aquellas que adquieren las películas en mercados internacionales y
directamente del productor. Su estrategia de distribución es moderada.
No todas las películas distribuidas por las majors son producidas por ellas mismas, sino
que mantienen acuerdos con otras productoras independientes a las que comprar los
derechos de distribución de sus productos. En este sentido existen varias fórmulas de
participación de un estudio en la comercialización de una película:
• PDF agreement: Es un acuerdo por el cual un estudio adquiere los derechos de
una película y a cambio paga unos honorarios a la productora. El estudio es el
titular de los derechos de explotación.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
• Output agreement: Es un acuerdo a largo plazo por el cual la distribuidora se
hará cargo del lanzamiento de las producciones realizadas durante los años que
dure el acuerdo.
• Share pot: Por la cual dos estudios comparten la producción de un título.
5.3 ORGANIGRAMA DE UNA MULTINACIONAL DE LA DISTRIBUCIÓN.
Director general.
Nexo de uníón entre la casa madre en EE.UU y la filial española.
Departamentos:
• Ventas. Decide la política de precios de contratación del film con el exhibidor y
la programación de las películas en distribución.
• Marketing. Coordina y pone la película en la calle, utilizando los medios de
comunicación. Este departamento está organizado en cinco áreas diferentes:
o Medios. Suele trabajar con una agencia y se encarga de contratar la
publicidad en los distintos medios de comunicación.
o Promoción. Busca esponsor y marcas comerciales para promocional la
película.
o Publicity: Es el departamento encargado de conseguir cobertura
medíática dando contenido a los medios.
o Producción: Edita los materiales publicitarios.
o Trade marketing: Organiza
eventos
y acciones en la sala de exhibición
para hacer destacar la película entre las demás.
• Financiero. Encargado de la administración, de los pagos, de recibir la
facturación de la película.
• Producción. Responsable de la realización de doblaje y subtitulados y del tiraje
de copias y del tráiler.
5.4 TÉCNICAS DE LANZAMIENTO.
Cuando se estrena una película hay que tener en cuenta el número de copias con el
que va a salir al mercado y por tanto, el tipo de distribución que se le va a dar. Esto
dependerá si la película es extranjera, del éxito en su país de origen y si es nacional
conjugar el resultado final de la película, con la campaña que se le va a dar y el público
al que va dirigida.
o Exclusive release. Carácterístico de aquellos lanzamientos de películas
pequeñas que en principio por su temática o por su desconocido equipo, o por
su nacionalidad tienen pocas expectativas de audiencia. Consiste en salir al
mercado con pocas copias, de 1 a 30.
o Limited release. Carácterístico de los lanzamientos de cine español y europeo.
Consiste en salir al mercado con un número de copias que oscile entre las 50 y
las 300.
o Wide release. Carácterístico de títulos con grandes expectativas comerciales.
Consiste en salir de estreno con más de 300 copias de exhibición y saturar el
mercado.
5.5 FÓRMULAS DE DISTRIBUCIÓN.
• Distribución integral. Cuando una distribuidora anticipa y se hace cargo de los
gastos de P&A. Este tipo de distribución es el más extendido cuando se trata de
películas extranjeras que se distribuyen en nuestro país y también para las
españolas que ceden en distribución.
• Distribución técnica. La distribuidora se encarga de las salas, la comunicación y
de la promoción, pero las copias y el material publicitario lo aporta el
productor. Es carácterística de un determinado cine español.
Diferencias entra la distribución en USA y Europa:
El anticipo de distribución.
Generalmente el distribuidor adelanta el importe del P&A, costes que una vez
estrenada la película descontará del porcentaje correspondiente al productor.
Antiguamente había un concepto llamado “mínimo garantizado”, por el cuál el
distribuidor si no recuperaba el anticipo con la explotación en salas de la película, lo
perdía. Sin embargo, en la actualidad se firma una cláusula en contrato por la cuál el
distribuidor tiene derecho a intervenir en los ingresos de DVD, VOD y televisión hasta
recuperar su inversión.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
5.6 FUNCIONES DEL DISTRIBUIDOR.
El distribuidor, eslabón intermedio entre productor y exhibidor, adquiere
temporalmente los derechos de reproducción y comunicación pública de una película y
asume una serie de compromisos y obligaciones:
1. Comprometerse con el productor a estrenar la película en una serie de
provincias donde la distribuidora posee organización e infraestructura.
2. Solicita al ICAA el certificado de calificación por edades en caso de que la
película sea extranjera, ya que si es española lo pedirá el productor.
3. Anticipa los gastos de P&A, aunque posteriormente se los descontará al
productor.
4. Distribuye físicamente las copias en los locales de exhibición.
5. Edita los materiales publicitarios con los elementos matrices facilitados por el
productor.
6. Recoge la facturación de la película y repartirá con el productor una vez
descontado el anticipo en P&A.
7. Si no distribuye marcas en exclusiva, adquiere los títulos en los mercados
internacionales o a través de otras distribuidoras internacionales.
