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Cotizados: CCAA consolidadas según NIIF desde 2005. – No cotizados:NIIF o normativa española (Normas para la formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, aprobadas en el RD 1159/2010 de 17 de Septiembre. ·
existe un grupo cuando una sociedad (dominante) ejerza o pueda ejercer, directa o indirectamente, el control sobre otra y otras (dependientes o dominadas). El grupo está formado por la sociedad dominante y todas las dependientes. ·
poder de dirigir las políticas financieras y de explotación de una entidad, con el fin de obtener beneficios económicos de sus actividades. ·
– Sociedad multigrupo: aquella que es gestionada por una o varias sociedades del grupo junto con otra u otras ajenas al mismo, ejerciendo el control conjunto. – Sociedad asociada: aquella sobre la que una o varias sociedades del grupo ejercen una influencia significativa en su gestión. Existe influencia significativa cuando se cumplen 2 requisitos: ·Una o varias sociedades del grupo participen en la sociedad. ·Se tenga el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de explotación de la participada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de la misma. Se presume que existe influencia significativa cuando existe una participación de, al menos, el 20%.
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la sociedad dominant está obligada a formular CCAA consolidadas e Informa de Gestión consolidado. Existe dispensa de dicha obligación en los siguientes casos: – Por razones de tamaño. – Cuando la dominante es a su vez dependiente de otra que se rige también por la legislación española o la de otro país de la UE.
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Cundo las sociedades dependientes no tengas un interés significativo para la imagen fiel el patrimonio, situación financiera y resultados del grupo.
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obligada a formular CCAA consolidadas.
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son controladas por la dominante.
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son controladas conjuntamente.
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Existe influencia significativa sobre ellas.
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lo forman las sociedades a las que se les aplique el método de integración global o el proporcional.
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lo forman las sociedades que forman el conjunto consolidable y las sociedades a las que se aplica el procedimiento de puesta en equivalencia. ·
se aplica a las sociedades dependientes y consiste en la incorporación al balance, a la cuenta de pérdidas y ganancias, al estado de cambios en el patrimonio neto y al estado de flujos de efectivo de la sociedad dominante de todos los activos, pasivos, ingresos, gastos y demás partidas de las cuentas anuales de las sociedades dependientes. Los valores contables representativos de la participación de la dominante en la dependiente se compensarán con la parte proporcional de las partidas de patrimonio neto de la dependiente atribuible a dicha participación en la fecha de adquisición.
1. LIMITACIONES DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA. ·
Lenguaje propio y particular que dificulta la comprensión de la información. · Falta de preparación específica de la información para el análisis recalcular partidas. · Inflación. · Datos históricos limita el análisis predictivo. · No existe un código único y completo: PCGA. · Opcionalidad en las normas contables. · Soluciones de compromiso diferentes intereses y perspectivas manipulación.
Utilizar siempre información auditada. · Corregir el efecto de la inflación (países con alta inflación sobre todo). · Utilizar la información de la Memoria y del informe de gestión. · Utilizar información provisional e incorporar análisis dinámicos.
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es la que aprovecha las posibilidades que ofrecen las normas, como los vacíos normativos, la opcionalidad, la subjetividad e interpretación de algunas normas, para presentar unos Estados Contables que reflejan la imagen deseada y no necesariamente la imagen real. · Es difícil de detectar y aunque se pueda sospechar es difícil de probarlo. ·
El interés de la contabilidad creativa viene vinculado al valor de la información contable para la empresa como vehículo de transmisión de una determinada situación. –
Contabilidad creativa ligada al objetivo de presentar la imagen deseada, que no siempre equivale a la mejor imagen. – Contabilidad creativa no sólo asociada a la manipulación del resultado, sino también de otros aspectos que caracterizan la situación económica y financiera de la empresa.- Contabilidad creativa al margen de los criterios fiscales. – La contabilidad creativa alcanza un ámbito más amplio al de la propia empresa, aunque en adelante nos centraremos en éste. ·
Mejorar la imagen presentada. – Estabilizar la imagen a lo largo de los años: – Debilitar la situación reflejada. ·
Asimetría de la información. – Aspectos que rodean y condicionan el comportamiento del propio individuo: – Características de las normas contables:
3. POSIBLES PRÁCTICAS CREACTIVAS.·
Prácticas de elaboración de la información: aplicación creativa de principios contables, elección entre alternativas contables, aprovechamiento de la subjetividad que conlleva el tratamiento de algunos hechos económicos, uso interesado de los vacíos de regulación, etc. · Prácticas de presentación de la información:clasificación confusa de partidas, presentación poco clara o enmascarada de datos de interés, ocultación deliberada de información, etc.
4. SOLUCIONES A LA CONTABILIDAD CREATIVA. ·
Dificultar la realización de prácticas manipuladoras, actuando sobre los factores que hacen fácil para la empresa el desarrollo de las mismas, entre los cuales se encuentran las propias características de las normas.
Establecimiento de una normativa contable más delicada y concreta, que utilice una terminología clara y que establezca con precisión los criterios a aplicar. – Implantación de normas más rígidas que elimine el grado de opcionalidad entre alternativas. – Exigencia de un volumen y calidad superior de información sobre los criterios aplicados, hechos ocurridos tras el cierre, contingencias, etc. · Establecer mecanismos de control de la existencia de contabilidad creativa.– Actuación firme de los auditores. – Comités de auditoría que limiten la actuación de la Dirección. – Limitación del poder del Consejo de Administración, incorporando consejeros independientes. – Adicionalmente, medidas que favorezcan el control sobre los administradores como la asistencia de los auditores a las Juntas Generales para ser interrogados sobre su informe.