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1.- EL MALTRATO INFANTIL
1.1.- Las necesidades infantiles
Los niños han de tener cubiertas determinadas necesidades que garanticen su bienestar y desarrollo personal. Estas necesidades son:
– Necesidades biológicas: aquellas que garantizan el desarrollo físico a través de la alimentación, el sueño, la higiene, la actividad física y todo lo relativo a su salud.
– Necesidades cognitivas: aquellas condiciones que facilitan el conocimiento del entorno y los mecanismos de comunicación que se aprenden a través de la comprensión de la realidad física y social, la estimulación sensorial y la exploración del entorno inmediato.
– Necesidades emocionales y sociales: aquellos elementos que facilitan la elaboración de estrategias para expresar y comprender sentimientos, las conductas de relación e interacción con los demás y cualquier condición que facilite un desarrollo afectivo adecuado. Cuando estas necesidades no están satisfechas se pueden identificar situaciones de riesgo que pueden dar lugar a diferentes formas de maltrato.
1.2.- Concepto de maltrato
Los malos tratos a la infancia, son una constante histórica, que en mayor o menor medida se presenta en todos los tiempos. La violencia hacia los niños se ha manifestado de formas muy diferentes, siendo el maltrato físico, el infanticidio, solo una de ellas, puede que no la más frecuente, junto con el maltrato emocional, negligencia, abandono, explotación laboral, abuso sexual,…, reconocíéndose los derechos de los niños y desarrollándose leyes de infancia, fundamentalmente, durante este siglo. Definir los malos tratos a la Infancia parece sencillo, sin embargo, en la práctica resulta complejo. Existe un consenso referente a los grandes
Síndromes del Niño Maltratado y situaciones de alarma social, pero otras circunstancias no se presentan tan evidentes. Los propios profesionales tienen diferentes criterios, lo que se traduce en la existencia de múltiples definiciones. El concepto del maltrato infantil inicialmente se hizo en referencia al maltrato físico con un predominio de criterios médicos-clínicos y a la explotación laboral de los niños para ir evolucionando hacia la situación actual en que las definiciones se basan en las necesidades y derechos de los niños.
La Convencíón de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas de 1989 en su Artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: Toda violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente malos tratos o explotación, mientras que el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, de un tutor o de cualquiera otra persona que le tenga a su cargo.
La legislación española define el desamparo legal, Código Civil articulo 172, como:
Situación que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material. Supone referirnos al maltrato infantil como situaciones de desprotección, que incluyen todas las situaciones familiares y sociales donde la vida y los derechos del niño no son respetados.
A partir de estos conceptos se establecen los malos tratos a la infancia como:
Acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad. Esta definición incluye lo que se hace (acción), lo que se deja de hacer (omisión), o se realiza de forma inadecuada (negligencia), ocasionando al niño no solamente daño físico, psicológico – emocional y social, y cuyos autores pueden ser las personas (familiares o no) y las instituciones – administraciones (maltrato institucional).
1.3.- Tipos de maltrato
El maltrato, no es un hecho aislado, sino que es un proceso que viene determinado por la interacción de múltiples factores: sociales, familiares, personales,…, no siempre delimitados cuantitativa ni cualitativamente. Su clasificación sólo implica determinar el problema emergente o más relevante que afecta al niño pero no debemos olvidar la existencia de una multicausalidad (contextos maltratantes). El maltrato puede clasificarse desde diversos puntos de vista. Estas perspectivas son las siguientes:
– Según el momento en el que se produce el maltrato
· Prenatal, cuando el maltrato se produce antes del nacimiento del niño. Los malos tratos prenatales serían aquellas circunstancias de la vida de la madre, siempre que exista voluntariedad o negligencia, que influyan
negativa y patológicamente en el embarazo y tengan repercusiones en el feto.
· Postnatal cuando el maltrato se produce durante la vida extrauterina. Son las circunstancias durante la vida del niño que constituyan riesgo o perjuicio para el niño según la definición de maltrato infantil.