8. Negocia con el exhibidor las condiciones más ventajosas para la película.
9. Si posee organización suficiente se hará cargo de la distribución en salas y vídeo
y en algunas ocasiones de la distribución en televisión en otros países.
Materiales matrices que debe aportar el productor al distribuidor.
Cuando una película está producida por una empresa española y se va a distribuir en
territorio nacional, es necesario que el productor provenga al distribuidor de los
siguientes materiales:
– Copia de la película, para hacer las copias necesarias, así como para realizar el
tráiler.
– Certificado de calificación expedido por el ICAA. Una copia de éste debe
acompañar a cada copia en exhibición.
– Fotos fijas de las escenas más importantes de la película.
– Fotos especiales de los actores para poder negociar portadas o artículos para la
promoción de la película.
– Póster de la película.
– Billing block, es decir, la relación de los patrocinadores y financieros de la
película.
– Press-book en formato digital con fotografías, currículos y notas de producción,
para que puedan ser descargadas por la prensa.
– Making of de la película, en caso de que se haya realizado.
– El EPK, material audiovisual que contiene entrevistas abiertas, tráiler e
imágenes, destinado a la prensa especializada.
En caso de que la película sea extranjera, los materiales complementarios que debe
recibir el distribuidor son:
– Mezclas sonoras.
– Lista de diálogos definitivos de la película para proceder a su traducción,
subtitulado y/o doblaje.
– Certificado de origen donde se exprese la nacionalidad de la película,
documento que habrá que presentar al ICAA para solicitar también el
certificado de calificación por edades.
– Fondos neutros del film para que en el país de destino puedan traducir e
impresionar los principales créditos en su idioma.
– Listado de músicas para que sus autores puedan percibir los derechos por
comunicación pública de sus obras.
Relaciones comerciales productor-distribuidor.
El distribuidor, intermediario en la cadena de derechos adquiere temporalmente los
mismos y por ello cobra una comisión que dependerá del tipo de película y de la
posición más o menos dominante que tenga el productor que la cede. Así es probable
hablar de relaciones porcentuales 80/20, 75/25 o al 70/30, siendo el mayor porcentaje
para el productor del film. El distribuidor anticipa los gastos de P&A y el productor
devolverá ese gasto con cargo a su porcentaje.
5.7 LANZAMIENTO DE UNA PELÍCULA.
En caso de que sea una película extranjera, el distribuidor debe acompañar a cada
copia de exhibición un cartón con el certificado de origen (proporcionado por el
productor); y el certificado de calificación por edades (otorgado por el ICAA).
Sin embargo, si se trata de una película española ambos certificados los pide el
productor y son otorgados por el ICAA.
EL VALOR DE LA PELÍCULA.
Los factores que determinan el valor de una película son heterogéneos. Por orden, son
los siguientes:
1. Año de producción.
2. Éxito en el país de origen.
3. Nacionalidad.
4. Género.
5. Elenco y autoría.
6. Excepciones.
5.8 AYUDAS A LA DISTRIBUCIÓN.
• AYUDAS NACIONALES:
o Ayuda General. Preferiblemente para películas distribuidas en V.O.S.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
§ Dirigida a distribuidores independientes y para películas con una
§ Cubre el 50% del coste de tiraje de copias, subtitulado y gastos
o Ayuda especial para la distribución de films que incorporen sistemas
para personas discapacitadas.
§ Dirigida a aquellas películas que incluyan autodescripción para
antigüedad inferior a dos años desde su estreno en el país de
origen.
de publicidad y promoción.
§ Dotación de hasta el 60% de los medios y recursos técnicos
o Plan de distribución para salas.
§ Exige estrenar al menos en 15 provincias y 5 CC.AA.
ciegos y subtitulado especial para personas sordas, incluido
distribución en vídeo e Internet.
necesarios.
• AYUDAS EUROPEAS:
o Programa Media.
§ Participan en él 33 países europeos.
§ Para acogerse a él, es necesario distribuir películas comunitarias
§ Ayuda automática de 0,36€ por espectador.
§ Ayuda selectiva que cubre gastos de doblaje, subtitulado y
o Programa Euromed.
§ Creado por la UE, agrupa a 10 países del sur del Mediterráneo:
en al menos 3 países del Consejo de Europa.
copias.
§ Su objetivo es fomentar la distribución cinematográfica de estos
Argelia, Egipto, Jordania, Israel, Líbano, Libia, Marruecos, Siria,
Palestina y Túnez.
países.
5.9 OTROS TIPOS DE DISTRIBUCIÓN.
• Distribución simultánea. Aquella que no respeta el sistema de protección de
ventanas y estrena a la vez en cines, VOD y DVD.
• Distribución en DVD y Blue Ray. Lo tradicionalmente llamado “mercado
doméstico”, consiste en vender o alquilar las películas en formato físico en
estos formatos. Suele funcionar a porcentaje entre distribuidora y productora y
no hay mínimo garantizado.
