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El Tribunal de Justicia
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (a menudo denominado simplemente «el Tribunal»), fue creado en 1952 en virtud del Tratado CECA. Tiene su sede en Luxemburgo.
Su trabajo es garantizar que la legislación de la UE se interprete y se aplique del mismo modo en todos los países de la UE, a fin de que la ley sea igual para todos. Asegura, por ejemplo, que los tribunales nacionales no dicten sentencias distintas sobre la misma cuestión.
El Tribunal también garantiza que los Estados miembros y las instituciones de la UE cumplan la ley. El Tribunal tiene poder para resolver conflictos legales entre Estados miembros, instituciones de la UE, empresas y particulares.
El Tribunal está integrado por un juez de cada Estado miembro, con el fin de que estén representados los 27 ordenamientos jurídicos nacionales de la UE. No obstante, en aras de la eficacia, el Tribunal no suele reunirse en pleno, sino que normalmente lo hace bajo la forma de «Gran Sala» con sólo 13 jueces, o en cámaras de cinco o tres jueces.
El Tribunal está asistido por ocho abogados generales. Su función consiste en presentar dictáMenes motivados sobre los asuntos planteados ante el Tribunal, y deben hacerlo pública e imparcialmente.
Los jueces y abogados generales son personas cuya imparcialidad está fuera de toda duda. Tienen la cualificación y competencia necesarias para ocupar los más altos cargos judiciales en su país de origen. Son designados por acuerdo conjunto de los gobiernos de los Estados miembros. Su nombramiento es por seis años, y es renovable.
Para ayudar al Tribunal a hacer frente al gran número de casos sobre los que debe entender, y ofrecer a los ciudadanos una mejor protección legal, en 1988 se creó un «Tribunal de Primera Instancia». El Tribunal de Primera Instancia depende del Tribunal de Justicia, y es competente para pronunciarse en determinados tipos de asuntos, particularmente demandas presentadas por particulares, empresas y algunas organizaciones, y asuntos de competencia. Este Tribunal también cuenta con un juez de cada país de la Uníón.
El Tribunal de la Función Pública de la Uníón Europea resuelve litigios entre la Uníón Europea y sus agentes. Este tribunal está integrado por siete jueces y depende del Tribunal de Primera Instancia.
Cada uno de los Tribunales tiene un presidente, elegido por los jueces por un período de tres años renovable. Vassilios Skouris, de Grecia, fue elegido Presidente del Tribunal de Justicia en 2003. Marc Jaeger es actualmente el Presidente del Tribunal de Primera Instancia. Paúl J. Mahoney es el Presidente del Tribunal de la Función Pública desde 2005.
<http://Europa.Eu/institutions/inst/justice/index_es.Htm>
El Tribunal dicta sentencias sobre los casos que se le plantean. Los cinco tipos más comunes de casos son:
1.
2.
3.
recurso de anulación;
4.Recurso por omisión;
5.Recurso para la reparación de daños.
A continuación se explica cada uno con más detalle.
Los tribunales de cada país de la UE son responsables de garantizar que el Derecho de la UE se aplique correctamente en ese país, pero existe el riesgo de que los tribunales de distintos países interpreten la legislación de la UE de maneras distintas.
Para impedir que esto suceda, existe un «procedimiento prejudicial». Esto significa que, si un tribunal nacional tiene cualquier duda sobre la interpretación o validez de una norma de la UE, puede, y a veces debe, recabar la opinión del Tribunal de Justicia, que se emite en forma de «cuestión prejudicial».
La Comisión puede iniciar este procedimiento si tiene razones para creer que un Estado miembro no cumple sus obligaciones conforme a la normativa de la UE. El procedimiento puede también ser iniciado por otro Estado miembro.
En cualquier caso, el Tribunal investiga las alegaciones y dicta su sentencia. En caso de que se demuestre que el Estado miembro acusado es culpable, éste deberá aplicar medidas correctoras inmediatamente. Si el Tribunal constata que el Estado miembro no ha cumplido la sentencia, podrá imponer una multa a ese país.
Si un Estado miembro, el Consejo, la Comisión o (en determinadas condiciones) el Parlamento, opinan que una norma concreta de la UE es ilegal, pueden pedir al Tribunal que la anule.
Estos «recursos de anulación» pueden también ser utilizados por particulares que desean que el Tribunal derogue una norma concreta que les afecta directa y desfavorablemente.
Si el Tribunal considera que la norma en cuestión no se adoptó correctamente o no se basa correctamente en los Tratados, puede declararla nula y sin efecto.
El Tratado exige que el Parlamento, el Consejo y la Comisión tomen determinadas decisiones en determinadas circunstancias. Si no lo hacen, los Estados miembros, las otras instituciones comunitarias y (en determinadas condiciones) los particulares o empresas, pueden presentar una denuncia ante el Tribunal para que esta omisión quede registrada oficialmente.
Cualquier persona o empresa que haya sufrido daños como resultado de la acción u omisión de la Comunidad o de sus agentes puede presentar un recurso para la reparación de los daños ante el Tribunal de Primera Instancia.
<http://Europa.Eu/institutions/inst/justice/index_es.Htm>
Los casos se presentan en el registro y se les asigna un juez y un abogado general.
El procedimiento sigue dos etapas: primero la escrita y luego la oral.
En la primera etapa, todas las partes implicadas presentan declaraciones escritas y el juez asignado al caso redacta un informe que resume estas declaraciones y el fundamento jurídico del caso.
La segunda etapa es la audiencia pública. Dependiendo de la importancia o complejidad del caso, la audiencia puede celebrarse ante cámaras de tres, cinco o trece jueces, o ante el Tribunal en pleno. En la audiencia, los abogados de las partes exponen sus razones ante los jueces y el abogado general, que pueden plantearles preguntas. El abogado general expone luego sus conclusiones, tras lo cual los jueces deliberan y sentencian.
Las sentencias del Tribunal son decididas por mayoría y pronunciadas en audiencia pública. Los votos particulares no se explican.
Desde 2003, los abogados generales dan una opinión sobre un asunto sólo si el Tribunal considera que un asunto concreto plantea una nueva cuestión de Derecho. El Tribunal no sigue necesariamente la opinión del abogado general.
Las sentencias del Tribunal se deciden por mayoría y se pronuncian en audiencia pública. Los votos particulares no se explican. Las decisiones se publican en el día de la fecha de la sentencia.
El procedimiento en el Tribunal de Primera Instancia es similar, exceptuando el que no existe la opinión de un abogado general.