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Con relación a lo juvenil la interpretación y promoción de la participación y organización ha tenido múltiples abordajes que parten o por lo menos reflejan una forma distinta de asumir el ser joven. Una de las perspectivas ha considerado la juventud como un período preparatorio, los jóvenes así son considerados como adultos en formación en donde se prepara a personas en desarrollo para alcanzar apropiadamente el status adulto como su estado ideal y «terminado». Así desde esta perspectiva se evidencia un vació de contenido y de sentido de ser joven como tal, y en esa medida la participación y organización juvenil son un escenario de formación para que los jóvenes aprendan a vincularse satisfactoriamente al mundo adulto.
El reduccionismo del paradigma de etapa preparatoria surge como una postergación de los derechos de los niños y jóvenes, al considerarlos carentes de madurez social e inexpertos, como quien adolece de algo pero esta pronto a superarlo, de esta manera se les niega el ser sujetos sociales y todas las intervenciones que se realizan tienden a modelos educativos para lograr la tan necesaria formación y capacitación para que logren ser lo que aun no. Esta perspectiva en su extremo vacía la participación y organización juvenil de un significado y un propósito en si mismo, aunque sin embargo en la mayoría de planes, programas y proyectos institucionales al respecto esta es uno de los propósitos claves y es valido en la perspectiva de construir ciudadanía.
Sin embargo esta perspectiva para interpretar la juventud favorece la visión del periodo como una edad difícil, problemática que es leída a partir de su visibilización como drogadictos, embarazados, desertores del sistema escolar y en este sentido todo tipo de intervención se centra en la prevención y atención de estos «peligrosos» problemas que viven los jóvenes.
Por otro lado los jóvenes vienen siendo vistos como actores protagónicos para el desarrollo considerando su gran representatividad demográfica, por ejemplo el Banco Mundial (1996) reconoce la importancia de incrementar la inversión en el capital humano de las personas jóvenes para contribuir a la emergencia de destrezas y capacidades que les permitan actuar de formas nuevas para fortalecer el capital social, lo cual a su vez evidencia la participación y organización juvenil como una estrategia para la construcción de capital humano “a futuro”.
Sin que las demás formas de interpretar la juventud desaparezcan, en la segunda mitad de este siglo se crean las condiciones para establecer, de modo claro y explícito, que los niños y adolescentes tienen derecho a la ciudadanía, lo cual se concreta en la Convencíón de los Derechos del Niño y luego en los códigos o leyes de niñez y juventud que cada país ha venido adoptando. Dentro de esta perspectiva el concepto de ciudadanía se ha venido modificando y tomando matices muy diversos, ya no se trata sólo de la ciudadanía formal de ejercer el derecho al voto a partir de los 18 años sino que se da importancia las prácticas sociales entre el Estado y los actores sociales que dan significado a la ciudadanía.
Desde esta perspectiva hablar de ciudadanía en la juventud es hablar de múltiples ciudadanías que han venido emergiendo de maneras que desde la informalidad se constituyen en aportes sociales fundamentales. Es decir, los jóvenes han venido ejerciendo su ciudadanía quizás no a través del voto, quizás no en la conformación de partidos políticos tradicionales, es decir han diseñado diversas formas de ejercer la ciudadanía desde sus culturas, su arte.. Etc, pero no por esto de una forma desvinculada de su contexto, aunque esto no sea muy visible de esta manera. Esto sugiere entonces que los y las jóvenes ejercen su ciudadanía en otros escenarios y otras maneras no formales, por que quizás las institucionalizadas coartan su forma de ser y habitar el mundo.
Es claro pues que para el caso de la participación juvenil, es necesario en principio que a los jóvenes les sea reconocida su condición de ciudadanos con todo lo que ese escenario implica, en este sentido, Abad sostiene que la “visualización, reconocimiento y legitimación en la escena pública, demanda formas de participación ligadas al ejercicio de una ciudadanía específicamente juvenil, en la cual los jóvenes se empiezan a reconocer, y a la vez inciden para ser reconocidos por la sociedad, con unos derechos e intereses distintos a los de los niños, los adolescentes y los adultos” y por tanto es evidente que pensar, legislar y promover la participación y organización juvenil requiere de un matiz distinto al de la participación y la organización social en general, pero no desligada de estas y mucho menos como una etapa transitoria para convertirse o acceder a ellas.
La participación juvenil no sólo requiere ser entendida desde su relación de empoderamiento respecto del sector adulto, sino que deben reconocerse las formas propias de empoderamiento que construyen y las transformaciones que se han dado en la expresión de los contenidos de la participación juvenil que se basan las identidades, orientaciones y modos de actuar juveniles, los cuales son un énfasis en la relevancia de ciertas carácterísticas, pero que no son necesariamente contrarias o absolutamente distanciadas de los objetivos y las motivos de la participación en general.