• Distribución digital. Sustituir las copias analógicas por las digitales. Tiene una
serie de carácterísticas:
o La copia digital es un DCP o disco duro, lo cuál facilita el transporte.
o Un DCP cuesta unos 150€ frente a los 1.500€ de una copia en 35mm.
o Tiene mayor calidad.
o Permite varias versiones y subtitulado.
o Se puede proyectar en varias salas a la vez.
o Es reciclable.
o El 90% del parque de salas español ya está digitalizado.
o Lleva aparejada una tasa de unos 500€ denominado VPF que pagan los
distribuidores a los cines para ayudar en la digitalización de los equipos.
• Distribución electrónica. Con este sistema se pretenden suprimir las copias
físicas. En él, la distribuidora sube a un servidor la película, la sala de exhibición
se la descarga, la ingesta y la proyecta. La transmisión se hace a través de fibra
óptica o por satélite.
• Distribución por satélite. La película es transmitida por la distribuidora a través
de satélite y el cine recibe la señal. Actualmente se suele utilizar para exhibir
óperas, ballet y futbol.
• Distribución a la carta (VOD). Plataformas con catálogos de películas más o
menos extensos y que funcionan como un videoclub online: elijes la película
que quieras y la puedes ver en el momento que elijas. Hay varios tipos de
distribución online:
o EST (Electronical sell trough). Compra electrónica a través de descarga.
o Transaccional VOD. Pagas un alquiler por una película concreta y la
puedes ver varias veces durante un período de tiempo limitado.
o Advertising VOD. Ves la película gratis a cambio de recibir publicidad.
o Suscription VOD. Con una suscripción periódica puedes ver todas las
películas de la tarifa plana de la plataforma.
• Distribución internacional. Cesión de los derechos de una película en
determinados medios para su explotación en otro territorio a cambio de una
contraprestación económica o mínimo garantizado y un royalty.
• Distribución ilegal. La que se realiza sin el consentimiento ni acuerdo con los
titulares de los derechos de explotación.
5.10 PLAN DE DISTRIBUCIÓN Y MARKETING.
A la hora de elaborar el plan de distribución y marketing lo primero que hay que tener
en cuenta es el tipo de producto que tenemos y cuáles son sus aspiraciones
comerciales. Una vez identificados el posicionamiento y sus objetivos en taquilla es
necesario identificar el target objetivo de la película para poder concentrar los
esfuerzos de comunicación dentro del mismo segmento de población.
Una vez realizados estos pasos, se elige una fecha de estreno y en función de ésta se
elabora un análisis DAFO, para conocer las debilidades, fortalezas, oportunidades y
amenazas que tiene nuestro producto en esa fecha concreta.
Cuando ya tenemos claro todo lo anterior, los diferentes agentes de la distribuidora
comienzan a tomar decisiones relevantes:
– El Director General determinará la inversión en P&A.
– El Director de Ventas realiza la estrategia de lanzamiento en la que se
determinan el número de copias, así como las ciudades dónde se llevará a cabo
el estreno.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
– El Director de Marketing diseña la estrategia de lanzamiento en medios de
comunicación, publicity, trade y promociones. Se establece un calendario de
acciones para dar a conocer la película antes, durante y después de su estreno.
El plan de marketing tiene tres fases según calendario:
1. Prelanzamiento.
2. Lanzamiento.
3. Mantenimiento.
5.11 LA PUBLICIDAD CINEMATOGRÁFICA.
En el complejo entramado de distribución de un film y para darlo a conocer a los
potenciales espectadores es necesario producir y editar una serie de materiales que
irán destinados a las salas y a los medios comunicación para publicitar la película. Entre
los más utilizados están:
– Product reel. Material audiovisual elaborado por la casa madre en el que
figuran fragmentos de las películas que están produciendo. Es un material que
se distribuye gratuitamente a las televisiones.
– Press book.
– Making of.
– EPK.
– Póster. Cartel con información gráfica de la película que sirve para publicitar el
film en la sala de exhibición.
– Tráiler y teaser. Películas de corta duración que sirven para promocionar la
película previamente al estreno y que se proyectan antes de una película con
target similar.
– Displays. Figuras de cartón rígido a tamaño real que corresponden a alguna
escena de la película. Se colocan en los halls de los cines.
– Flyers. Hojas que se reparten en los cines con información técnico-artística y
sinopsis de las películas.
– Guía comercial. Díptico que contiene ilustraciones, así como la sinopsis y breve
ficha técnico-artística. Sirve al distribuidor para ofertar la película a potenciales
comerciales.
– Publicidad exterior. Vallas, muppis, billboards. Aparte de metro, autobuses,
etc.
Fases del lanzamiento publicitario.
• Prelanzamiento.
Cuando se inicia el proceso de producción de una película conviene precisar cuales van
a ser
las acciones
publicitarias encaminadas a darla a conocer.
