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Tema # 6. Obligaciones Profesionales del Comerciante. El Registro Mercantil.
El comerciante que inscribe su firma personal o aquellos grupos de personas que inscriben en la sociedad mercantil o tienen obligaciones que cumplir las cuales están señaladas en dos aspectos importantes que son:
Esas son las dos obligaciones principales que tiene el comerciante.
Cuando una persona natural o grupo de personas desean dedicarse a una explotación comercial o mercantil y no pretenden encontrarse al margen de la ley, estas personas pueden cumplir con esas dos obligaciones.
Llevar la contabilidad es la consecuencia del registro de comercio, ya que cuando el comerciante se inscribe en el registro de comercio, independientemente de que sea firma personal o sociedad mercantil, lo más importante es llevar la contabilidad.
El ordenamiento jurídico que regula para el registro de comercio es el Código de Comercio del año 1955 y en segundo lugar la Ley de Registro y Notariado del 22/12/2006 gaceta extraordinaria 5833 concretamente en sus articulo 50 y 68 que tienen que ver con el capitulo referente al registro mercantil.
Porque en cuanto al Código de comercio y porque la ley? El COCO porque dentro de el se ventilan y regulan las actuaciones y los actos que realmente deben inscribirse y consecuencialmente fijarse y publicarse que realiza el comerciante, y la Ley de registro y notariado que va suplir el silencio del COCO, porque completa el vacio o lagunas que señala el COCO, en cuanto a como se considera el comerciante individual y las facultades que tiene el registrador mercantil hoy en día en cuanto al principio de legalidad.
Principios que regulan el Registro en General previstos en los artículos del capitulo 1:
Son varios principios los que no solo van a regular a los actos que se registra en el registro de comercio, sino que regulan las actuaciones que realice el registrador mercantil.
societarias contempladas en el COCO, por tanto el registrador mercantil rechaza la institución de las mismas, porque el solo puede autorizar y permitir los actos autorizados en el COCO. Articulo 59 de la Ley de Registro y Notariado. ( En este caso el registrador cederá a lo que esta previsto por la ley, se le ha cuestionado este tipo de situaciones porque en el derecho mercantil mas que todo si nos regimos por el derecho positivo no podríamos crear el derecho mercantil porque la fuente principal de este es la costumbre y en ella la fuente directa del derecho mercantil, en un momento determinado dada la actividad tan intensa entre los comerciantes, pudiera surgir un acto o un documento que no este contemplado y el registrador mercantil lo rechace, y de hecho lo rechaza cuando no puede calificarlo de conformidad con la ley y cuando no hay calificación el registrador no autoriza su registro, Se basa en el principio de la legalidad.
El Registro Mercantil: Es una obligación profesional del comerciante, considerada como una institución de carácter público en la cual se asentaran todos los actos o documentos que estén previsto en la Ley. Y de allí es de donde emana el principio de la Legalidad. Su fundamentación esta en los artículos 17 hasta el 25 del COCO. El registro mercantil en Venezuela tiene una duplicidad normativa, por un lado esta fundamentado en el COCO en lo que se refiere a los actos susceptibles de inscripción o registro y la Ley de registro y notariado en lo que se refiere a las facultades, funcionamiento y principios en los cuales registro el Registro Mercantil. Aquí no hay registro central, solo el de la circunscripción.
El Registro de comercio esta dado para los comerciantes de Derecho, los que se inscriben en el registro mercantil a los efectos de que su conducta y todas las actuaciones que realiza el comerciante se registren allí.
El registro Mercantil data de la Edad Media. Aunque los comerciantes no se inscribían, pues aparecía una lista donde se les otorgaba una especie de Matricula y de allí varios países como Alemania (Lista), Italia (Registro), España(Matricula) y Francia, formaron una especie de matriculas para los comerciantes, es decir implementaron diferentes formas de inscribir o registrar el comerciante. Los principales modelos son los de los países mencionados anteriormente que adoptan una especie de inscripción del comerciante.
EL Registro de Comercio en Venezuela:29 de agosto de 1862 se instaura por primera ves el registro de comercio en Venezuela, de lo cual cabe destacar dos aspectos importantes: