Portada » Derecho » Análisis Jurídico-Penal de Delitos: Violencia de Género, Seguridad Vial y Otros
A) Un delito de ejercicio de violencia física de género del art. 153.1 CP (bofetón a su esposa) en el domicilio conyugal (en relación con el art. 153.3 CP).
B) Un delito de ejercicio de violencia en el ámbito familiar del art. 153.2 CP en relación con el art. 153.3 CP (patadas a su hijo en el domicilio conyugal).
C) Un delito de robo de uso de vehículos del art. 244.2 CP inicial que acaba transformándose en un delito de robo con violencia del art. 242 CP en relación con el art. 244.4 CP.
D) Un delito contra la seguridad vial tipificado en el art. 380.1 CP con resultado lesivo constitutivo de delito, aplicándosele por consiguiente la regla específica del art. 382 CP en relación con el anterior. (Infracción + grave penada en su mitad superior + resarcimiento de responsabilidad civil).
E) Un delito de quebrantamiento de condena previsto y penado en el art. 468.2 CP en relación con el art. 48.
F) Un delito de agresión sexual en grado de tentativa inacabada e idónea del art. 178 en relación al art. 16 CP (+ mixta de parentesco).
G) Un delito de desobediencia a los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones del art. 556 CP.
H) Otro delito contra la seguridad vial del art. 381 CP, conduciendo con “manifiesto desprecio por la vida de los demás” y realizando la conducta descrita en el art. 380 CP.
I) Un delito de atentado contra agente de la autoridad del art. 550.1 CP en concurso ideal con un delito leve de lesiones del art. 147.2 CP.
J) El hecho que constituye un posible delito contra la salud pública por tráfico de drogas descrito al final del supuesto es atípico, ya que la droga incautada era poseída con la finalidad de destinarla para el consumo.
Estos hechos son constitutivos de:
Son criminalmente responsables de los hechos descritos el/los acusados:
Concurren en el/los acusados, las siguientes circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal:
Procede imponer a cada uno de los acusados, de acuerdo con los artículos previamente citados, las siguientes penas y/o medidas de seguridad:
A ambos acusados, cuando proceda, se les impondrá también la obligación de reparar los daños y perjuicios causados mediante responsabilidad civil en base a los arts. 109 y ss. CP, así como al pago de las costas procesales generadas en los procesos penales conforme a los arts. 123 y ss. CP.