Durante la fase de preparación la productora puede utilizar diversos recursos gratuitos
para ir avisando a la futura audiencia de la existencia de la película. Algunas de estas
acciones pueden ser la adquisición de una novela preexistente o la contratación de un
actor de renombre.
En la etapa del rodaje se puede invitar a la prensa especializada un día para que
entreviste a los protagonistas y al director. Tanto la prensa gráfica como la escrita
darán cuenta del evento en los medios de comunicación para los que trabajan.
Una vez terminada la postproducción comienza el lanzamiento de la película y, aunque
podemos conseguir publicidad gratuita con la celebración de eventos, tendremos que
invertir en publicidad en medios como la prensa, la radio, la televisión, los exteriores,
etc.
• Lanzamiento.
Se denomina publicidad de lanzamiento a una campaña que se desarrolla a nivel
nacional, con la intención de dar a conocer la película de cara al estreno. Es
determinada por parte de la distribuidora del film.
– En prensa se contratan espacios publicitarios de diferentes tamaños. Suele ser
gradual, con anuncios de menor a mayor según se acerca la fecha de estreno.
Actualmente es un medio que está cayendo mucho.
– En radio se utiliza con frecuencia la publicidad gratuita, puesto que muchos
medios se hacen eco de las noticias del séptimo arte. También se contratan
cuñas que van insertadas en bloques publicitarios.
– La publicidad en televisión es la más efectiva pero también la más cara. Con la
fragmentación de las audiencias para que la publicidad sea eficaz hay que hacer
una gran inversión y muchas películas no pueden permitírselo. Sin embargo,
cuando una televisión es productora de la película, la cadena hace mucha
publicidad gratuita.
• Mantenimiento.
Cuando una película está posicionada en el mercado y se quiere mantener más tiempo
en cartel, conviene reforzar la campaña publicitaria. La cuantía de la publicidad de
mantenimiento es difícil de predecir, pues dependerá del resultado de la película en
taquilla. En caso de que el film reciba algún premio importante es buen momento para
realizar la campaña de mantenimiento.
Convocatorias para dar a conocer la película.
• El pase de prensa. Es previo al estreno y tiene como finalidad que el crítico de
cine o el periodista pueda elaborar reportajes y noticias junto con el material
que contiene el press-book.
• La rueda de prensa. Acontecimiento en el que se convoca a la prensa gráfica y
escrita y en el que participan respondiendo a las preguntas que se formulen,
generalmente el director y los protagonistas. Suele ir precedida de un photocall
y suele proyectarse la película.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
• La premiere. Es el preestreno con la presencia del talent de la película y que
convoca a un gran número de medios.
• El preestreno. Es la proyección de la película dos o tres días previos al estreno.
Suele organizarse junto a algún patrocinador.
• El estreno. Es el momento en el que la película se hace pública.
• El photocall. Convocatoria para la prensa gráfica en presencia del equipo
artístico-técnico de la película. Puede haber alguna marca que patrocine el
evento y se anuncia su logotipo en el panel sobre el que los artistas posan para
la prensa.
• El estreno plataforma. Técnica de lanzamiento de la película a nivel
extranacional. Se elige una ciudad clave en un país determinado, y se realiza el
estreno, posteriormente, y con muy poco margen de tiempo se procede al
estreno en otros países del mismo continente escalonadamente. Con esta
técnica se dosifica mejor el número de copias.
• El estreno mundial. Técnica de lanzamiento de una película en la que se
estrena la película simultáneamente en varios países. Su objetivo es aprovechar
el ruido medíático de la campaña de publicidad y evitar la piratería.
TEMA 6.
LA EMPRESA DE EXHIBICIÓN.
6.1. LA SALA DE EXHIBICIÓN. TIPOS Y CLASIFICACIÓN.
Según la normativa vigente es el local dotado de una o varias pantallas de proyección
de películas abiertos al público mediante el pago de un precio de entrada fijado,
exclusivamente, como contraprestación por el derecho de asistencia a la proyección
de películas determinadas.
En España hay un parque de aproximadamente 3.800 pantallas, muchas de las cuales
pertenecen a cadenas exhibición como Cinesa, Yelmo Cineplex, Kinépolis, Cinesur y
Renoir.
Según el número de pantallas que tenga un complejo, podemos dividir los cines en tres
tipos:
– Miniplex. De 2 a 7 pantallas.
– Multiplex. De 8 a 15 pantallas.
– Megaplex. 16 o más pantallas.
Clasificación legal y estructural.
• Clasificación legal. Según la normativa vigente las salas de exhibición se
clasifican es salas comerciales y salas X. Las primeras son las que exhiben cine
en versión doblada o en versión original. Las salas X, son las que proyectan
películas calificadas con el anagrama X, están sujetas a unas disposiciones
especiales en cuanto a publicidad y están gravadas con un IVA mayor.
