Portada » Formación y Orientación Laboral » Capacidad y Tipos de Contratos Laborales en España: Requisitos y Características
Se refiere a la aptitud legal para asumir las obligaciones de un contrato de trabajo.
Se refiere a la aptitud legal para contratar trabajadores. El empresario puede ser una persona física o jurídica (sociedad, fundación, asociación, etc.). En el caso de personas jurídicas, actúan a través de un representante legal (persona física) que formaliza el contrato.
Un contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o verbalmente. No obstante, si se opta por la forma verbal, cualquiera de las partes (trabajador o empresario) tiene derecho a exigir su formalización por escrito en cualquier momento, incluso si la relación laboral ya ha comenzado.
El Estatuto de los Trabajadores especifica que solo dos tipos de contrato pueden ser verbales:
Importante: Si un contrato que legalmente requiere forma escrita no cumple este requisito, se presumirá celebrado a jornada completa y por tiempo indefinido, a menos que se demuestre lo contrario.
Regulado en el artículo 14 del ET, el periodo de prueba es un lapso inicial del contrato destinado a que ambas partes evalúen la relación laboral: el empresario verifica la aptitud del trabajador y este último comprueba las condiciones del puesto.
Este contrato se utiliza para la realización de una obra o la prestación de un servicio específico, que tiene autonomía propia dentro de la actividad normal de la empresa. Su ejecución está limitada en el tiempo, aunque la duración exacta sea inicialmente incierta.
Su objetivo es responder a necesidades temporales del mercado, como acumulación de tareas o exceso de pedidos, incluso si estas tareas forman parte de la actividad habitual de la empresa. Los convenios colectivos pueden definir qué actividades específicas permiten este tipo de contratación.
Este contrato se utiliza en dos situaciones específicas:
Diseñado para que el trabajador adquiera experiencia profesional relacionada con el nivel de estudios que ha completado.
Su finalidad es combinar la actividad laboral retribuida con la formación teórica necesaria para obtener una cualificación profesional.
Se define como aquel en el que se acuerda la prestación de servicios durante un número de horas al día, semana, mes o año, que es inferior a la jornada de trabajo de un trabajador comparable a tiempo completo.