Portada » Historia » Derecho Agrario en México: Evolución Histórica y Marco Legal Vigente
El Derecho Agrario se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones y actividades propias de los sujetos agrarios, entre sí, con el Estado y con los particulares. Diversos autores han aportado sus propias definiciones:
Antes de 1992, la Ley Federal de la Reforma Agraria (L.F.R.A.) era el principal instrumento legal en materia agraria. Bajo esta ley:
La reforma de 1992 marcó un cambio significativo en el Derecho Agrario mexicano. Se promulgó la Ley Agraria (L.A.), la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios (L.O.T.A.), el Reglamento de la Procuraduría Agraria (R.P.A.) y el Reglamento del Registro Agrario Nacional y Propiedad de la Tierra (R.A.N.).
Después de la reforma de 1992, los Tribunales Unitarios Agrarios y el Tribunal Superior Agrario son los encargados de resolver los conflictos agrarios.
Se consideran sujetos agrarios imperfectos. No están contemplados explícitamente en la ley, pero participan en los juicios como capitalistas de las tierras.
Los particulares, en este contexto, son los pequeños propietarios. La extensión de tierra permitida varía según la calidad:
La Ley Agraria es sustantiva (de fondo) y adjetiva (procesal).
Beneficiarios: Guerreros activos, guerreros caídos, vencidos, sacerdotes/chamanes, rey y nobleza.
Conflictos: Acaparamiento de tierras.
Primera organización política agraria: Aztecas, Texcocanos y Tepanecas.
Primera revuelta: Rebelión contra la triple alianza.
Conquista: Hernán Cortés vence a la triple alianza con ayuda de otros pueblos. Los Reyes Católicos ordenan respetar los usos y costumbres, pero no se cumple. Se crean las Leyes de Indias para regular la propiedad.
Comparación del Artículo 27 Constitucional antes y después de 1992:
Antes (Ley de la Reforma Agraria) | Después (Ley Agraria) |
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No se enajenaba | Se puede enajenar |
Patrimonio familiar | Propiedad privada |
2 años sin uso y se quitaban | Tribunales agrarios |