Portada » Economía » Cooperación económica
1.La integración económica es un proceso del cual los países participantes convienen eliminar los derechos arancelarios y las restricciones de todo orden a las importaciones de productos originarios de sus respetivos territorios.
2.Puede definirse como la ampliación del espacio económico entre países que tengan mercados separados, para constituir un solo mercado de dimensiones mayores.
Clásica de la integración: Se basa en la intensidad de los compromisos que asumen los países participantes en el proceso.
Preferencia aduanera: Se considera como una forma de cooperación económica caracterizada por rebajas arancelarias no extensivas a países ajenos a esta modalidad de relación comercial.
Zona o Área de libre comercio:
Consiste en que los países participantes acuerdan eliminar gradual o inmediatamente los derechos arancelarios y restricciones al comercio.
Uníón aduanera: Crear condiciones de igualdad ante la competencia y no permitir la distorsión del comercio entre los países.
Mercado Común: Consiste en que además se permite el libre movimientos de los factores de la producción entre los países miembros.
Integración Económica Global: Exige la unificación de las políticas económicas y la creación de órganos comunitarios supranacionales, cuya decisiones deben acatar y cumplir los países miembros.
Integración natural: Formación de bloques regionales con una plática comercial exterior abierta, que ha sido denominado como regionalismo aborto.
Integración estratégica: Agrupación regionales con fines discriminatorios en perjuicio de los países no a participantes.
Creación de comercio: Se refiere al comercio que se genera entre los países miembros de un convenio de integración económica, a causa de la eliminación de las barreras al intercambio reciproco.
Desviación de comercio: Consiste en un cambio del origen de las importaciones de un país como consecuencia de las modificaciones a las políticas comerciales que impone la integración.
La economía de escala: resultado del aprovechamiento de la aplicación del mercado, que permite reducir costos unitarios en beneficio de la competitividad internacional.
Trato nacional: Esto significa que un país miembro no aplicara medidas discriminatoria o trato menos favorita le a otro país miembros.
Trato de la nacíón más favorecida: La ventaja, favores, franquicias y privilegios que un país miembro otorga a un producto originario de cualquier otro país, debe ser inmediata e incondicionalmente extendidos los demás contratantes.
Órganos institucionales: Establecen las directrices del proceso de integración respectivo y vigilan el desarrollo y cumplimiento del convenio.
Programas de liberación comercial: Esta tiene por objeto exterminar los plazos y modalidades correspondientes a la eliminación de los graváMenes y restricciones al comercio entre las partes que participan en el proceso de integración.
Normas de origen: Tiene como objetivo principal, el conjunto de requisitos básicos que deben cumplir los productos objetos del programa de liberación para que puedan beneficiarse de la eliminación de graváMenes y la supresión de las restricciones al comercio.
Bienes íntegramente producidos: Son aquellos obtenidos en los territorios de los países miembros sin la participación de materias primas, partes o componentes importados de terceros países.
Criterio en porcentaje: Es una relación entre el valor CIF de los materiales e insumos importados y el valor FOB del producto terminado.
Criterios de elaboración: Es cuando en la fabricación de un bien se empleen materiales regionales e importados de países terceros.
Criterios de origen acumulativo: Consiste en que se considera originarios los bienes producidos en los territorios de los países miembros como un todo, cuando esto se incorporen en un proceso de fabricación realizado en cualquiera de dichos territorios.
Normas técnicas: son las reglamentaciones que determinan las especificaciones de un producto en lo referente a dimensiones, materias primas, etc.
La medida fito- y el zoosanitarias: Están destinadas a proteger la vida o salud humana contra el riego originado en enfermedades y plagas de animales.
Las medidas de salvaguarda: Son las acciones temporales y no discriminatorias para frenar las importaciones originarias de los países miembro, en defensa de la producción nacional.
Las compra oficiales: Se refiere a la oportunidad de todos los países miembros de participar en las licitaciones o concursos que establezcan las entidades gubernamentales para la adquisición de bienes y servicios.
La solución de controversias determina las diferentes instancias de arreglo entre las dos partes has ya llegar a los órganos jurisdiccionales creados por el convenio al convocatoria de tribunal de arbitramento, cuyos fallos son de obligatorio cumplimiento.
La creación de comercio: se refiere al comercio que se genera entre los países miembros de un convenio de integración económica, a causa de la eliminación de las barreras al intercambio recíproco, sobre bases de eficiencia productiva a nivel internacional
Bloque comercial: Es una organización internacional agrupa a un conjunto de países con el propósito de obtener beneficios mutuos en el comercio internacional y en materia económica.
Área de preferencial comercial: Se caracteriza por las ventajas arancelarias que se conceden recíprocamente los países miembros.
Zona de libre comercio: se constituye cuando se acuerda directamente la exención de los derechos aduaneros entre los países miembros.
Uníón Aduanera: En este caso se presentan dos mecanismos, por un lado, los aranceles únicos para el intercambio de productos entre los países miembros y, por otro, aranceles únicos para la comercialización de productos con terceros países.
Integración económica y política: Es la que queda completada cuando los países miembros deciden fusionar sus órganos e instituciones jurídica y de gobierno.
Bloques comerciales vigentes: Uníón europea, el merado común centroamericano, Mercosur, la munidad andina, el tratado de libre comercio de América del norte, el consejo de cooperación para los estado árabes del golfo pérsico, la comunidad económica euroasiática y la comunidad económica africana, la asociación de naciones del sureste asíático.
GATT: Permite la creación de uniones aduaneras o zonas de libre comercio si los aranceles frente a terceros países no son superiores a los aranceles de los países participantes antes del acuerdo.
La uníón europea: Es una uníón económica y política de 27 estados miembros. El objetivo objeticos de la uníón europea son la paz prosperidad y libertad para sus ciudadanos.
Política económica: Abarca la definición de normas legales que reglamente la acción de los agentes económicos privados y públicos.