Portada » Derecho » Fases Finales del Proceso Penal: Conclusiones, Informes y Sentencia
Son actos de postulación mediante los cuales las partes deducen definitivamente sus respectivas pretensiones sin que puedan modificar su contenido esencial. Una vez practicada la totalidad de la prueba en el juicio oral, y viendo el resultado, las partes pueden modificar las conclusiones de los escritos de calificación.
Practicadas las diligencias de la prueba, las partes podrán modificar las conclusiones de los escritos de calificación.
Podrán ser elevadas a definitivas o modificarse, siempre que no constituyan mutación esencial del objeto procesal, debiendo consistir en alteraciones en la petición de la pena o en el título de condena, pero nunca puede extenderse a nuevos hechos punibles, que no hayan sido objeto de calificación provisional y de actividad probatoria.
Formalizadas las conclusiones, el presidente concederá la palabra a las partes para que oralmente realicen sus informes.
La sentencia penal es el acto jurisdiccional que pone fin al proceso resolviendo definitivamente la cuestión criminal (art. 141 LECrim).
La expresión es indicativa de dos fundamentos del proceso penal:
Para determinar si el acusado es o no responsable penalmente, el juzgador debe realizar un doble juicio:
En esta primera fase del juicio penal, el órgano judicial se debe limitar a determinar si esos hechos se dieron o no en el pasado.
El resultado es la negación histórica del hecho acusado:
El resultado es el mismo que en el caso de la falta de pruebas: no se puede hacer juicio jurídico penal, (in dubio pro reo).