Las leyes tendrán su origen en la Cámara de Diputados
Por iniciativa de uno o más de sus miembros, del Poder Ejecutivo, en su caso
Del Poder Judicial, y por Iniciativa popular.
El Reglamento de la Cámara determinará los recaudos
Que deberán observarse en la presentación, estudio y consideración de los
Proyectos de ley.
La consideración sobre tablas de un proyecto de ley
Sólo tendrá lugar si así lo decidieren los dos tercios de los diputados
Presentes.
Para la sanción de un proyecto de ley se requiere el
Voto afirmativo de la mitad más uno de los miembros presentes, salvo que por
Esta Constitución se exija otra mayoría. Para la aprobación de las leyes
Especiales que autoricen gastos, será necesario el voto afirmativo de la
Mayoría absoluta de los miembros del cuerpo.
Ningún proyecto desechado totalmente por la Cámara
Podrá repetirse durante el año de su rechazo.
El Poder Ejecutivo podrá enviar a la Cámara proyectos
Con pedido de urgente tratamiento, los que deberán ser considerados dentro de
Los sesenta días corridos desde la recepción o de la fecha en que se reanuden
Las sesiones ordinarias o extraordinarias, en caso de receso.
La calificación de urgente tratamiento para un
Proyecto podrá ser hecha después de la remisión y en cualquier etapa de su
Trámite.
En estos casos, el plazo empieza a correr desde la
Fecha de recepción de la solicitud por el cuerpo. El procedimiento no será
Aplicable a los proyectos que se refieran a materia tributaria, electoral o del
Presupuesto general, a la reglamentación de derechos y garantías
Constitucionales y a reformas de la Constitución. No podrán tramitarse en la
Legislatura más de tres proyectos con dicha calificación, simultáneamente.
En todos los casos, los proyectos calificados de
Urgente tratamiento, transcurrido el plazo de sesenta días y cuando no hubieren
Sido expresamente desechados, se tendrán por aprobados y se promulgarán y
Publicarán según las formalidades previstas por esta Constitución.
Esta calificación y el trámite correspondiente se
Podrán dejar sin efecto si así lo resolviera la mitad más uno de los miembros
Presentes del cuerpo, en cuyo caso se aplicará al proyecto, y a partir de ese
Momento, el trámite ordinario.
En la sanción de las leyes se usará la siguiente
Fórmula: «LA Cámara DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON
FUERZA DE LEY».
¨Es elegido juntamente con el gobernador,
De la misma forma, con las mismas condiciones y por el mismo periodo, y lo
Reemplaza en caso de impedimento temporal o definitivo para ejercer la función.
¨Función: Corrientes y Formosa, le
Otorgan funciones dentro del Poder Legislativo, en Corrientes es presidente
Nato de la Cámara de Senadores y en Formosa de la Cámara Legislativa. En el
Caso de Chaco y Misiones, sus funciones se ejercen dentro de la estructura del
Poder Ejecutivo, como consejero o colaborador directo.
¨va, se convoca a elecciones para
Completar el mandato: Corrientes(año y medio), Formosa, Chaco (mas de un año) y
Misiones (mas de dos años), estas dos ultimas además prevén en caso de faltar
Menos tiempo para completar el mandato convocar a una sesíón especial o
Extraordinaria del PL para elegir al reemplazante del PE.
40 En caso de
Acefalía simultanea de gobernador y vice, como se elije reemplazante legal para
El poder ejecutivo en la provincia del Chaco?
¨Del gobernador
: lo reemplaza el vicegobernador ya sea
En caso de ausencia temporal o definitiva.
¨Del gobernador y vice
: en caso de ausencia temporal o
Definitiva, lo reemplazan las autoridades del PL y en el caso de Misiones
También el PJ. Si la ausencia es simultanea y definitiEs una figura que aparece después de la C.N. De
1853.
¨Función:
Despacho de los negocios administrativos de la Provincia.
¤Refrendan
Con su firma los actos del Gobernador sin cuyo requisito carecen de validez.
¤Resuelven
Por si solo lo referente al régimen interno de sus departamentos y dictan
Resoluciones de mero tramite.
¤Informes:
Ante la Cámara de Diputados y tomar parte en sus discusiones.
¤Memoria:
Al iniciar las sesiones ordinaria del Poder Legislativo.
¨Condiciones.
Incompatibilidades e inmunidades: rigen las mismas que para los Diputados.
¨Responsabilidad:
Solidaria con el Gobernador y personal de los actos que realiza por si.
¨Designación:
A cargo del Gobernador.
¨Remoción:
Por el Gobernador o por juicio político a cargo del Poder Legislativo.
¨Retribución:
Es fijada por ley, no puede ser alterada a menos que se establezca con carácter
General (Chaco)
43 Como se
Designan a los miembros del Superior Tribunal de Justicia en la provincia del
Chaco? Tener presente la ley actual aprobada recientemente.
§Sup.Trib. De Jus.: lo designa el PE a
Propuesta del Consejo de la Magistratura.
§Tribunales Inferiores: lo designa el STJ
A propuesta del Consejo de la Magistratura.
Sup.Trib.
De Jus.: lo designa el PE con acuerdo al Senado.
Tribunales
Inferiores: lo designa el PE a los propuestas en terna vinculante por el
Consejo de la Magistratura con acuerdo del Senado.
Sup.Trib.
De Jus.: lo designa el PL a propuesta del PE.
Tribunales
Inferiores: lo designa el PL a propuesta del Consejo de la Magistratura.
Sup.Trib.
De Jus.: lo designa el PE con acuerdo del PL (2/3 de votos en sesíón publica)
Tribunales
Inferiores: lo designa PE (propuesta vinculante de 3 a 5 miembros del Consejo
De la Magistratura) con acuerdo del PL