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El Texto Refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores de 1995 (LET) es el marco general que regula las relaciones laborales en España.De forma sucesiva van operando otros marcos como la legislación específica de contratación y el convenio colectivo. El contrato de trabajo no puede vulnerar ni contradecir ninguno de estos límites legales.
acuerdo entre una persona con capacidad legal para trabajar (trabajador)
, para realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena, bajo la organización y dirección de otra (empresario), a cambio de una remuneración. Se puede celebrar por escrito o verbalmente, salvo cuando la ley marque lo contrario.
Modalidades de contratos de trabajo:
Contratos indefinidos:
No se fija una duración predeterminada de tiempo.
con duración preestablecida o fecha de finalización condicionada a algún suceso.
la duración de la jornada laboral es inferior a lo habitual. Pueden ser indefinidos y temporales.
El Estatuto de los Trabajadores considera salario a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo. Establece como excepciones algunos tipos de indemnizaciones(traslados, despidos, Seguridad Social..),que se restarán de la cantidad percibida como salario.
se percibe por el hecho de trabajar, en función de la categoría profesional. No tiene en cuenta las circunstancias personales o resultados de la empresa.
están en función de la situación personal del trabajador o del rendimiento realizado: antigüedad, horas extra, primas, turnicidad, desplazamientos, dietas, etc.
Salario mínimo interprofesional. Establecido como mínimo por el Estatuto de los Trabajadores para un jornada laboral a tiempo completo.
El trabajador no recibe íntegramente su retribución:se le deduce su aportación a la Seguridad Social y la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
dinero que la Agencia Tributaria detrae del salario por medio de la empresa como anticipo de la cuota del impuesto que después habrá que pagar.
El empresario, tener contratado un trabajador no sólo le cuesta el salario bruto, también tiene que abonar una cuota mensual a la seguridad social.(El empresario ingresa en la Seguridad Social la cuota que le corresponde a él, más la cuota que le retiene al trabajador).
La nómina o recibo salarial es el documento que justifica el pago de las retribuciones al trabajador por parte del empresario.
Encabezamiento: Datos identificativos de la empresa y del trabajador.
Todas las retribuciones que percibe el trabajador = bruto percibido.
Deducciones (líquido= devengos – deducciones): Cantidades que se restan del total devengado para obtener el líquido total a percibir.
Identifican la parte del sueldo que generará cotizaciones a ingresar en la Seguridad Social y retenciones al IRPF.
1)Cubrimos cabecera 2)Sumamos devengos 3)Calculamos bases 4)Calculamos deducciones y líquido a cobrar.
La categoría o grupo profesional y los grupos de cotización están definidos en tablas oficiales. -Se asigna desde la primera vez que un trabajador se da de alta. El trabajador mantiene este número durante toda su vida. -Desde el 2002 no es obligatorio que la empresa lleve Libro de Matrícula. -Si el trabajador tiene retribución mensual y ha estado de alta todo el mes, se pone siempre el total de 30 días ( independientemente de los días que tenga ese mes). -Si su retribución es diaria y ha estado de alta todo el mes, se pone el número de días que realmente tiene ese mes, 28, 29, 30 o 31 -Si comenzó a trabajar después del día 1, se contarán los días exactos que estuvo incorporado ese mes.
Las percepciones salariales son la totalidad de retribuciones, en dinero o en especie, que el trabajador percibe como contraprestación a su prestación de servicios laborales. Retribuyen tanto el trabajo efectivo como los períodos de descanso computables como trabajo (días festivos, descanso semanal, vacaciones..). Como regla general las percepciones salariales cotizan a la Seguridad Social. – Las percepciones extrasalariales tienen como finalidad compensar los gastos ocasionados al trabajador como consecuencia del desarrollo de su trabajo. Las percepciones extrasalariales por regla general no cotizan. BASES DE COTIZACIÓN:–
BCCC= Percepciones Salariales, sin incluir las horas extraordinarias+excesos no salariales+Prorrateo de retribuciones de vencimiento superior al mes (pagas extras, de beneficios).
