Portada » Derecho » Escritos de Calificación en el Proceso Penal: Tipos y Contenido
El escrito de calificación establece las bases del juicio plenario y se formula tras el auto de conclusión del sumario. El Ministerio Fiscal presenta el escrito en un plazo de 5 días, que debe incluir:
* Hechos punibles
* Calificación legal
* Participación de los encausados
* Circunstancias modificativas de responsabilidad
* Penas solicitadas
* Daños y perjuicios
El escrito de calificación se presenta en la fase intermedia, dentro del Juzgado instructor. Tras el auto de incoación de procedimiento abreviado, se ordena el traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas. El escrito debe incluir:
* Solicitud de apertura del juicio oral
* Identificación del acusado
* Calificación jurídica
* Participación del acusado
* Circunstancias modificativas de responsabilidad
* Penas solicitadas
El Ministerio Fiscal presenta el escrito de acusación o lo hace oralmente ante el juez de guardia. El juez resuelve de inmediato sobre la apertura del juicio oral.
El escrito solicitando la apertura del juicio oral debe contener lo tipificado en el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Las partes pueden proponer diligencias complementarias para su práctica en la audiencia preliminar.
El Ministerio Fiscal presenta el escrito de alegaciones que incluye:
* Descripción de los hechos
* Valoración jurídica
* Grado de participación del menor
* Circunstancias personales y sociales
* Medidas propuestas
* Exigencia de responsabilidad civil
* Propuesta de pruebas
Son medios de impugnación para que se realice un nuevo examen de cuestiones fácticas o jurídicas resueltas en una resolución no firme.
* Por el contenido del pronunciamiento:
* Procesales: No se pronuncian sobre la pretensión.
* Materiales: Estiman o desestiman la pretensión.
* Por el órgano competente:
* Devolutivos: Se llevan a un órgano igual o superior.
* No devolutivos: Se llevan al mismo órgano que dictó la resolución.
* Por el ámbito:
* Ordinarios: No tienen motivos que condicionen su admisión.
* Extraordinarios: Tienen motivos específicos y una lista cerrada.
En el proceso penal, el fallo condenatorio y la pena impuesta pueden ser sometidos a un tribunal superior. El derecho a recurrir es de naturaleza dispositiva.