Portada » Otras materias » Apuntes intervencion con familias y atencion a menores en riesgo social
– participación en los programas de acogimiento familiar y adopciones,- diseño y evaluación de programas de reinserción social y otras que sean necesarias.- estas medidas se ejercerán a través de los equipos municipales de ss o del seafi. Además tb se especifica que toda autoridad o persona, y especialmente aquellas que por su profesión o función detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comuniquen a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de presentale el auxilio inmediato que precise. Otras entidades que intervienen son las entidades de integración familiar, realizando funciones de apoyo, guarda y mediación.-la estructura de todos estos servicios y entidades se organizan en primer lugar por la conselleria de bienestar social, ejerce competencias relativas a políticas para la elevación de la calidad de vida de todos los valencianos. – en segundo lugar esta la secretaria autonómica de prestaciones socio-sanitarias, coordinando las acciones de las distintas consellerias en esta materia y la prestación de los servicios necesarios.-la dirección general de servicios sociales es el centro directivo dependiente de la secretaria autonómica de prestaciones socio-sanitarias, al que corresponde la propuesta y ejecución de las políticas generales de servicios sociales, especialmente las destinadas a personas mayores y grupos en situación desfavorable, como los menores.- tb tenemos la dirección general de integración social de discapacitados, al que corresponde ejercer las funciones en materia de política integral de rehabilitación y tratamiento de las personas con discapacidad, así como enfermos crónicos, dentro de estos tb encontramos a menores.- a continuación encontramos la dirección general de la familia, menor y adopciones, que es el centro directivo al que corresponde elaborar, promover y ejecutar las medidas para asegurar una política integral en beneficio de la familia, el menor y adopciones.- y finalmente tenemos la dirección general de la mujer que es el centro directivo, al que corresponde elaborar, promover y ejecutar medidas para el fomento de la igualdad, el menor es un activo muy bueno en este caso mediante la educación.- territorialmente hay una dirección territorial de bienestar social en cada provincia ali, cast val. Estas dependen de los centros directivos antes mencionados. Al frente de estas direcciones territoriales esta el director territorial, con representación en la conselleria, es el jefe de todos los servicios.- todos los entes y todas las acciones están bajo los valores que deben sustentar la acción social pública, tal como marca la vigente ley autonómica de servicios sociales son: responsabilidad pública, solidaridad y participación, prevención, planificación y evaluación de resultados, igualdad y universalidad, globalidad e integración y descentralización, desconcentración y coordinación.- en definitiva tanto en toda España como en la cv todas las medidas están encaminadas a mejorar el bienestar del menor así como su protección, mediante actuaciones que sirvan para prevenir y reducir las situaciones de marginación y desprotección social del menor , a partir de la implicación corresponsable de la administración local, la sociedad civil y la propia sensibilización ciudadana.-Es imposible educar niños al por mayor; la escuela no puede ser el sustitutivo de la educación individual. Alexis Carrel El mejor servicio que podemos prestar a los afligidos no es quitarles la carga, sino infundirles la necesaria energía para sobrellevarla. (Phillips Brooks)
20. Marco jurídico y competencial del sistema de protección de menores en España. Especial referencia a la cv
Los menores de edad son portadores de derechos pero no son ciudadanos autónomos, están en un momento en el que es necesario protegerles y educarlos. Además por su incapacidad para defender y ejercitar sus derechos y por su debilidad ante cualquier abuso, se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad y por ello necesitan de toda la fuerza protectora de la legislación, de la administración y de la sociedad como garantes de su desarrollo personal.- por todo ello las sociedades modernas han establecido mecanismos de sustitución, con diversas extensiones, de la labor que genuinamente corresponde de forma genérica a sus progenitores.- la protección de menores integra un conjunto de actuaciones cuyo propósito es el de intervenir previniendo y corrigiendo las situaciones de desprotección social en que se puede encontrar un menor de edad, según las circunstancias y necesidades de cada caso. – jurídicamente en España esta protección viene determinada por el código civil art 172 y siguientes, fruto de la ley 21/87 en materia de adopción, ley 1/96 que reforma entre otras la materia de protección jurídica del menor y la ley 5/2000 de responsabilidad penal de los menores.- En la cv hay que destacar el decreto 93/2001 y su modificación 28/2009 por el que se adoptan las medidas de protección en la comunidad.-la competencia en materia de protección de menores es ejercida por los entes autonómicos, por lo tanto en el estatuto de autonomía se dicta la legislación y normativa sobre instituciones recursos y medidas de protección.-estas competencias de organización de las diferentes estructuras e instituciones de funcionamiento para la protección y defensa de los derechos de los menores, pero no de la legislación básica, competencia que se reserva al estado, es decir el gobierno decide cuales son los institutos jurídicos a aplicar, y las ccaa ordenan en su territorio los procedimientos, recursos y estructuras para hacerlos efectivos.- algunos autores han llegado a afirmar que un sistema social es plenamente democrático si es capaz de preocuparse de aquellos, si bien minoría, que constituyen grupos carenciados. En el caso de los menores, desprotegidos, además sin haber elegido ni optado por ello.-en la cv las competencias las tiene atribuidas la generalitat v y por el principio de desconcentración, las ejercerán las distintas direcciones territoriales competentes.- hoy en día en la cv hay que destacar el fenómeno del gran número de menores extranjeros, que están siendo objeto de atención por parte de los sistemas de protección. Esta situación ha supuesto tener que ir acomodando los recursos a este nuevo perfil, que requiere atención singularizada, por idioma, cultura, etc.- las entidades locales de la cv son competentes para ejercer las siguientes funciones:-prevención de situación de desprotección y desarraigo,- información, orientación y asesoramiento de los menores y familia,-apreciación, intervención y aplicación de las medidas,