Prorrateo de retribuciones superior al mes=Importe anual estimado:12.
-BCCP y conceptos de recaudación conjunta=Percepciones Salariales, incluyendo horas extraordinarias+Excesos de percepciones no salariales+Prorrateo de retribuciones de vencimiento superior al mes (pagas extras, de beneficios.
-B.C. Horas extraordinarias=Retribución en concepto de Horas Extraordinarias.
situaciones derivadas de enfermedades comunes, maternidad y accidente no laboral. –
(Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales; AT y EP).
Se destina a cubrir este riesgo, que está gestionado por el INEM.
se destina a garantizar los salarios, indemnizaciones y salarios de tramitación que las empresas no abonen a sus trabajadores, con independencia de la propia responsabilidad empresarial.
están destinadas a fines de formación, reciclaje, etc. Profesional.
están sujetas a una cotización adicional, con el fin de incrementar los recursos de la Seguridad Social.
-Cuota Cotización por Contingencias Comunes=Tipo aplicable según tabla sobre Base de Cotización por Contingencias Comunes.
-Cuota Cotización por Desempleo=Tipo aplicable según tabla sobre Base de Cotización por Desempleo.
-Cuota Cotización por Formación Profesional=Tipo aplicable según tabla sobre Base de Cotización por Formación Profesional.
-Cuota Cotización por Horas Extraordinarias=Tipo aplicable según tabla sobre Base Cotización por Horas Extraordinarias.(El empresario tiene la obligación de practicar la retención de IRPF que corresponda según la situación económica y familiar del trabajador).
Nombre común que recibe el documento que firma el trabajador a la extinción de su contrato de trabajo.
El Salario de los últimos días trabajados del mes en el que cesa. -El pago de las vacaciones no disfrutadas (calculadas desde el 1 de Enero del año en curso hasta el cese a razón de 2,5 días por mes y descontando los días disfrutados). -Las pagas extraordinarias. Se calcula la parte proporcional desde el inicio del semestre hasta la fecha de cese. – Otros conceptos. Se incluirían posibles indemnizaciones (como puede ser el caso de algunos contratos de duración determinada) y otras pagas extraordinarias reguladas en el convenio aplicable.
salario; vacaciones; pagas extra; otros.
La firma del finiquito libera al empresario de futuras obligaciones. Por ello es muy importante que el trabajador esté conforme y bien informado de lo que firma. Para ello tiene derecho a requerir la presencia de un miembro del comité de empresa o delegado de personal. Sólo se debe firmar el finiquito si se está totalmente seguro y convencido de lo que se firma.
En la contabilidad diferenciaremos la retribución bruta, los pagos a la seguridad social y las retenciones del IRPF. Costes brutos y totales: El trabajador recibe sólo una parte del coste laboral total, y el empresario paga bastante más del sueldo bruto. (A la Seguridad Social la empresa le debe la cuota patronal +la cuota obrera).
La cuenta de resultados (pérdidas y ganancias) informa del resultado económico obtenido por la empresa. El resultado modifica el valor patrimonial de la empresa, aumentando encaso de beneficio y disminuyendo si existe pérdida. Es importante distinguirla del estado de flujos de efectivo (EFE), que recoge los movimientos y saldos de tesorería: las entradas y salidas de efectivo.
operaciones que incrementan el valor patrimonial de la empresa (ventas, subvenciones…).
operaciones que disminuyen el valor patrimonial de la empresa (salarios, teléfono…).
Entrada de flujo de dinero en la empresa.
Salida de flujo de dinero de la empresa. (Al producirse una venta se genera una factura que se refleja en la cuenta de resultados como un ingreso, con independencia de que se cobre al contado o quede pendiente de cobro. Cuando se produce una compra se computa en la cuenta de resultados como un gasto, independientemente del momento de pago). CLASES DE RESULTADOS:
Ingresos menos los gastos de la actividad principal de la empresa.