– Según los autores del maltrato
· Familiar, cuando los autores del maltrato son familiares del menor, principalmente familiares en primer grado (padres, biológicos o no, abuelos, hermanos, tíos, etc.)
· Extrafamiliar, los autores del maltrato no son familiares del menor, o el grado de parentesco es lejano (familiares en segundo grado) y no tienen relaciones familiares.
· Institucional, es el maltrato provocado por las instituciones públicas: sanitarias, educativas, sociales, etc.
· Social, cuando no hay un sujeto concreto responsable del maltrato, pero hay una serie de circunstancias externas en la vida de los progenitores y del menor que imposibilitan una atención o un cuidado adecuado del niño.
– Según las acciones concretas que constituyen el maltrato infligido.
· Maltrato físico: toda acción de carácter físico voluntariamente realizada que provoque o pueda provocar lesiones físicas en el menor.
· Negligencia: dejar o abstenerse de atender a las necesidades del niño y a los deberes de guarda y protección o cuidado inadecuado del niño.
· Maltrato emocional: toda acción, normalmente de carácter verbal, o toda actitud hacia un menor que provoquen, o puedan provocar en él, daños psicológicos.
· Abuso sexual: cualquier comportamiento en el que un menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual.
Maltrato Físico
El maltrato físico significó el primer momento en el reconocimiento del maltrato, siendo el maltrato físico por acción, el más fácil de detectar desde el punto de vista clínico y, por tanto, el que más se diagnostica, se define como cualquier intervención, no accidental, que provoque daño físico o enfermedad
en el niño o le coloquen en situación de grave riesgo de padecerlo. Las formas de presentación del maltrato físico pueden ser: lesiones cutáneas (escoriaciones, heridas, hematomas, quemaduras, mordeduras, alopecia), fracturas, zarandeado, asfixia, arrancamientos, intoxicaciones,…,
Negligencia
La negligencia como forma de maltrato infantil consiste en dejar o abstenerse de atender a las necesidades del niño y a los deberes de guarda y protección o cuidado inadecuado del niño. El máximo grado, es el abandono que tiene repercusiones psicológicas y somáticas carácterísticas e, incluso, se podría hablar de una situación sanitaria especifica, la deprivación emocional, de aquellos que son atendidos en
instituciones de protección a la infancia (inclusas, orfanatos, residencias infantiles,…). Los «Niños de la Calle» son aquellos que carecen de hogar y de familiares que les atiendan, viven solos o teniendo familia están de forma continua o transitoria en la calle, que por las obligaciones laborales de sus
padres permanecen solos la mayor parte del día disponiendo de llave para entrar en su domicilio pero sin que exista un adulto para su atención / cuidado. Son niños sin escolarizar, realizan actos delictivos, trabajos marginales, prostitución infantil, etc. La explotación laboral podríamos pensar que en las sociedades avanzadas no es un hecho frecuente. Pero la utilización de niños para obtener beneficio, que implique explotación económica, y el desempeño de cualquier trabajo que entorpezca su educación, o ser nocivo para su salud o su desarrollo no solo se da en países pobres o en vías de desarrollo, si no que, la mendicidad, el trabajo profesional en menores,…, también se presenta en nuestra sociedad. El niño que por exigencias académicas u obligación de asistir a clases extras sin contar con sus posibilidades, impidiendo que tenga tiempo de reposo y juego necesario con el deseo de una mayor formación en un ambiente progresivamente competitivo sufre abuso pedagógico. La consecuencia es un grave estrés escolar
Maltrato emocional – psicológico
Las dificultades diagnósticas en el maltrato emocional y en el abandono / negligencia son mayores que en otras formas de maltrato infantil como los abusos sexuales o el maltrato físico. El maltrato emocional es difícil de definir y detectar, debido a las dificultades que existen entre lo que podemos considerar maltrato y los conflictos y/o trastornos derivados del vínculo padre/hijo. Las perturbaciones de la conducta y del funcionamiento mental producto de las situaciones maltratantes no son específicas, pudiéndose dar en cualquier otro tipo de patología psíquica.