• Clasificación estructural. Según el aforo y la disponibilidad de pantallas.
o Palacios. Son salas de gran aforo ubicadas en grandes núcleos urbanos y
tienen una única pantalla. Se están transformando en multisalas ya que
difícilmente llenan el aforo.
o Multisalas. Surgen en los 80 y son complejos de más de dos pantallas y
salas de diferente aforo donde se proyectan películas de muy diversa
aceptación. Ofrecen múltiples ventajas.
§ Mayor oferta para el público.
§ Permiten obtener mayor rendimiento por título, ya que la
§ Propicia el rendimiento de las salas en su conjunto, ya que los
película va rotando por salas de distinto aforo y aguanta más
tiempo en cartel.
escasos beneficios de una película se compensan con los de
otras más taquilleras.
§ Menor número de trabajadores para más pantallas.
§ Películas que no tendrían aceptación por el público
aisladamente, se benefician de un público residual que
posiblemente no haya encontrado entradas para otro título más
taquillero.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
6.2 EL EXHIBIDOR. EL EXHIBIDOR Y LA ADMINISTRACIÓN.
El exhibidor es el que ofrece la película a los espectadores y, por tanto, el que realiza el
acto de comunicación pública de la obra. Su actividad se centra en la contratación
temporal de películas para su exhibición en los locales habilitados al efecto.
Este sector, al igual que el resto que configuran la industria cinematográfica, está
sometido a controles por parte del Estado. Básicamente el exhibidor tiene dos
obligaciones importantes:
a) El control de taquilla. Es una medida por la cuál el exhibidor está obligado a
comunicar los datos de recaudación y espectadores de sus salas al ICAA, a
Hacienda, a las Entidades de Gestión de Derechos de Autor y al distribuidor.
Estos datos son útiles para todos los agentes puesto que: Hacienda sabe cuánto
a recaudado en concepto de IVA; las entidades de gestión saben cuál es la
remuneración que tienen que dar a los autores de las películas; al ICAA para
que, en caso de que el film sea español, poder calcular la ayuda a la
amortización correspondiente y, finalmente, el distribuidor sabe cuanto dinero
gana y cuanto tiene que liquidar al productor.
b) La cuota de pantalla. Es la obligación legal por la cual el exhibidor debe
programar el 25% de obras comunitarias del conjunto de obras exhibidas. Es
una medida para proteger el cine español y comunitario, aunque ha suscitado
numerosos desencuentros entre los cines y la Administración.
6.3 RELACIONES COMERCIALES DISTRIBUIDOR-EXHIBIDOR.
El distribuidor cede al exhibidor el derecho de comunicación pública de la película o
películas objeto de contrato. La película puede cederse a tanto alzado, cantidad fija
independientemente de la recaudación o, a porcentaje, un tanto por ciento de la
recaudación en función del número de entradas vendidas. Ésta última suele ser la
habitual en películas de estreno existiendo varias formulas:
a) Porcentaje fijo. Durante todo el período de exhibición de la película. Suele ser
del 60/40 o 50/50, siendo el porcentaje mayor para el distribuidor.
b) Porcentaje con escala. Se pactan un número mínimo de semanas de exhibición,
a partir de la última semana se varía el porcentaje aplicando una escala
correctora a favor del distribuidor. El tipo de porcentaje corrector dependerá
del resultado económico de la película en cartel.
6.4 EXHIBICIÓN ANALÓGICA VS. EXHIBICIÓN DIGITAL.
La exhibición digital ya prácticamente ha sustituido a la analógica en 35mm, puesto
que tiene una serie de ventajas que se enumeran a continuación:
• Se reducen los costes de duplicación de copias.
• La conservación de copias y almacenamiento es mucho más sencillo.
• La calidad del disco duro es mayor y aguanta pases ilimitados.
• La distribución vía satélite es más segura y rápida y permite estrenos mundiales
sin necesidad de copias intermedias.
• El disco duro previene la piratería, la película va encriptada en el disco y el cine
sólo tiene acceso a la película a través de unas claves que se desvelan cuando la
película es contratada y solo para ese período de alquiler.
• La exhibición digital tiene mayores posibilidades de negocio para el exhibidor,
pues puede ofrecer otros espectáculos además de la película como ópera,
conciertos, partidos de fútbol y acontecimientos.
6.4 AYUDAS ESTATALES A LA EXHIBICIÓN.
• Ayudas a la programación, y continuidad dentro de ella, de largometrajes y
cortometrajes comunitarios e iberoamericanos.
• Ayudas para la modernización tecnológica de las salas de exhibición, con
especial atención a la incorporación de sistemas de proyección digital.
• Ayudas para el acceso a copias de películas comunitarias e iberoamericanas de
salas radicadas en pequeños núcleos urbanos o rurales.
• Ayuda para adaptación de las salas a las condiciones de accesibilidad para
personas con discapacidad.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
TEMA 7.
FESTIVALES Y MERCADOS CINEMATOGRÁFICOS.
La película una vez terminada hay que moverla y conviene presentarla a algún festival
para que sirva de plataforma para su lanzamiento, beneficiándose de presencia en los
medios. Sin embargo, participar en un festival no asegura el éxito comercial, a no ser
que sea de reconocido prestigio como el Festival de Cannes, los Goya o los Óscar.
