Portada » Diseño e Ingeniería » Modalidades de Despacho Aduanero y Aforo en Ecuador: Automático, Electrónico y Documental
Para el despacho de las mercancías que requieran Declaración Aduanera, se deberá utilizar cualquiera de las siguientes modalidades de aforo:
La selección de la modalidad de aforo se realizará de acuerdo al análisis de perfiles de riesgo implementado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).
Las mercancías perecederas, animales vivos u otras mercancías autorizadas por el SENAE, en virtud de su naturaleza, tendrán prioridad en su reconocimiento físico, de ser el caso.
Cuando las mercancías deban someterse a un control por otras autoridades que incluya el reconocimiento físico, las autoridades aduaneras procurarán que los controles se realicen de forma coordinada.
En cualquier etapa del proceso de control aduanero, el SENAE podrá realizar inspecciones de la mercancía a través de un sistema tecnológico de escaneo con rayos X o similares, inclusive indistintamente de la modalidad de despacho al que esta fuere sometida.
Para el acto de aforo dispuesto en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, se tendrán en cuenta las siguientes normas:
El resultado de las distintas etapas del aforo será registrado en el Sistema Informático del SENAE el mismo día en que se haya efectuado dicho acto. En caso de aforo físico, se deberán registrar imágenes de las mercancías aforadas.
Es la modalidad de despacho que se efectúa mediante la validación electrónica de la Declaración Aduanera a través del sistema informático, con la aplicación de perfiles de riesgo establecidos por el SENAE.
Quedan excluidas de esta modalidad las importaciones y exportaciones de mercancías que requieran documentos de control previo (siempre que no sean transmitidas vía electrónica), y aquellas cuya inspección sea requerida por otras entidades del Estado, según la normativa legal pertinente.
Consiste en la verificación de la Declaración Aduanera y/o de sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información registrada en el sistema informático del SENAE. El objetivo es determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y/o el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas.
Esta verificación se realiza únicamente con documentos electrónicos o digitales en el Sistema Informático del SENAE. Por lo tanto, se excluyen las importaciones/exportaciones que requieran documentos de control previo no transmitidos electrónicamente, y aquellas con inspección requerida por otras entidades estatales, según la normativa.
Consiste en la verificación de la Declaración Aduanera y de sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del SENAE. El objetivo es determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y/o el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas.