Portada » Historia » Del Espéculo a las Partidas
Es la historia que va desde la iura propia pero termina con un panorama muy diferente al inicial,
Los acontecimientos se voltean 180º llevando consigo un triunfo del Estado con
Las leyes del rey.
En 1230 empieza con el reinado de Fernando III “el Santo” y
La uníón de León y Castilla formando la Corona de Castilla. Asesorado por
Algunos juristas, tradujo al castellano de aquella época el Líber, llamado Fuero Juzgo. Él les dio
El Fuero Juzgo a los mozárabes, que ya lo conocían aunque esta vez en su
Lengua. Unificó las ciudades recién conquistadas del sur de la península. En
1252 murió y comenzó a reinar su hijo Alfonso X “el Sabio”, denominado como el
Gran jurista. Indagó en muchos saberes. Creó la gran enciclopedia jurídica
Conocida con el nombre de las Siete Partidas. Se encontró con un reino dividido
Donde nadie le hacía caso y por otro lado se encontró con que cada ciudad ya
Tenía su fuero añadiéndose a todo esto que no podía legislar por ser rey. Tenía
Derechos dinásticos al Sacro Imperio Romano Germánico y esto le frustraba
Porque si ya le era difícil gobernar en la Corona de Castilla más aún se le
Añadirían dificultades para hacerse cargo de Europa al completo. Empezó a
Legislar pero en principio no triunfó, va a ser una legislación frustrada y
Fracasada.
nada más empezar a reinar, les dijo a sus juristas que redacten un
Texto para organizar la vida jurídica de las ciudades. No tenía potestad para
Ponerlo en marcha en las ciudades. Lo hizo por su cuenta yendo ciudad por
Ciudad a través de sus emisarios y las ciudades al recibir esto lo rechazaron,
En la mayoría, por unanimidad. Las cusas de su rechazo fueron las formas de
Imposición de este nuevo ordenamiento jurídico, por su contenido desconocedor
Por parte de los ciudadanos, era un texto mucho más técnico que los fueros de
Cada ciudad y al aceptar este nuevo texto su alcalde sería una persona
Desarraigada a la ciudad y esto no gustaba entre el pueblo llano. En 1271
Explota y el rey decide retirar su política.
Al mismo tiempo que se hacia el Fuero Real, el rey ordenó a sus juristas la
Realización de un segundo libro del cual solo se conservan 5 libros de un
Proyecto inicial del rey de 9. Fracasó antes de que naciera y su finalidad eras
Ser el texto de la Corte, el texto de los juristas del rey ya que existía la revisión de la vista oral por lo que dicha
Revisión debería ser sometida ante el rey, rigiéndose por un ordenamiento
Jurídico carácterístico para dichas situaciones, de ahí que pensara en la
Realización del Espéculo. Esto le convertía en un rey autoritario. En dicho
Texto se nota una precisión más técnica por parte de los juristas y relacionado
Con el ius comune
.
en 1274 el rey convocó a las Cortes, a los tres estamentos en la
Ciudad de Zamora. Se decidíó algo para satisfacer a las dos partes. Consistía
En: cada vez que llegue un pleito al juez, este debe decidir si es real o
Forero, es decir, ordinario. El pleito real consistía en 6 o 7 asuntos de los
Cuales no se podía encargar el juez y en consecuencia tenía que hacerlo el rey
Como por ejemplo: casa quemada, tregua quebrantada, mujer forzada, camino
Quebrantado, el reto. Fue un triunfo para los dos, pero se veía como el Fuero
Juzgo persistía en las ciudades y el rey tenía que retira su Fuero Real. Ganó
En su gran mayoría las ciudades aunque el rey ganó una pequeña cuota de poder.
Por eso se redactaron estas partidas, es una obra con una ordenación jurídica
Diferente a las otras y es más de carácter enciclopédico.
Unos autores dicen que lo hizo
Con finalidad didáctica, para que se enseñase en las universidades, otros
Autores comentan que era un nuevo derecho para su implantación por si cogía las
Riendas del Sacro Imperio Romano Germánico. Pero la tesis más certera expone
Que era un legado de su saber, al igual que su saber en otros campos como la
Astronomía, el ajedrez, etc. También dejó un saber referido al mundo jurídico y
Esto lo reflejó en las Siete Partidas.
Es una derivación del espéculo.
·Muere Alfonso X y da lugar a la estrategia de
Negociación por parte de sus sucesores.
·Aunque aparentemente fracasó su obra, avanzó la
Política regia. Puso los cimientos del futuro, fue un visionario de futuro en
Su momento.
En el Siglo XIV, los reyes herederos de Alfonso X “el
Sabio”, esos reyes aprovecharon el legado de su antecesor y si continuaron con
La construcción. La estrategia fue la negociación con las Cortes, empieza a
Conceder privilegios a cambio de poder. Es una época de brillantez del
Pactismo. Los reyes empiezan a da privilegios procesales como quitarle el
Tormento a los nobles, exime a todos los estamentos del pago de impuestos,
Gracias a esto el rey comienza a legislar. Hasta que llega el año 1348, con el
Reinado de Alfonso XI, presenta una ley de cortes en Alcalá de Henares, con
Cuestiones procesales, penales, civiles, etc. Este ordenamiento de Cortes es
Importante por la ley primera del título 18 hasta tal punto que introdujo algo
Que hoy nos parece normal, según encontramos en el artículo 1.1 de nuestro Código
Civil. En esa ley, el rey está diciendo a los jueces el derecho que deben
Aplicar y lo que dice que debe prevalecer es el derecho del rey, cosa que le
Costó introducir a Alfonso X “el Sabio” pero que su predecesor lo consiguió a
Través del pacto. Era legítimo.
1.El derecho del rey, porque se supónía que iban a
Ser unas normas legitimadas y habían muy pocas normas del rey, por eso lo
Aceptaron.
2.Si el juez no encontraran normas en el derecho
Del rey, buscara en el fuero de su ciudad. Esto significaba un pacto entre las
Dos partes y por tanto, un triunfo, también del fuero local. Los requisitos
Para que se aplicara el fuero real era que fuese vigente, que no fuse contra el
Rey, la razón y Dios y además, el rey tenía derecho a revisarlo.
3.Si no encontraban precepto en el derecho real ni
En el fuero local se tenía que aplicar las Siete Partidas. Por tanto la
Herencia de su abuelo triunfó.
El rey se vio fuerte, y empezó a legislar sin las Cortes
Aunque se las convocaba.
norma
Unilateral del monarca, sin autorización de las Cortes.
Los estamentos fueron engañados por el rey y empezó a
Engordar el derecho del rey y decayó el fuero local. Solo se mantiene el
Primero de estos dos y las Siete Partidas. Era un vuelco crucial porque estaba
Apareciendo el Estado, el autoritarismo.
Los juristas de la baja Edad Media, todos habías estudiado
En las universidades y habían estudiado textos en latín, de todos los juristas
Y los diferentes mecanismos como la glosa. De pronto llegaban a su lugar de
Origen y se ponían a trabajar para el rey, como lo que entendemos como
Funcionarios hoy en día. Habían estudiado ius
Comune pero no entendían el derecho real, ni mucho menos del fuero local al
Ser un derecho simple y un poco sí de las Siete Partidas. Por tanto, no
Aplicaban eso en los juicios, el rey se enteró y se enfadó. En 1387 el rey
Permitíó el ius comune en el alegato
Final y fue el caos porque los juristas empezaron a utilizarlo. Durante el
Siglo siguiente el rey siguió engordando el derecho real pero la práctica
Procesal iba por una senda diferente, se hizo una especie serie de citas de
Juristas para los juicios, es decir, hubo una fuerte frustración y fue un siglo
En el que el rey no encontraba la solución para terminar con ello. La solución
Llegó en 1505, en una reuníón de Cortes con las leyes de Toro, ciudad zamorana,
Texto habitual en el examen. Es importante por la ley primera donde dice que a
Partir de ahora los jueces aplicaran el ordenamiento de Alcalá de Henares, lo
Tiene que recordar porque nadie la estaba aplicando, y lo segundo que dice es
La derogación del ius comune