Portada » Derecho » El Concepto de Persona y las Fuentes de las Obligaciones en el Derecho Romano
En el derecho romano, los derechos se dividían en dos categorías principales: derechos reales y derechos personales.
Los derechos reales son aquellos que una persona tiene sobre una cosa específica. Estos derechos implican un poder directo e inmediato sobre la cosa y son oponibles a todos (erga omnes), lo que significa que cualquier persona que interfiera con estos derechos puede ser demandada. Los principales tipos de derechos reales incluyen:
Los derechos reales pueden transferirse mediante traditio (entrega) o mancipatio (ceremonia formal).
Por otro lado, los derechos personales son aquellos que una persona tiene contra otra persona. Estos derechos recaen sobre un comportamiento o prestación (dar, hacer o no hacer) por parte de otra persona y son oponibles solo a esa persona específica (inter partes). Los principales tipos de derechos personales incluyen:
Generalmente, los derechos personales no son transferibles, aunque existen excepciones mediante cesión de créditos.
En resumen, los derechos reales se refieren a cosas y son oponibles a todos, mientras que los derechos personales se refieren a prestaciones y son oponibles solo a una persona específica. Además, los derechos reales pueden transferirse más fácilmente que los derechos personales.
Las fuentes de las obligaciones en el Derecho Romano se pueden clasificar en cuatro grandes categorías: delitos, cuasi-delitos, contratos y cuasi-contratos, además de la ley.
Los delitos en el Derecho Romano son acciones ilícitas y dolosas que lesionan valores o intereses protegidos por la sociedad o por individuos. Estos actos generan obligaciones porque el responsable debe reparar el daño causado. Ejemplos clásicos de delitos son el hurto (furtum), el daño (damnum iniuria datum) y el robo con violencia (rapina).
Los cuasi-delitos, conocidos en el Derecho Romano como «quasidelicta«, también son actos ilícitos, pero a diferencia de los delitos, no se cometen con intención dolosa, sino por negligencia o imprudencia. Estos actos causan daño y, por tanto, generan obligaciones de reparación. Ejemplos de cuasi-delitos incluyen el daño causado por cosas que se arrojan o caen desde un edificio (deiectum vel effusum) y la responsabilidad del juez por la mala administración de justicia (iudex qui litem suam facit).
Los contratos son acuerdos formales entre partes que crean obligaciones legales. En el Derecho Romano, los contratos podían ser verbales (stipulatio), escritos (instrumenta), reales (mutuo, comodato), o consensuales (compraventa, arrendamiento). Cada tipo de contrato establecía derechos y deberes específicos para las partes involucradas.
Los cuasi-contratos no surgen de un acuerdo formal entre las partes, pero generan obligaciones como si existiera un contrato. Son situaciones donde la ley imputa ciertas obligaciones debido a hechos voluntarios. Ejemplos de cuasi-contratos son la gestión de negocios ajenos (negotiorum gestio), donde alguien administra los bienes de otra persona sin su mandato, y el pago de lo indebido (solutio indebeti), donde alguien paga por error una deuda inexistente.
La ley en el Derecho Romano es una fuente directa de obligaciones. Normas jurídicas específicas podían establecer obligaciones para los ciudadanos. Ejemplos de obligaciones derivadas de la ley incluyen las obligaciones familiares (como la manutención de los hijos) y las obligaciones de propiedad (como las cargas reales).
Estas fuentes son fundamentales para entender cómo se generan las obligaciones en el Derecho Romano, y han influido significativamente en los sistemas jurídicos contemporáneos, estableciendo la base de la teoría general de las obligaciones.
En Roma se necesitaban tres requisitos para ser considerado persona:
Había tres estatus de personas:
Para ser persona era necesario que el hombre sea libre. Los latinos y dediticios tenían derechos limitados y no gozaban de todos los privilegios de los ciudadanos. El esclavo no era persona, ya que este era objeto de dominio y de contratación entre los libres.
Ser ciudadano de Roma era fundamental. Los que pertenecían a la clase u orden dominante eran los únicos ciudadanos de pleno derecho. Estos ciudadanos tenían derechos políticos (públicos) y derechos privados.
Para reunir el carácter de persona en Roma era necesario ser hombre libre, ser ciudadano romano y pertenecer a una familia; pero para que la capacidad jurídica sea completa se debe ser, además, sui iuris.
La capitis diminutio era la pérdida de uno o más de estos estatus, lo que afectaba la capacidad jurídica de la persona. Había tres formas principales:
En la actualidad, la consideración de una persona en el derecho es mucho más inclusiva y menos jerárquica. Los principios fundamentales de derechos humanos han transformado la concepción de la persona jurídica: