Portada » Derecho » Enjuiciamiento Rápido de Delitos: Procedimiento y Claves
Rapidez:
Aumento de competencias del secretario judicial (informaciones al detenido, a los ofendidos y al acusado en caso de conformidad).
Papel protagonista del Ministerio Fiscal (sobre todo en fase de instrucción y preparación del juicio oral).
Preocupación, con diversas medidas de protección procesal, por el ofendido y los perjudicados.
Gravedad de la pena: Hechos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de 5 años, multa o cualquier otra que no exceda de 10 años (ámbito del Juicio Penal).
Incoación del procedimiento por atestado policial: Más puesta a disposición judicial del detenido o citación para comparecer ante el Juzgado de Guardia como imputado.
Concurrencia de al menos una de las tres siguientes circunstancias:
Advertencia: No se aplicarán los juicios rápidos:
1º) Fase preprocesal: Actuación de la policía judicial.
Etapa fundamental cuya finalidad es favorecer el acopio de materiales en el atestado policial, adelantando así y en cierta medida la investigación. Principales actuaciones:
2º) Fase judicial: Diligencias urgentes en el juzgado de guardia
Advertencia: Si no formulara acusación, el juez emplazará a los ofendidos y requerirá al superior jerárquico para que presente escrito de acusación. Caso contrario se entiende que no pide la apertura del juicio oral y el juez, si no hay otro acusador, deberá dictar auto de sobreseimiento libre.
Advertencia: Para ello, se necesita el compromiso del acusado de satisfacer las responsabilidades civiles en un plazo prudencial fijado por el juez.