Portada » Economía » Ventajas de contrato con precio unitario
facultado para poder ejercitar la acción general por el cumplimiento defectuoso de las obligaciones del contratista.
B)
El contrato de obra por unidad de medida es probablemente el más usual en la construcción inmobiliaria y consiste en que la propiedad contrata con la constructora la realización de una obra especificando el precio por unidad de otra de manera que ese precio resultara de multiplicar las unidades ejecutas por el precio pactado en el contrato.
Lo normal es que figure un presupuesto con las unidades previstas en el proyecto que sufrirían las correspondientes variaciones según se fuesen realizando las correspondientes variaciones del proyecto, o sencillamente se vaya introduciendo cualquier variación o ampliación de la obra; en este tipo de contrato lo normal es que el trabajo se vaya cobrando conforme se van ejecutando la unidad y la falta de pago habilita la suspensión de la obra.
C)
Se encuentra recogido en el art. 1593 del código civil que dispone que el arquitecto o contratista que se encarga por un ajuste alzado de la construcción de un edificio o de otra obra en vista de un plano convenido por el propietario del suelo, no puede pedir aumento de precio aunque se haya aumentado de los jornales o materiales, pero podría hacerlo cuando se haya hecho algún cambio en el plano que produzca un aumento de obra siempre que hubiese dado su autorización el propietario, se trata pues de un contrato de obra que normalmente cuenta con el aporte de los materiales por el contratista y en el que la obra que se va a realizar queda reflejado, en un plano convenido entre el dueño y el contratista, soliéndose incluir la estipulación de que el contratista ha estudiado proyecto y planos mostrando su conformidad con los mismos y mostrándose igualmente conforme con el precio en virtud del cual se acuerda ejecutar la obra, por ello el elemento principal de este contrato es la fijación de un precio global para la realización de la obra que en principio así se establecía en el contrato y no permite alteración alguna salvo que se produzcan ampliaciones en los acuerdos por los contratantes . No se altera la naturaleza del contrato porque en el curso de la obra haya ampliaciones o modificaciones ya que ésta en su caso se siguen por el sistema de administración, por ello, la norma que sigue este tipo de contrato es una norma que contiene una disposición y que se aplica cuando la obra se ajusta a un presupuesto acordado aunque existan precios unitarios.
D)
Junto a las modalidades de contrato de obra a tanto alzado y de obra por pieza a medida, se añade el de administración o economía, modalidad esta ultima que se da cuando el contratista asume la obligación de ejecutar la obra y adquirir los materiales previos para su realización por encargo o delegación del llamado comitente quien le obliga a abonar el coste efectivo de la mano de obra, materiales utilizados y demás gastos, además de una remuneración que se asegura al contratista por su tarea siendo el precio determinable al final de la obra, lo cual no opta para que puedan existir mediciones de cuentas parciales de lo invertido y por tanto pagos a cuentas o anticipos del precio de la obra.
En este tipo de contratos el contratista asume la obligación de ejecutar la obra y de adquirir los materiales precisos para tal fin siendo el precio determinable según el valor de los materiales y los costes de mano de obra, este sistema implica que lo relevante no es el
resultado a diferencia del sistema de unidad de obra, aquí es indiferente cual es el precio unitario, lo relevante es el trabajo realizado y los materiales empleados, lo cual implica que los costes resultan superiores o inferiores al de la unidad de obra, este contrato tiene elementos propios del llamado contrato de mandato en la medida que el contratista por delegación y siguiendo las instrucciones del comitente adquiere materiales y realiza trabajos por cuenta y riesgo del comitente y no del suyo propio. Respondiendo como responde el comitente este podría derivar la responsabilidad hacia el contratista acreditando que el mismo se separó de sus instrucciones.
En la práctica en esta modalidad contractual se pacta el precio de la hora trabajada en el que se incluye la elaboración, el transporte y la colocación del material que se acredita por medio de la firma de los albaranes de control de esas horas por la dirección facultativa o directamente por la propiedad.
Finalmente el contrato de obra puede finalizar por su normal desenvolvimiento con la entrega, recepción y aceptación de la obra por la propiedad que contrata con el constructor, pero como con cualquier contrato puede en virtud de múltiples vicisitudes y contratiempos finalizar anticipadamente por medio de la resolución del mismo; esta puede obedecer al deseo de desistir del sueño de la obra por su sola voluntad como prevé el código civil en el art.1594, o bien puede obedecer a una resolución motivada por el incumplimiento de la parte que le corresponde de lo que son sus obligaciones.