Portada » Otras materias » Medios de Comunicación, Poder y Libertad de Expresión en Argentina
Los medios de comunicación comerciales son grandes empresas que se rigen de acuerdo a una lógica económica. Es decir, que su objetivo es ante todo obtener ganancia.
Hablamos de concentración geográfica porque los medios se nuclean en lugares donde vive mayor cantidad de población.
Ética: Parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. Es el conjunto de normas morales que rigen la conducta humana.
Moral: Pertenece a las acciones del hombre desde el punto de vista de la bondad o malicia. No pertenece al campo de los sentidos, sino al de la conciencia.
Deontología: Es la ciencia que estudia los deberes del hombre relacionados con su profesión.
Para comprender el funcionamiento de los medios resulta de vital importancia conocer las leyes que regulan su funcionamiento en el país.
Desde la década del 70 las leyes de la mayoría de las naciones europeas reservan al estado el derecho de transmitir señales de radio y televisión. En los EEUU, en cambio, los medios siempre fueron de carácter privado.
En nuestro país regula la ley 22.285 de radiodifusión, sancionada en 1980 por la dictadura militar que gobernó entre el ’76 y ’83.
Esta ley nunca fue reformulada íntegramente por los gobiernos democráticos que se sucedieron desde entonces. En el año 2009, la presidente de la Nación presenta un proyecto de la ley denominada «ley de medios K».
La legislación internacional reconoce que todas las personas tienen derecho a expresarse sin ser censurados en forma explícita ni encubierta. El derecho se viola cuando se prohíben manifestaciones artísticas, se levantan programas, o se elaboran «listas negras», o cuando se profieren amenazas que impiden a los periodistas dar a conocer determinadas informaciones. Algunas de las estrategias que utiliza el gobierno para impedir la emisión de programas es:
Este derecho se refiere a recibir información y opiniones, gozar del derecho al conocimiento. También tenemos derecho a seleccionar los medios y los mensajes que nos llegan y a ser informados verazmente. Esto es conocido como derecho al pluralismo informativo, que garantiza una información sana y participativa.
Basado en el pacto de San José de Costa Rica (1969). El artículo XIV dice: «Toda persona afectada por información agraviante emitidas en su prejuicio a través de medios de difusión y que se dirijan a un público masivo, tiene derecho a efectuar por el mismo medio su rectificación o respuesta.
Es prohibir o restringir una publicación cuyo contenido sea considerado inapropiado para un sector social o público.
Censura Previa: Consiste en prohibir un programa, una emisión radial o publicación escrita antes de su contacto con el público.
Censura Fundamental: Es la que se produce en el momento de la emisión o publicación.
Censura Posterior: Se lleva a cabo cuando la emisión ya se produjo. Consiste en cobrar multas, quitar o reducir la propaganda oficial o bien en prohibir el uso de materia prima o satélites.
En la historia de nuestro país, uno de los derechos constitucionales que más comúnmente se ha violado es el derecho a la libertad de expresión. Esto sucedió en aquellos momentos en que se interrumpió la democracia.
Prensa Amarillista o Sensacionalista: Se propone impactar al receptor. Una noticia que es más atrayente cuando más sangre muestre, construye escándalos, utiliza un vocabulario vulgar, etc.
Prensa Tradicional: Se presenta a los receptores con una imagen objetiva, prioriza las noticias políticas, económicas e internacionales. Está dirigida a un público culto o entrenado.
El Nuevo Periodismo: Incorpora análisis y opinión sobre las noticias, incluye el humor y la ironía.