Portada » Derecho » Características de los poderes públicos
El Estado es una estructura a la cual se le otorga el monopolio de poder y, por tanto, la soberanía del poder. Tiene la capacidad para decidir sobre los particulares. Puede ser de muchas formas.
El Estado se compone de 3 elementos:
Territorio. Es asociado al término nacíón. El territorio española se compone de la Península Ibérica, Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Puede darse el caso de que exista un Estado sin territorio.
Población. Es el número de hombres y mujeres que componen un Estado. También puede darse el caso de que exista un Estado sin ciudadanos.
Organización. Cualquier estado se organiza territorialmente vinculado a las constituciones. En base a esta organización, existen diferentes tipos de estados. Hay estados que serán occidentales y otros orientales. También hay democracias parlamentarias, democracias populares e incluso regíMenes absolutistas que se hacen llamar democráticos.
El Estado evoluciona de la siguiente manera:
Etapa 1. Estado absolutista. Hasta la Revolución Francesa (1789). El estado y su gobernante, el monarca, se consideran como una única entidad situada por encima de las leyes. La forma de gobierno correspondiente es la monarquía absoluta: la población que lo compone está sometida a la autoridad única y soberana de un monarca absoluto.
Etapa 2. Estado democrático. Se instaura el sufragio censitario para las personas de rentas altas, los contribuyentes con el Estado y los universitarios. Es el que crea condiciones para que los distintos intereses puedan competir en igualdad de condiciones.
Etapa 3. Estado social.
Se produce la declaración de los derechos sociales como la igualdad. El Estado social es un sistema que se propone de fortalecer servicios y garantizar derechos, considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad. Protección en determinados ámbitos como la vivienda, la enseñanza o la sanidad
Etapa 4. Estado de bienestar. Es el tipo de Estado en el que nos encontramos en la actualidad. Desde la II Guerra Mundial. España es un país social y democrático de derecho, autonómico y descentralizado. Marshall define estado del bienestar como una combinación especial de democracia, bienestar social y capitalismo.
Normas y principios de los que se dota una sociedad organizada y que son promulgados por el Estado. En estos Estados, existe el principio de legalidad según el cual todos nos vemos obligados a cumplir las normas y, en primer lugar, deben dar ejemplo los cargos públicos.
Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma.
En los Estados no tiene porqué haber separación de poderes de forma que todo el poder se concentra en uno. El los Estados occidentales modernos democráticos si que la hay y es consustanciada del sistema: si no hay división de poderes no hay democracia. Es esencial. El
Estado se divide en 3 poderes:
Ejecutivo. Consiste en hacer cumplir las leyes. Lo ejerce el gobierno. Poder descentralizado en cuanto a la división territorial en 3 niveles (título 8º CE):
Administración General del Estado.
Administraciones autonómicas.
Entidades locales: se dividen en municipios y provincias.
Legislativo. El poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y está a cargo del congreso y el parlamento. Poder descentralizado en las Cortes y las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
Judicial. Es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. El Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales. Poder único en todo el Estado.
Una ley es la expresión de la soberanía popular. Son normas escritas que aprueban los ciudadanos del pueblo (principio de legalidad).
Pueden ser de varios tipos:
Leyes orgánicas. Para la regulación Estatutos de Autonomía, régimen electoral general y los derechos fundamentales establecidos por la CE. Aprobación mediante mayoría absoluta en el Congreso. Para aquellas materias concretas expresadas en la CE.
Leyes ordinarias. Su aprobación corresponde al Congreso o Parlamento. Aprobación mediante mayoría simple.
Leyes estatales. Leyes que sirven de de conexión entre los subsistemas autonómicos
Leyes autonómicas. Leyes fundamentales de cada Comunidad Autónoma recogidas en el estatuto de autonomía sobre la organización, las competencias, la economía o relaciones con las instituciones del Estado.