Portada » Derecho » Los Incoterms y el Seguro en el Comercio Internacional
Aplicación para envíos que no tienen carácter comercial, pueden ser pequeños envíos dirigidos a particulares o que están contenidos en los equipajes personales de los viajeros. Se fija un único derecho al valor en conjunto, el cual se aplicará al único tipo arancelario del 10%. Este no corresponde al comercio internacional de compraventa de mercancías.
Siempre tiene que recurrirse a los Incoterms para descubrir quién es el responsable de la contratación o no de un seguro sobre las mercancías.
En la actualidad el contrato de seguro está regulado por la Ley 50/1980 de 8 de octubre en su texto consolidado con la última modificación del 15 de julio del 2015. El artículo 1 de dicha ley puede encontrarse la definición:
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar dentro de los límites pactados el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones.
La Directiva 92/96 del Consejo de la Unión Europea establece que una póliza contendrá como mínimo: nombre y apellidos, concepto, naturaleza, suma asegurada, importe de la prima, etc.
La seguridad en el transporte de mercancías es una prioridad en los intercambios internacionales, pero este tipo de pólizas no son obligatorias. Se clasifican en función de la cobertura.
De acuerdo con los Incoterms, en el momento de transmisión de riesgo, se deben indicar los elementos personales del contrato de seguro.
En los Incoterms en los que la contratación del seguro es obligatoria, como en el CIP y el CIF, la contratación de la póliza suele ser con coberturas básicas. Entre las de uso más común cabe destacar la ICC (Institute Cargo Clauses).