Sin embargo, los festivales son un arma de doble filo, puesto que si la película no gusta
recibirá críticas negativas que pueden lastrar su explotación.
En España comenzaron a celebrarse en los años 50 y, actualmente, el que más
prestigio tiene es el Donostia Zinemaldiak, aparte de ser el único nacional con
categoría A.
7.1 REGLAS DE LA FIAPF PARA LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES.
La Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Films es una federación
con sede en París que agrupa a las asociaciones de productores de varios países.
Establece los criterios para que un festival pueda optar a la categoría A, lo que significa
que dispondrá de un mercado paralelo de películas donde los compradores podrán
acudir para el visionado de los títulos y adquisición de los derechos de los films.
Al mismo tiempo, la FIAPF establece las directrices para la organización de festivales
competitivos, competitivos especializados y competitivos no especializados a las que
debe ajustarse el reglamento de cualquier festival. Para la organización de un festival
internacional competitivo no especializado, la FIAPF establece como criterios los
siguientes:
– Las películas presentadas en las sección oficial pueden hacerlo si han sido
realizadas según las reglas de la profesión de su país de producción y si van a
ser explotadas en salas.
– Las películas producidas para televisión debe programarlas en una sección
especial.
– El festival contratará una póliza de seguro de las películas.
– La duración máxima del festival será de 16 días.
– El festival se compromete a no presentar las películas antes de su proyección
oficial.
– Para permitir la promoción de las películas en televisión, el festival invitará a los
productores a dirigirles cuatro extractos de sus obras de un máximo cada uno
de tres minutos.
– Ningún film se podrá proyectar más de cuatro veces durante el festival.
– Un festival competitivo no especializado deberá comprender en el Comité de
Organización productores nacionales de películas de largometraje.
– No podrá presentar a concurso películas que hayan sido proyectadas en
competición en otros festivales.
– Deberá comunicar su programación completa ocho días antes de su
inauguración.
– Deberá presentar películas de al menos 10 países.
– Garantizar que los jurados estarán compuestos de un mínimo de 2/3 de
personalidades extranjeras.
– El festival deberá prever todos los premios en su reglamento.
– Y obtener el compromiso de los periodistas miembros del jurado de no enviar
ninguna crítica a los medios sobre las películas antes de la publicación del
palmarés.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
TEMA 8.
EL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES (ICAA).
Es un organismo autónomo creado en 1984 dependientes del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.
8.1 FUNCIONES.
1) Fomentar, promocionar y ordenar el cine y el audiovisual en producción,
distribución y exhibición.
2) Recuperar, restaurar, conservar, investigar y difundir el patrimonio
cinematográfico.
3) Contribuir a la formación de profesionales.
4) Relaciones con organismos internacionales.
8.2 ÓRGANOS RECTORES.
• Presidente. Es el Ministro de Cultura y le corresponde la alta dirección del
organismo y la aprobación de los planes generales de actuación del mismo.
• Director General. Es nombrado por Real Decreto en Consejo de Ministros y le
corresponde:
o La dirección del Instituto y del personal.
o La elaboración y ejecución de los planes generales de actuación.
o La representación del organismo.
o La elaboración de la memoria anual de actividades y la elevación al
Ministro del anteproyecto de Presupuesto del Instituto.
o La contratación y disposición de gastos.
o La concesión de las ayudas y subvenciones.
o Las actividades de cooperación en la formación de profesionales.
8.3 ESTRUCTURA ORGÁNICA.
Se compone de cuatro Subdirecciones con sus respectivas funciones y todas son
dependientes del Director General.
1) Secretaría General.
a. Gestión y administración de recursos humanos.
b. Administración financiera y presupuestaria.
c. Gestión de servicios generales y régimen interior.
d. Elaboración del anteproyecto de presupuestos.
e. El control y seguimiento de los convenios que suscriba el Instituto.
f. Asistencia jurídica.
g. Inspección y tramitación de expedientes sancionadores del Instituto.
h. El desempeño de las funciones no encomendadas a las demás
Subdirecciones Generales.
2) Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y
Audiovisual.
3) Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales.
4) Filmoteca Española.
a. Fomento de la producción, distribución y exhibición del cine español.
b. Calificación por edades de las obras audiovisuales.
c. Ordenación y seguimiento de la distribución de películas en cines.
d. Ordenación y seguimiento de la explotación.
e. Elaboración de censos y estadísticas sobre los sectores.
f. La recopilación, tratamiento y elaboración de documentación sobre la
actividad de los sectores cinematográfico y audiovisual.
a. La promoción y interior y exterior de la producción cinematográfica.
b. El apoyo a los certáMenes cinematográficos que se celebren en España.
c. La relación con organismos internacionales.
d. La representación del audiovisual español en los programas y
organismos europeos.
e. La promoción de convenios internacionales de coproducción.
f. La coordinación de estas funciones con las CCAA.
a. Recuperación, preservación, restauración, documentación y
catalogación del patrimonio cinematográfico.
b. Salvaguardia y custodia del archivo de películas.
c. Difusión mediante la organización de ciclos y sesiones del patrimonio
cinematográfico.
d. Realización y fomento de investigaciones y estudios.
e. Colaboración con las CCAA y las filmotecas integradas en la FIAF.
