Portada » Formación y Orientación Laboral » Salud Ocupacional: Guía Completa de Higiene, Seguridad y Ergonomía Laboral
Técnica no médica de prevención de las enfermedades profesionales que actúa sobre el ambiente y las condiciones de trabajo.
Para lograr estos objetivos se debe educar a los trabajadores, mantener constante estado de alerta y realizar investigaciones y estudios de nuevos procesos.
Conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleadas para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implementación de prácticas preventivas. Con el objetivo de la eliminación o disminución de los accidentes de trabajo.
Es el conjunto de conocimientos científicos aplicados para que el trabajo, los sistemas, productos y ambientes se adapten a las capacidades y limitaciones físicas y mentales de la persona. Con el propósito de adecuar las condiciones del trabajo a las personas, reduciendo los riesgos derivados de la actividad laboral.
Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
También son accidentes de trabajo:
Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Son las condiciones de calor y frío a las que están expuestos los trabajadores en el centro laboral. (Pueden provocar resfriados, deshidrataciones, golpe de calor).
El Ministerio del Trabajo y Previsión Social reglamenta la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Este decreto incorporó a los trabajadores como eje interno fundamental en la prevención y control de los accidentes y enfermedades profesionales en su propio lugar de trabajo.
De acuerdo a lo indicado por el Decreto 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, toda empresa con más de 100 trabajadores debe formar un Departamento de Prevención de Riesgos, dirigido por un experto en la materia, profesional o técnico.
De acuerdo a lo indicado por el Decreto 40 de 1969, toda empresa o entidad estará obligada a establecer y mantener al día un reglamento interno de seguridad e higiene en el trabajo, cuyo cumplimiento será obligatorio.
La obligación de los empleadores de informar de manera oportuna y conveniente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos a que están expuestos en sus labores, de las medidas preventivas y el procedimiento correcto de trabajo.