El maltrato emocional es inherente a todas las formas de maltrato infantil, siendo los principales efectos negativos del maltrato infantil de naturaleza psicológica. El maltrato emocional también es un elemento central en cualquier tipo de maltrato infantil. El maltrato físico, la negligencia–abandono y el abuso sexual implican la existencia de maltrato emocional. Al abordar el concepto de maltrato emocional en la infancia debemos considerar:
• No confundir las causas con los efectos en el maltrato emocional.
• No todas las alteraciones emocionales y/o conductuales de la infancia son causa / efecto de malos tratos.
• No confundir pobreza e incultura con malos tratos a la infancia.
• Los factores de riesgo son datos a confirmar en cada caso y en cada contexto.
• No confundir maltrato infantil con síntomas de otras alteraciones mentales de las figuras parentales.
La intencionalidad es otro elemento importante al considerar el maltrato emocional, siendo difícil de delimitar al pertenecer los hechos a la esfera psíquica, mientras que puede ser relativamente fácil en casos de abuso sexual y maltrato físico. Los casos en que la intencionalidad aparece de forma explícita son los menos, siendo las más comunes situaciones que entrañan confusión, ambigüedad y la creencia por parte de los adultos de que su conducta está justificada y ajustada a las conductas del niño.
El maltrato emocional serían aquellas:
· situaciones en las que el adulto responsable de la tutoría, priva provoca de manera crónica.
· sentimientos negativos para la autoestima del niño. Incluye menosprecio continuo, desvaloración.
-insultos verbales, intimidación y discriminación. También están incluidos amenazas, corrupción.
· interrupción o prohibición de las relaciones sociales de manera continua.
El maltrato emocional se producen en situaciones en que los adultos de los que depende el niño (padres, tutores, responsables de su educación, etc.) son incapaces de organizar y sostener un vínculo afectivo de carácter positivo que proporcione la estimulación, el bienestar y el apoyo necesario para su funcionamiento psíquico equilibrado, incluyendo toda acción, omisión o negligencia capaz de originar cuadros psicológicos – psiquiátricos, por afectar a las necesidades psicosociales del niño según los diferentes estados evolutivos
y sus carácterísticas.
El maltrato emocional ocurre en circunstancias en que los adultos significativos son incapaces de proporcionar el cariño, estimulación, apoyo y protección necesarios para el niño en sus diferentes estadios de desarrollo y
que inhiben su funcionamiento óptimo.
El maltrato emocional adquiere múltiples formas de presentación como la sobreprotección consistente en privar al niño del aprendizaje para establecer relaciones normales con su entorno (adultos, niños, juego, actividades escolares), el crecimiento del niño en un contexto maltratante, de violencia, las situaciones de separación y divorcio en que los niños son utilizados, etc.