Ingresos y beneficios menos los gastos y pérdidas de carácter financiero. –
Suma del resultado de explotación y del financiero. -Beneficio neto: Procede de deducir del BAI el impuesto de sociedades. !ACTIVO: ACTIVO NO CORRIENTE: Inmovilizaciones intangibles/ Inmovilizaciones tangibles/ Inversiones financieras a largo plazo/ Inversiones inmobiliarias.
Activos no corrientes mantenidos para la venta/ Existencias/ Realizable/ Tesorería. NETO * PASIVO:
Resultado del ejercicio.
PASIVO CORRIENTE! CUENTA DE RESULTADOS ANALÍTICA: Para analizar el resultado de la empresa se suele utilizar un formato distinto al oficial:
ingresos por la actividad propia de la empresa, deducidos los descuentos y bonificaciones en factura y los impuestos de dichas ventas.
-Gastos proporcionales: directamente imputables a las ventas (materias primas, portes…). – Margen bruto = ventas netas- gastos proporcionales -Gastos de estructura: gastos fijos (alquileres, sueldos…)
Desgaste del inmovilizado. –
Pérdida de valor de los activos.
-Beneficio antes de intereses e impuestos o BAII o EBIT (earnings before interests and taxes): recoge el resultado de la empresa sin tener en cuenta la estructura financiera.
relacionados con la actividad financiera de la empresa.
Resultado teniendo en cuenta la estructura financiera.
importe que debe pagar en función del beneficio obtenido.
Resultado final de la empresa. EBITDA= Resultado operativo, es el Beneficio antes de intereses, impuestos y amortizaciones (earnings before interests, taxes, depreciation and amortization). Es frecuentemente utilizado, yaqué es muy útil para medir la capacidad de la empresa de generar fondos si no se tiene en cuenta la política de financiación, fiscalidad y las amortizaciones del inmovilizado.
-Los recursos propios principalmente proceden de las aportaciones sociales y de los beneficios no repartidos (reservas).
-El capital social (aportaciones socios)-La aplicación del resultado.
Propuesta de aplicación por los administradores -Resolución por la junta general -Acuerdo de pagos de dividendos a cuenta por administradores y junta general.
Obligatoria. Siempre que haya beneficio hay que dotarla con un 10% del beneficio hasta que alcance el 20% del capital social.
Existen otros tipos de reservas como las estatutarias, las de acciones propias aceptadas como garantía o las de capital amortizado, que también son obligatorias. Dividendos activos. Parte del beneficio abonado a los accionistas. Necesario cubrir primero las reservas de carácter obligatorio antes de proceder al reparto. –
Constituidas libremente por la empresa.
Un dato crucial para la empresa es conocer su rentabilidad, el grado de eficiencia con que utiliza sus recursos para generar ingresos. La rentabilidad muestra una relación entre beneficios obtenidos e inversión realizada.
La rentabilidad económica o Roí (return on investment)= BAII: Activo. Es deseable que sea lo mayor posible, y en concreto mide: -La eficacia del activo independientemente de cómo esté financiado. -La capacidad de la empresa para remunerar a los recursos financieros utilizados. La rentabilidad financiera o ROE (return on equity): Beneficio Neto : Neto Patrimonial. Es deseable que sea lo mayor posible, y en concreto mide: -El rendimiento obtenido por el capital invertido de los socios. Hay que tener en cuenta lo aportado por los socios. !Ventas netas -Gastos proporcionales (coste ventas) = Margen bruto – Gastos de estructura – Deterioros = BENEFICIO OPERATIVO (EBITDA), ANTES DE AMORTIZACIONES, INTERESES E IMPUESTOS – Amortizaciones = BENEFICIO ANTES DE INTERESES E IMPUESTOS (BAII, EBIT) +/- Ingresos y Gastos financieros = BENEFICIO ANTES DE IMPUESTOS (BAI) – Impuestos sobre beneficios = RESULTADO DEL EJERCICIO!