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Tres
áreas para investigar, y tres líneas o escuelas de investigación:
1-
La escuela que se conoce como “filosofía
Del derecho” que se ocupa principalmente de este grupo de problemas, es
Conocida como “analítica”,
Porque trata de analizar y definir conceptos del tipo de los mencionados.
Fundada por Austin y Kelsen es parte de ella. Tomada en conjunto, lleva el
Sello de un formalismo
Metódico. El derecho es considerado como un sistema de normas
Positivas, es decir, vigentes. La ciencia del derecho solo busca establecer la
Existencia de estas normas, sin atender a valores éticos o a consideraciones
Política.
2-
. Se
Ocupa del principio racional que da al derecho su validez o fuerza obligatoria
Específicas y que constituye el criterio para la rectitud o corrección de una
Norma jurídica. Se considera que la justicia es la idea del derecho. Surgen
Cuestiones fundamentales acerca del contenido y tema del principio de justicia.
A esta rama se la conoce como jusfilosofía
Axiológica o filosofía
Del derecho natural. Esta ligada al enfoque religioso o
Metafísico- religioso.
3-
Esta esfera de investigación
Incluye cuestiones relativas al origen histórico y al desarrollo del derecho,
Relacionando todo con las problemáticas y sucesos sociales.
No
Es posible formar una opinión fundada acerca de las diversas ramificaciones del
Estudio del derecho en su integridad mientras no se haya decidido cuál es la
Naturaleza de los fenómenos jurídicos. Por la otra, el problema del concepto o
Naturaleza del derecho es indudablemente uno de los problemas principales de la
Filosofía del derecho.
La
Cuestión de la naturaleza del derecho constituye uno de los permanentes
Problemas principales de cualquier filosofía del derecho.
Digresión
Lingüística. El significado de una palabra puede ser de dos tipos: expresivo o
Sintomático y representativo o semántico.
Toda
Expresión lingüística tiene un significado expresivo, es la expresión o el
Síntoma de algo. La expresión se refiere a aquella experiencia que la ha
Suscitado. Ciertas expresiones lingüísticas tienen además un significado
Representativo, la expresión indica, simboliza o representa un estado de cosas.
Esta relación no es causal, sino lógica.
Entonces
Puede haber tres tipos de expresiones lingüísticas:
1-
expresiones con significado representativo. Ej:
“mi tío ha muerto” .Su significado expresivo será formalmente una necesidad de
Comunicar el hecho a otra persona. Su significado representativo es una aserción,
De que ése es el estado de la cosa. Su verdad o falsedad puede ser verificada.
2-
Expresiones sin significado
Representativo y con las que no se pretende ejercer influencia. Ej: Ej: Grito
¡hay. No simbolizan nada
3-
Expresiones sin significado representativo pero que son
Usadas con el propósito de ejercer influencia
¿
A cual de estas categorías pertenecen las oraciones que se encuentran en las
Reglas jurídicas
? Las reglas jurídicas, según su contenido lógico, son
Directivas, cuando contienen expresiones que son usadas comúnmente en estas
últimas. Por ejemplo las normas penales. La regla jurídica no es verdadera ni
Falsa, es una directiva.
El
Estudio del derecho explica porqué la naturaleza del derecho es el problema
Principal de la filosofía del derecho. Desprovisto de su formulación
Metafísica, el problema de la naturaleza del derecho es el de cómo
Interpretar el concepto “derecho vigente” en tanto que parte constitutiva
Esencial de todas las proposiciones de la ciencia del derecho.
El
Derecho también puede ser considerado como algo consistente parcialmente en
Fenómenos jurídicos y parcialmente en normas jurídicas, en correlación mutua.
: conjunto abstracto de ideas
Normativas que sirven como un esquema de interpretación para los fenómenos del
Derecho en acción, lo que a su vez significa que estas normas son efectivamente
Obedecidas y que lo son porque ellas son vividas como socialmente obligatorias.
La
Rama que se ocupa del derecho en acción es denominada sociología jurídica,
Mientras que aquella que se ocupa de las normas jurídicas es denominada ciencia
Del derecho.
El
Derecho en acción y las normas jurídicas son aspectos diferentes de una misma
Realidad, dos puntos de vista, cada uno de los cuales presupone al otro.
La ciencia del derecho dirige su atención al contenido
Abstracto de las directivas. Dicho estudio apunta a: a) descubrir el contenido
Ideal que funciona como esquema de interpretación para el derecho en acción y
B) exponer esta ideología como un sistema integrado.
La sociología jurídica atiende al derecho en acción, a la
Conducta jurídica y a las ideas jurídicas que operan en esta conducta. No puede
Ser separada de la ciencia del derecho. Trata de descubrir correlaciones
Invariables en el derecho en acción, enfocando el problema desde el punto de
Vista de la psicología, de la historia y de la sociología general.
A-
La dogmática jurídica o ciencia del derecho en sentido estricto tiene por
Objeto un orden jurídico determinado en una sociedad determinada.
B-
La historia del derecho describe un derecho que tuvo vigencia en el pasado y se
Ocupa de su desarrollo histórico.
C-
El derecho comparado. No se limita a exponer el derecho vigente en diferentes
Países. Puede tener carácter contemporáneo o carácter histórico.
1-
La parte general se ocupa de las carácterísticas generales del derecho en
Acción, de su estructura y su dinámica, sin referirse a ninguna rama particular
Del derecho
2-
Las diversas ramas especializadas corresponden a las esferas especiales del
Derecho. Criminología, ciencia política, relaciones internacionales.
B-
La sociología jurídica aplicada, como las ciencias naturales aplicadas, tiene
Un campo de estudio que es determinado y estructurado según los problemas
Prácticos.
La
Filosofía no es teoría sino método. Este método es el análisis lógico. La
Filosofía es la lógica de la ciencia, y su objeto, el lenguaje científico.
la filosofía del derecho dirige su atención hacia el
Aparato lógico de la ciencia del derecho, en particular hacia el aparato de
Conceptos, con miras a hacerlo objeto de un análisis lógico más detallado que
El que efectúan los diversos estudios jurídicos especializados. El objeto de la
Filosofía del derecho no es derecho, ni parte o aspecto alguno de este, sino la
Ciencia del derecho.
: Todas las proposiciones acerca del derecho se
Refieren, en último análisis, a una realidad social. El fundamento de la
Filosofía del derecho tiene que ser una perspectiva sociológica.