8.4 ÓRGANOS COLEGIADOS.
1. Comisión de calificación de películas. Emite informes sobre la calificación por
grupos de edad de las películas para su exhibición en salas.
2. Comité de ayudas a la producción cinematográfica. Emite informes sobre
ayudas para la producción sobre proyecto y al desarrollo e informa sobre la
aprobación de coproducciones entre empresas españolas y extranjeras.
3. Comité asesor de ayudas para la elaboración de guiones y al desarrollo de
proyectos.
4. Comité asesor de ayudas a proyectos culturales y de formación no reglada.
5. Comité asesor de ayudas para la producción de películas para televisión y
series de animación sobre proyecto.
6. Comité asesor de ayudas a la distribución.
7. Comité asesor de ayudas a la promoción, organización y participación en
festivales.
8. Comité asesor de ayudas para la realización de obras audiovisuales con
nuevas tecnologías.
EMPRESA CINEMATOGRÁFICA
TEMA 9.
EL CORTOMETRAJE.
9.1 CUOTA DE PANTALLA DEL CORTOMETRAJE.
En 1971 surge la cuota de pantalla u obligatoriedad de proyectar un cortometraje
español acompañando al largometraje en proporción 3 a 1. La cuota de pantalla estuvo
vigente hasta 1986 en que por imperativo comunitario desaparecíó esta obligatoriedad
para los exhibidores.
9.2 LA PROTECCIÓN DEL CORTOMETRAJE.
• Período 1971/1983. Se les otorgaba una ayuda automática por el mero hecho
de ser realizados, sin tener en cuenta su calidad, ni su presupuesto. La cuantía
económica de la ayuda era el resultado del prorrateo entre el número de obras
presentadas durante el año natural. También existía una ayuda
complementaria denominada “de especial calidad” que era otorgada a los
cortometrajes más relevantes.
• Período 1984/1990. Durante esta etapa, conocida como Período Miró, se
cambia la normativa por un procedimiento de puntuación en el que se tienen
en cuenta el coste de producción y su valor técnico-artístico. Se otorgaban las
subvenciones en función de un sistema de puntos.
• Período 1990/2009. El corto se visiona y se puntúa, la media se corresponde
con un porcentaje de una tabla que será el porcentaje de la inversión del
productor que recibirá en concepto de ayuda.
• Período 2009/Actual. También funciona por un sistema de puntos en el cuál se
tienen en cuenta:
§ La calidad y el valor artístico de la película.
§ La adecuación del coste a la película realizada, la inversión del
productor y si ha tenido ayuda sobre proyecto.
§ Que la película esté dirigida por una mujer que no haya dirigido
previamente un corto o un largo.
9.3 AYUDAS SOBRE PROYECTO AL CORTOMETRAJE.
Se inician en el año 1988, y mediante la aplicación de esta medida las productoras
podían recibir una ayuda sobre proyecto cuya cuantía no superase el 50% del coste de
producción. La ayuda sobre proyecto se complementaba con una segunda ayuda a
cortometraje realizado.
Actualmente, cómo cuantía máxima se puede obtener el 60% del coste de producción.
Entre las ayudas sobre proyecto y las ayudas a cortometraje realizado no pueden
superar el coste de producción.
Para poder optar a la ayuda sobre proyecto es necesario presentar un dossier con los
siguientes documentos:
a) Memoria de la empresa, firmada por el director y el guionista.
b) Contrato de cesión de derechos del guión.
c) Guión y sinopsis de la película.
d) Presupuesto en modelo oficial.
e) Plan de trabajo.
f) Ficha técnico-artística.
g) Plan de financiación razonado y documentado.
h) Historial profesional del director y guionista.
i) Declaración de que reúne los requisitos para la obtención de la nacionalidad
española.
j) Declaración de ser productora independiente.
La valoración del dossier será en función de los siguientes puntos:
1) La calidad y el valor artístico del guión: hasta 60 puntos.
2) La viabilidad del proyecto en función de sus carácterísticas: hasta 20 puntos.
3) El presupuesto del proyecto y su plan de financiación: hasta 20 puntos.
4) Que la película tenga como directora a una mujer que no haya dirigido antes
ningún otro corto o largo: 5 puntos.
9.4 COMPROMISOS DE LOS BENEFICIARIOS DE AYUDAS SOBRE PROYECTO.
• Iniciar el rodaje dentro del mes siguiente a la fecha de percepción de la
subvención.
• Comunicar al ICAA la fecha de inicio y fin del rodaje, con 15 días de antelación y
30 días después.