Abuso sexual
El abuso sexual se define como la implicación de niños en actividades sexuales, para satisfacer las necesidades de un adulto, siendo formas de abuso sexual con contacto físico y sin contacto físico. Los tipos de abusos
sexuales a menores pueden ser:
– Conductas físicas con contacto físico
1. Violación: penetración en la vagina, ano o boca, con cualquier objeto (sin el consentimiento de la persona)
2. Penetración digital: inserción de un dedo en la vagina o en el ano 3. Penetración vaginal o anal con el pene 4. Penetración vaginal o anal con un objeto 5. Caricias: tocar o acariciar los genitales de otro; incluyendo el forzar a masturbar para cualquier contacto sexual, menos la penetración 6. Sodomía o conductas sexuales con personas del mismo sexo 7. Contacto genital oral 8. Involucrar al niño en contactos sexuales con animales
– Conductas físicas sin contacto físico
1. Propuestas verbales de actividad sexual explicita
2. Exhibicionismo: acto de mostrar los órganos sexuales de una manera inapropiada
3. Obligar a los niños a ver actividades sexuales de otras personas: padres u otras personas implican a niños en la observación de coito, ver pornografía
– Explotación sexual
1. Implicar a menores de edad en conductas o actividades relacionadas con la producción de pornografía
2. Promover la prostitución infantil
3. Turismo sexual
– Culturales
1. Ablación quirúrgica del clítoris
2. Casamiento de niños sin su consentimiento
– Omisión
1. Consentimiento pasivo
2. No atender a las necesidades del niño y a su protección en el área de la sexualidad
Esta clasificación puede cruzarse con el grado de relación entre el autor del abuso y la víctima. De esta forma se puede distinguir fácilmente entre los abusos intrafamiliares (calificados de incestuosos) y los extrafamiliares
(próximos a la víctima o desconocidos). El incesto es el contacto físico sexual o relación sexual por un pariente de consaguineidad lineal (padre/ madre, abuelo/a, hermano/a, tío/a, sobrino/a). Se incluye también el contacto sexual con figuras adultas que estén cubriendo de manera estable el papel de figuras parentales (padres adoptivos, padrastros, parejas estables,…)
la actualidad está emergiendo una serie de casos nuevos de abuso sexual, que se empezaron a detectar en países anglosajones, como casos de abuso en procedimientos de custodia y divorcio, de rituales satánicos, niños en acogimiento familiar o adopción, atendidos en instituciones y niños con
discapacidades.
Maltrato social
El maltrato social es el cúmulo de todas aquellas situaciones que suponen un perjuicio para el niño y su familia haciendo excesivamente difícil la atención y satisfacción de las necesidades personales y familiares.
Maltrato institucional
El maltrato Institucional se producen cuando los autores son las instituciones o la propia sociedad a través de legislaciones, programas,…, o la actuación de los profesionales al amparo de la institución. Se planteo que no solo las personas, familiares o no, podrían ser los agentes del maltrato sino también los profesionales, las instituciones y la sociedad podrían ser agentes etiológicos en este proceso con repercusiones en el niño.
– Por acción: cualquier legislación, programa, procedimiento, o actuación de los poderes públicos o derivada de la actuación individual profesional que comporte abuso, detrimento de la salud, seguridad, estado emocional, bienestar físico, correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño y/o de la infancia.
Formas: burocracia excesiva, realizar exploraciones médicas innecesarias o repetidas, no respetar los derechos del niño,…
– Por omisión: omisión o negligencia de los poderes públicos o derivada de la actuación individual profesional que comporte abuso, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la
correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño y/o de la infancia.
Formas: falta de agilidad en la toma de medidas de protección, en la coordinación, en los equipamientos,…
1.4.- Causas del maltrato
El maltrato es un fenómeno multicausal, resultado de una acumulación de factores de riesgo. Estos son aquellas situaciones que aumentan las posibilidades de los malos tratos y se pueden agrupar en diferentes tipos:
– Factores individuales de las familias: efectos heredados de historias de maltrato, abusos, falta de afecto y desestructuración familiar, hijos no deseados, conflictos conyugales, paternidad adolescente,desconocimiento de las necesidades infantiles, estilos de disciplina extremos, situaciones de ludopatía, alcoholismo, drogadicción, delincuencia o prostitución. Pocas habilidades para resolver conflictos, baja tolerancia al estrés o respuestas desproporcionadas. También se pueden dar trastornos de ansiedad, depresión, etc. Así como trastornos psicopatológicos (p.Ej. Esquizofrenia,…)
– Factores individuales del niño: discapacidad o defectos congénitos, prematuridad, problemas de salud, desarrollo o conducta (p.Ej. Hiperactividad, irritabilidad,…), incapacidad para cumplir las expectativas
parentales, etc.
