Portada » Economía » Las Promociones en el Punto de Venta
La promoción busca transmitir un mensaje al conjunto del público objetivo al que se dirige.
Se pretende que el público conozca el producto o servicio, sus características principales y las diferencias respecto a la competencia, así como las ventajas que se obtienen de su adquisición.
Se entiende que existe venta en rebajas cuando los artículos objeto de la misma se ofertan, en el mismo establecimiento en el que se ejerce habitualmente la actividad comercial, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.
No se puede considerar «venta en rebajas» la de aquellos productos que no hubiesen estado puestos a la venta a su precio normal antes del comienzo de las rebajas, así como la de los productos deteriorados.
La venta en rebajas puede tener lugar en periodos estacionales de mayor interés comercial (temporada de rebajas). Antes había un periodo de obligado cumplimiento, pero fue liberalizado en 2012.
En rebajas, el precio será más bajo de lo habitual, pero la garantía ofrecida al consumidor ha de ser exactamente la misma que si se hubiese adquirido al precio ordinario.
Se consideran ventas en promoción o en oferta aquellas no incluidas específicamente en otra de las modalidades descritas, que se realicen por precio inferior o en condiciones más favorables que las habituales, con el fin de potenciar la venta de ciertos productos o el desarrollo de uno o varios comercios o establecimientos.
Permiten adquirir determinados productos a precio reducido durante una temporalización concreta o con un comportamiento específico de compra.
Se considera venta de saldos la de productos cuyo valor de mercado aparece manifiestamente disminuido a causa del deterioro, desperfecto, desuso u obsolescencia de estos, sin que un producto tenga esta consideración por el solo hecho de ser un excedente de producción o de temporada.
Nunca puede implicar daño o engaño para el comprador.
Debe estar anunciado con la denominación «venta de saldos» o «venta de restos». Cuando se trate de artículos deteriorados o defectuosos, deberá constar tal circunstancia de manera precisa y ostensible.
Se entiende por venta en liquidación la venta de carácter excepcional y de finalidad extintiva de determinadas existencias de productos que, anunciada con esta denominación u otra equivalente, tiene lugar en ejecución de una decisión judicial o administrativa, o es llevada a cabo por el comerciante o por el adquirente por cualquier título del negocio de aquél en alguno de los casos siguientes:
– No podrán ser objeto de este tipo de actividad comercial aquellos productos que no formarán parte de las existencias del establecimiento, o aquellos que fueron adquiridos por el comerciante con objeto de incluirlos en la liquidación misma.
En todo caso deberá cesar la venta en liquidación si desaparece la causa que la motivó o si se liquidan efectivamente los productos objeto de la misma.
– Los anuncios de las ventas en liquidación deberán indicar la causa de ésta.
– La duración máxima de la venta en liquidación será de un año.- No procederá efectuar una nueva liquidación en el mismo establecimiento de productos similares a la anterior en el curso de los tres años siguientes, excepto cuando esta última tenga lugar en ejecución de decisión judicial o adm
– Son ventas con obsequio aquellas que con finalidad de promover las ventas ofertan, ya sea en forma automática, o bien, mediante la participación en un sorteo o concurso, un premio, cualquiera que sea la naturaleza de éste.
– Son ventas con prima aquellas que ofrezcan cualquier incentivo o ventaja vinculado a la adquisición de un bien o servicio.
Se utilizan concursos, sorteos, regalos, vales, premios o similares vinculados a la oferta o promoción de artículos. El incentivo puede consistir en un producto o servicio gratuito o a un precio muy reducido.
Queda prohibido ofrecer conjuntamente y como una unidad de contratación dos o más clases o unidades de artículos excepto en los casos siguientes:
• La comunicación comercial es cualquier tipo de comunicación efectuada por el comerciante para informar, persuadir o recordar a su público cualquier aspecto de su establecimiento comercial o de su producto.
• La comunicación comercial tiene dos objetivos:
Criterios que se deben atender a la hora de redactar un mensaje comercial:
Soportes de la comunicación comercial
Limitaciones en la comunicación comercial
Es cualquier forma de publicidad diseñada con la intención de influir sobre el consumidor en un establecimiento.
Engloba expositores, carteles, displays y otros elementos que sean portadores de un mensaje publicitario y estén colocados en un punto de venta.
Cuando el cliente se encuentra en el comercio, es el momento de que la información publicitaria lo estimule a incrementar su volumen de compras en la tienda.
Displays: son elementos de marketing cuya finalidad es impulsar la comunicación de determinados productos en el punto de venta. Los displays pueden clasificarse en estáticos o dinámicos.