Portada » Derecho » Procedimientos Legislativos y Relaciones Jurídicas en la Unión Europea
A pesar de la existencia de procedimientos legislativos especiales, el Consejo sigue siendo un actor clave en la toma de decisiones. Sin embargo, el Tratado de Lisboa introdujo el Procedimiento Pasarela, diseñado para que las normas aprobadas por procedimientos especiales pasen a ser tramitadas por el procedimiento legislativo ordinario, fortaleciendo así el papel del Parlamento Europeo. Este mecanismo refleja una tendencia hacia el cambio de procedimientos.
Existen dos tipos principales de modificaciones o procedimientos pasarela:
Además, el Parlamento Europeo está asumiendo funciones que recuerdan a un régimen parlamentario, como la elección del presidente de la Comisión Europea. Entre estas funciones destacan la de avalar a la Comisión y ejercer un control parlamentario sobre ella, incluyendo la posibilidad de sustituirla mediante una moción de censura.
Las relaciones entre el ordenamiento jurídico de la Unión Europea (UE) y los de los Estados Miembros (EM) se basan en los siguientes principios:
Estos principios están reflejados en los tratados de la UE. El mecanismo de alerta temprana asegura el respeto al principio de subsidiariedad. La jurisprudencia europea, como la sentencia Costa Enel, define al ordenamiento jurídico europeo como autónomo, con sus propias fuentes y principios, de aplicación directa y primacía sobre el derecho de los EM. Los EM ceden competencias jurídicas a la UE, que establece acuerdos directamente con los ciudadanos, quienes pueden reclamar derechos ante tribunales nacionales e internacionales.
La UE se sitúa en un plano intermedio entre una organización internacional y un Estado. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que en materias cedidas, el derecho de la UE es de aplicación directa y desplaza al de los Estados, conocido como principio de aplicación directa y de primacía. Los tratados también prevén un mecanismo para que los EM abandonen la UE, reconociendo que se cede el ejercicio, no la titularidad, de las competencias.
El ordenamiento jurídico de la UE se ha formado a partir de la cesión de autoridad, es decir, competencias propias del Estado, por parte de los Estados Miembros. Los tratados constitutivos asignan competencias y diseñan un sistema institucional inspirado en la separación de poderes. El artículo 93 de la Constitución Española permite la transferencia del ejercicio de competencias a instituciones europeas mediante leyes orgánicas.
Las instituciones europeas solo pueden desarrollar las competencias necesarias para alcanzar los objetivos establecidos en los Tratados. Se regulan las competencias de cada institución y los mecanismos de control para asegurar el respeto al derecho y al Tratado, bajo los principios del Estado de Derecho.
El Parlamento Europeo, inicialmente un órgano consultivo, ha evolucionado hasta convertirse en un órgano colegislador. Tras las modificaciones del Tratado de Lisboa, las normas aprobadas por el procedimiento legislativo ordinario requieren el acuerdo entre el Consejo y el Parlamento.
El reglamento es una disposición jurídica de carácter general dictada por la Administración pública, subordinada a la ley. Una norma reglamentaria es de rango inferior a la ley y no puede derogarla, mientras que una norma con rango de ley tiene fuerza derogatoria sobre cualquier reglamento.