• Solicitar el certificado de película española y su calificación por edades dentro
de los cuatro meses a partir del inicio del rodaje.
• Acreditar el coste de la película y la inversión del productor.
• Entregar copia en la filmoteca española.
• Autorizar al ICAA para promocionar el cine español.
9.5 FINANCIACIÓN DEL CORTOMETRAJE.
• Ayudas sobre proyecto del ICAA.
• Ayudas sobre proyecto de las CCAA.
• Capital propio.
• Crowdfunding.
• Friends&Family.
• Ayudas a proyectos.
• Coproducción con otras productoras.
9.6 DISTRIBUCIÓN DEL CORTOMETRAJE.
La distribución del cortometraje básicamente se desarrolla en festivales como
Promofest, Notodofilmfest, etc.
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9.7 AMORTIZACIÓN DEL CORTOMETRAJE.
• Ayuda a corto realizado.
• Premios en festivales.
• Derechos de emisión.
• Exhibición en Internet.
• DVDs colectivos.
TEMA 10.
PIRATERÍA AUDIOVISUAL.
10.1 ORIGEN DE LA PIRATERÍA.
La piratería se define como un método de copiar y distribuir productos audiovisuales
sin el consentimiento de sus autores y propietarios, producíéndoles daños
patrimoniales.
En el año 1976, la empresa Sony inventa el magnetoscopio, un aparato capaz de grabar
y reproducir imagen y sonido. Disney y Universal demandan a Sony por el invento
debido a que veían dañados sus intereses porque el magnetoscopio permitía grabar las
películas emitidas en televisión.
El conocido como “pleito Betacam” acabó dando la razón a Sony. Sin embargo, se
establecíó un canon en la compra de magnetoscopios para compensar a los
productores de las películas.
En España el mercado videográfico no es establecíó hasta principios de los años 80. En
este período el parque de magnetoscopios era muy limitado y por eso las majors no
cedían sus títulos, puesto que se arriesgaban a que se los piratearan, a pesar de que su
calidad era pésima. Al final, cuando la mayoría de hogares ya tenían video se produjo
un éxodo de espectadores del cine.
Video comunitario.
Fue un fenómeno durante los años 80 cuando sólo existía la televisión pública.
Consistía en que a través de un vídeo doméstico se programaban y emitían películas a
todas las viviendas de una misma comunidad de vecinos, conectándolas todas ellas
mediante cables.
Era legal hacerlo puesto que la recepción de la película se hacía en un hogar privado.
Sin embargo, el formato de emisión no lo era.
10.2 MÉTODOS UTILIZADOS POR LOS PIRATAS.
• Grabación con videocámara en la misma sala de exhibición.
• Pirateando las señales de los satélites.
• Copiando películas con derechos non theatrical.
• A través de sobornos.
• Duplicando las copias de las filmotecas.
• En cualquier punto de la cadena de producción con la ayuda de montadores,
postproductores, etc.
10.3 MÉTODOS PARA COMBATIR LA PIRATERÍA.
• Numerar las copias de exhibición.
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• Controlar todo el proceso de producción.
• Impedir el acceso a las salas con aparatos de grabación.
• Ofrecer recompensas para quién delate a los piratas.
• Adherir un sello Polaroid.
• Numerar los videocasetes.
• Concienciar a la población.
10.4 LA PIRATERÍA EN Internet.
En Internet se piratean el 90% de los contenidos audiovisuales a pesar de existir desde
hace unos años plataformas digitales para consumir películas como Filmin o Filmotech.
Fórmulas para combatir la piratería en Internet.
En el año 2009 se aprobó la denominada Ley Sinde que consistía en la creación de una
comisión de propiedad intelectual en el ICAA que cerraba webs con contenidos piratas,
previa denuncia de los autores de las obras.
A pesar de la voluntariedad de dicha ley, en la práctica ha sido muy poco operativa ya
que sólo se han cerrado 5 webs desde entonces.
En el año 2014 se ha promulgado la nueva Ley de Propiedad Intelectual.
TEMA 11.
MECANISMOS DE FOMENTO DE LA CINEMATOGRAFÍA.
11.1 SECTOR PRODUCCIÓN.
a) Ayudas sobre proyecto para la realización de largometrajes.
b) Ayudas a la amortización de largometrajes.
c) Ayudas sobre proyecto para la realización de cortometrajes.
d) Ayudas a cortometraje realizado.
11.2 SECTOR DISTRIBUCIÓN.
a) Ayudas a la distribución de películas comunitarias.
11.3 SECTOR EXHIBICIÓN.
a) Ayudas para la proyección de películas comunitarias.
b) Ayudas para las salas de exhibición en zonas rurales o de baja rentabilidad.
11.4 CREACIÓN.
a) Ayudas a la creación de guiones de largometraje.
11.5 OTRAS AYUDAS.
a) Para la conservación de películas.
b) Ayudas a la organización de festivales en España y ayudas para la participación y
promoción de películas en festivales.
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