– Factores socioculturales: pobreza, desempleo o inestabilidad laboral, falta de vivienda o infravivienda, aislamiento social o marginación. Actitudes negativas hacia la infancia y la mujer, aprobación social de la
violencia, etc. Los factores de protección son las condiciones que reducen las posibilidades de que se produzca el maltrato. Los factores individuales, tanto del niño como de la familia, pueden resumirse en la capacidad de resiliencia (superar circunstancias difíciles) y la de empoderamiento ( autoestima, seguridad en sí
mismo, asertividad,…):
– Factores individuales del niño: salud, temperamento, habilidades sociales, capacidad de resolución de problemas, buena integración escolar, tener amigos,…
– Factores individuales de la familia: buena historia evolutiva de los padres, pautas de crianza no autoritaria, personalidad equilibrada, expectativas reales hacia los hijos, relaciones de pareja no conflivtivas, nivel de ingreso, nivel educativo,…
– Factores contextuales: red de apoyo familiar, red de apoyo social (vecinos, amigos, escuela, …), accesibilidad a los recursos disponibles, educación igualitaria, disciplina adecuada, pautas de crianza,…
1.5.- Actuación ante el maltrato
Existe una serie de protocolos o procedimientos de actuación que es imprescindible conocer y aplicar cuando se den las circunstancias previstas. Estos protocolos se estructuran en fases (Detección – Notificación – Valoración y Diagnóstico – Actuaciones – Evaluación y Seguimiento),
2.- LA DETECCIÓN DEL MALTRATO
2.1.- La escuela infantil en la detección del maltrato ( ** Ficha anexa)
La escuela infantil es un lugar privilegiado para la detección del maltrato
infantil en base a la observación de indicadores físicos, comportamentales y
familiares.
– Indicadores físicos:
· acude al colegio sin desayunar
· pide comida a los compañeros
· lleva la misma ropa o es inadecuada
· presenta olores desagradables
· tiene heridas o señales de golpes o quemaduras
· desarrollo físico inadecuado
· acude enfermo a la escuela
· manifiesta tristeza
– Indicadores comportamentales:
· no quiere volver a casa
· actitud defensiva ante la proximidad física
· actitud demasiado vigilante
· poco expresivo y muy callado
· llora sin causa justificada
· poca empatía hacia los demás
– Indicadores familiares:
· quitan importancia a conductas preocupantes
· no comentan los problemas del niño
· son extremadamente protectores y no ponen límites al niño
· tienen una imagen negativa del niño
· son muy exigentes
· utilizan el castigo físico
· no manifiestan afecto hacia el niño
· se ausentan del hogar dejando al niño sin supervisión
· vivienda con poca seguridad e higiene
· no recogen al niño al salir de la escuela
En la valoración de cada caso hay que tener en cuenta la gravedad del daño físico o emocional ejercido contra el menor y el riesgo o probabilidad de que la situación vuelva a producirse. Un caso será grave si corre peligro la integridad física o psicológica del niño o adolescente y tendrá mayor riesgo si el responsable del maltrato tiene contacto habitual o acceso al menor, si la situación viene producíéndose desde hace tiempo y con frecuencia y además la familia no tiene recursos suficientes para proteger al menor. La notificación es
una obligación legal y profesional y una condición necesaria para posibilitar la intervención en casos de maltrato infantil.
Un procedimiento general de actuación en esta fase de identificación del maltrato:
• Comunicarlo al tutor, si lo ha detectado otro profesional.
• Observar sistemáticamente al alumno en diferentes espacios y momentos: recreo, clase, interacciones con otros adultos y niños y en los contactos con la familia.
• Obtener información a través de otros profesores o profesionales que conozcan al menor.
• Informar al equipo directivo del centro.
• Acordar, si es posible, algunas actuaciones conjuntas que puedan llevar a mejorar la situación del alumno. En ocasiones una orientación a la familia puede detener el problema.
