Portada » Derecho » Capacidad Jurídica, Nombre, Nacionalidad, Domicilio y Patrimonio en Chile: Un Análisis Completo
La capacidad, en general, es la aptitud legal para ejercer derechos y contraer obligaciones, ya sea por sí mismo o a través de un representante. Se divide en capacidad de goce y capacidad de ejercicio.
La capacidad de goce es la aptitud legal para ser titular de derechos y obligaciones. La capacidad de ejercicio es la aptitud legal para ejercer esos derechos y obligaciones por sí mismo.
El Código Civil chileno, en su artículo 1446, señala que «toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces».
Podemos distinguir dos tipos de incapaces:
El nombre es el conjunto de palabras con las cuales podemos distinguir legalmente a una persona de otra.
El nombre de una persona natural se compone de dos partes:
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a un individuo con un Estado determinado, estableciendo derechos y obligaciones recíprocas.
Los principios de la nacionalidad son tres:
El Código Civil chileno, en su artículo 56, señala que «son chilenos los que la Constitución del Estado señala como tales. Los demás son extranjeros».
La nacionalidad se puede adquirir de dos maneras: por origen y por elección.
Existen diversos procedimientos para establecer la nacionalidad por origen, según las distintas legislaciones:
Son aquellas otorgadas de manera artificial, ya sea por gracia (mediante una ley que favorece a personas que han prestado servicios distinguidos a la patria) o por carta de nacionalización (un acto administrativo para personas que cumplen determinados requisitos legales, incluyendo la renuncia a su nacionalidad anterior).
De acuerdo con el artículo 59 del Código Civil chileno, «el domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella».
El domicilio puede ser de diversas clases:
El Código Civil chileno, en su artículo 304, define el estado civil como «la calidad de un individuo, en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones civiles».
El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas estimables en dinero, que conforman una universalidad jurídica.