• Si fuese necesario intervenir en el ámbito familiar, se notificará a los Servicios Sociales
• Si la situación detectada se valorara de alto riesgo para el menor, grave y urgente, se derivará inmediatamente a Servicios Sanitarios. Para la detección de estos indicadores, hay que servirse de la
observación y de los contactos informales y entrevistas mantenidas con la familia:
1-. La observación. Si bien los educadores, por su rol profesional, conocen suficientemente a los niños con los que trabajan, y pueden detectar situaciones de riesgo con la mera observación y su experiencia educativa, el contar con un instrumento que sistematice y categorice estas observaciones les ayudará en la tarea de detección, haciendo además que se sientan más seguros ante la decisión de intervenir con el caso o derivarlo a los servicios correspondientes.
2-. La información. Nos la pueden aportar otros profesores o profesionales que tengan o hayan tenido contacto con el niño o con el entorno familiar.
3-. Entrevistas a la familia. Para realizarlas debemos:
• Elegir la persona o personas más adecuada para esta situación. Procurando que sean 2 personas.
• Elegir un lugar privado y sin interferencias.
• Explicar el motivo del encuentro claramente, ser lo más directo, honesto y profesional posible.
• Explicar el trato confidencial y profesional de la información.
• Avisar de las actuaciones que se van a seguir.
2.2.- Problemas en la detección del maltrato
La detección de estas situaciones no suele ser fácil pues existen reticencias a considerar los indicios como tales. Por otro lado en casos más extremos donde el centro educativo no pueda atajar el problema tendrá que notificar y derivar el problema a instituciones más competentes. Ante la sospecha de un posible maltrato, la educadora ha de comunicarlo a la dirección de la escuela, que será la responsable y la encargada de la notificación.
La notificación es la comunicación de la situación observada a la institución pertinente. En el ámbito educativo la realiza la dirección del centro, aunque también puede realizarla la orientadora del EAT y se dirige a los
servicios sociales de la Comunidad Autónoma, en caso de Madrid, a los servicios sociales municipales que tienen delegadas las competencias.
Generalmente, los cauces que se siguen son la notificación a los servicios sociales de atención primaria. Si la situación resulta muy evidente/grave se puede avisar directamente a la policía o poner una denuncia en el juzgado. Por otro lado, cuando el niño tenga daños físicos, las educadoras lo trasladarán a un centro sanitario y, posteriormente, lo comunicarán a la familia.
3.2.- Procedimiento de notificación
La hoja de notificación de riesgo y maltrato infantil en el ámbito escolar está dividida en varios apartados, a saber:
– Parte inicial: si se trata de un caso evidente de maltrato o sólo se sospecha.
– Parte central: cuestionario de síntomas desglosados por tipologías. En cada tipo se ha de indicar la gravedad de la situación («L» si es leve o sólo existe sospecha, «M» si es moderado y «G» si es grave. Para cada uno de los indicadores se ha de señalar si se produce de modo ocasional o frecuente. Además, tiene un apartado de observaciones donde se pueden concretar síntomas que no aparecen en la hoja de notificación.
– Parte final: datos del niño o niña y de la persona que realiza la notificación.
Por otro lado, en el ámbito municipal de Coslada, en el que nos encontramos, existe una ficha de derivación de las Escuelas Infantiles a Servicios Sociales municipales, para derivar todos aquellos casos o situaciones de posible riesgo o maltrato. (Ficha adjunta en el drive de clase)
3.3.- Notificación a la familia
Cuando se notifica el maltrato, conviene informar a la familia de que se han activado los protocolos. Este momento es muy importante. La familia puede percibirlo como una amenaza o pensar que puede tener riesgo de perder la custodia del menor y la reacción puede ser de falta de colaboración e incluso de agresividad y venganza hacia el centro las propias educadoras.
Nuestro objetivo como profesionales será siempre el de buscar la ayuda necesaria para mejorar la situación y no se vuelva a producir siempre primando por el bienestar del menor. Sólo en situaciones de gravedad donde el menor pueda correr peligro ante esta situación es aconsejable no informar a la familia y informarnos de cómo abordar esta situación con profesionales que, en cierta medida, puedan mediar entre la escuela y la familia. Hay que tener en cuenta que no siempre son los padres los responsables del maltrato y que se pretende también el tratamiento y la rehabilitación de los agresores.